Amplían vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de la actualización de la Política Nacional de Desarrollo e Integración Fronterizos y modifican la R.M. N° 0520-2023-RE
Resolución Ministerial
Nº 359-2026-RE
Lima, 12 de junio de 2026
VISTOS:
El Memorándum Nº DDF004812026, del 14 de mayo de 2026, de la Dirección General de Desarrollo e Integración Fronteriza; el Memorándum Nº OPP011252026, del 21 de mayo de 2026, que contiene el Informe OOM Nº 038/2026, del 20 de mayo de 2026, de la Oficina de Racionalización y Métodos; el Memorándum Nº LEG008722026, del 2 de junio de 2026, de la Oficina General de Asuntos Legales; el Oficio Nº D001153-2026-PCM-SGP, del 5 de junio de 2026, de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, que contiene el Informe D000237-2026-PCM-SSAP, del 5 de junio de 2026, de la Subsecretaría de Administración Pública; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0520-2023-RE se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores, denominado “Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de la actualización de la Política Nacional de Desarrollo e Integración Fronterizos”;
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la citada resolución ministerial, el Grupo de Trabajo Multisectorial tiene por objeto evaluar la Política Nacional de Desarrollo e Integración Fronterizos actualmente vigente y presentar una propuesta normativa para su actualización;
Que, el artículo 7 de la Resolución Ministerial Nº 0520-2023-RE dispone que la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial está a cargo de la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza de la Dirección General de América;
Que, a partir de la entrada en vigor de la Resolución Ministerial Nº 0516-2025-RE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, se creó la Dirección General de Desarrollo e Integración Fronteriza, órgano de línea que tiene dentro de sus funciones proponer la actualización de la Política Nacional de Desarrollo e Integración Fronterizos;
Que, asimismo el artículo 10 de la referida resolución ministerial dispuso que el mencionado Grupo de Trabajo Multisectorial tenga una vigencia de dieciocho (18) meses contados a partir de su instalación, plazo que podía prorrogarse hasta por seis (06) meses adicionales;
Que, de conformidad con el Acta de Instalación del referido Grupo de Trabajo Multisectorial, la respectiva sesión de instalación se llevó a cabo el 18 de agosto de 2023, teniendo por tanto una vigencia hasta el 18 de febrero de 2025;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0086-2025-RE, se amplió por seis (06) meses adicionales el plazo de vigencia del referido Grupo de Trabajo Multisectorial, estableciéndose su culminación el 18 de agosto de 2025 y, posteriormente, mediante Resolución Ministerial Nº 0537-2025-RE, se amplió nuevamente su vigencia hasta el 18 de junio de 2026;
Que, mediante informe DDF Nº 0031-2026, la Dirección General de Desarrollo e Integración Fronteriza, Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial para la actualización de la Política Nacional de Desarrollo e Integración Fronterizos, sustenta técnicamente la necesidad de ampliar hasta el 18 de diciembre de 2026, el plazo de vigencia del “Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de la actualización de la Política Nacional de Desarrollo e Integración Fronterizos”, a efectos de culminar el proceso de actualización de dicha política nacional, para lo cual se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran;
Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Relaciones Exteriores, de la Secretaría General, de la Dirección General de Desarrollo e Integración Fronteriza, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asuntos Legales, y;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Resolución Ministerial Nº 0516-2025-RE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y sus modificatorias, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; y, el Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM y sus modificatorias, que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificación de los artículos 7 y 10 de la Resolución Ministerial Nº 0520-2023-RE
Se modifican los artículos 7 y 10 de la Resolución Ministerial Nº 0520-2023-RE, los cuales quedan redactados en los siguientes términos:
“Artículo 7.- Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial
La Secretaría Técnica está a cargo de la Dirección General de Desarrollo e Integración Fronteriza, órgano de línea responsable de la coordinación de las acciones necesarias para la actualización de la Política Nacional de Desarrollo e Integración Fronterizos, en el marco de la normatividad sobre la materia”.
“Artículo 10.- Vigencia e informe final
El Grupo de Trabajo Multisectorial tiene una vigencia hasta el 18 de diciembre de 2026. Al final de su vigencia, la Presidencia presenta al/a la titular del Ministerio de Relaciones Exteriores un informe final de la gestión”.
Artículo 2.- Publicación
Se dispone la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Relaciones Exteriores (www.gob.pe/rree), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Carlos Pareja
Ministro de Relaciones Exteriores
2525639-1