Nombran fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Cañete
Resolución de la Fiscalía de la Nación
N° 1710-2026-MP-FN
Lima, 15 de junio de 2026
VISTOS:
Los oficios N°s. 001084 y 001296-2026-MP-FN-PJFSCAÑETE, de fechas 20 de abril y 7 de mayo de 2026, respectivamente, e informe N° 0084-2026-MP-FN-OREF-MGAS, de fecha 22 de mayo de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Mediante los oficios de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cañete eleva propuesta en terna para cubrir la plaza de fiscal adjunto provincial en la Segunda Fiscalía Provincial de Familia de Cañete.
Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modificada por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley N° 31718, señala que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.
Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC N° 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.
En ese sentido, es necesario emitir el resolutivo correspondiente a fin de nombrar y designar a la abogada Mercedes Saire Ancaypuro, para que ocupe provisionalmente el cargo de fiscal adjunta provincial en la Segunda Fiscalía Provincial de Familia de Cañete; en atención al marco normativo, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe N° 0084-2026-MP-FN-OREF-MGAS, de fecha 22 de mayo de 2026.
De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada con el Decreto Legislativo N° 052 y modificada por el artículo único de la Ley N° 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Mercedes Saire Ancaypuro, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Cañete, designándola en la Segunda Fiscalía Provincial de Familia de Cañete.
Artículo Segundo.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cañete, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Superiores de Familia y Provinciales de Familia, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS
Fiscal de la Nación
2525950-3