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Fecha de publicación: 14/06/2026
Autorizan viaje de la Delegación del Despacho Presidencial que acompañará al señor Presidente de la República al Estado de la Ciudad del Vaticano, a la República Francesa y a la República Italiana

Autorizan viaje de la Delegación del Despacho Presidencial que acompañará al señor Presidente de la República al Estado de la Ciudad del Vaticano, a la República Francesa y a la República Italiana

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 207-2026-PCM

Lima, 13 de junio de 2026

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Legislativa Nº 32644, el Congreso de la República autoriza al señor Presidente de la República a salir del territorio nacional del 15 al 19 de junio de 2026, con el objeto de realizar una Visita Oficial al Estado de la Ciudad del Vaticano para sostener una audiencia privada con Su Santidad el Papa León XIV; una audiencia con el Secretario General de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), en la ciudad de París, República Francesa; y una reunión de trabajo con el Director General de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y Agricultura (FAO), en la ciudad de Roma, República Italiana;

Que, la referida Visita Oficial constituye una ocasión propicia para fortalecer las relaciones bilaterales del Perú con la Santa Sede, así como para impulsar la cooperación del país con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y con la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), en el marco de los objetivos de la política exterior peruana;

Que, con Resolución Ministerial Nº 360-2026-RE, modificada por Resolución Ministerial Nº 368-2026-RE, el Ministerio de Relaciones Exteriores oficializa la Delegación del Despacho Presidencial que acompañará al señor Presidente de la República, en su viaje del 15 al 19 de junio de 2026 al Estado de la Ciudad del Vaticano, a la ciudad de París, República Francesa y, a la ciudad de Roma, República Italiana;

Que, de acuerdo a ello y conforme a lo previsto por los artículos 55 y 56 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, aprobado por Resolución Nº 000046-2024-DP/SG, la Secretaría de Actividades del Despacho Presidencial remite el Informe Nº 000026-2026-DP/SA, a través del cual señala la conformación e itinerario de la comitiva oficial del Despacho Presidencial que acompañará al señor Presidente de la República, precisando que el desplazamiento se realizará en vuelos comerciales del lunes 15 al viernes 19 de junio de 2026, según la siguiente ruta: Lima-Bogotá-París (15-16 de junio), París-Roma (17 de junio) y Roma-Lima (18-19 de junio, con escala en Madrid);

Que, asimismo, mediante Memorando Nº 001063-2026-DP/OGA la Oficina General de Administración del Despacho Presidencial remite el Informe Nº 000384-2026-DP/OGA-OCF de la Oficina de Contabilidad y Finanzas, así como el Informe Nº 001287-2026-DP/OGA-OA de la Oficina de Abastecimiento, a través de los cuales se detalla el cálculo de los viáticos en base a la comunicación remitida por la Secretaría de Actividades, correspondiendo otorgar cinco (05) días efectivos de viáticos por comisión de servicios al exterior para los miembros de la comitiva, más dos (02) días adicionales por concepto de gastos de instalación y traslado por tratarse de viaje a otro continente, de conformidad con lo previsto por los artículos 5 y 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias, así como de la Directiva Nº 006-2024-DP/SSG denominada “Viáticos por comisión de servicios al interior y exterior del país en el Despacho Presidencial”, aprobada por Resolución Nº 000051-2024-DP/SSG; además, se precisa el monto de los pasajes de cada integrante de la delegación y, que se cuenta con los recursos presupuestales conforme a la Certificación de Crédito Presupuestario correspondiente;

Que, por lo expuesto y siendo de interés nacional la participación en los citados eventos, corresponde autorizar el viaje de la Delegación del Despacho Presidencial que acompañará al señor Presidente de la República durante su viaje al Estado de la Ciudad del Vaticano, a la República Francesa y a la República Italiana, del 15 al 19 de junio de 2026;

Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que se deriven de la participación en los citados eventos serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Despacho Presidencial, en el marco de las normas vigentes sobre la materia;

Que, el segundo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, dispone que la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;

Que, el cuarto párrafo del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajan en representación del Poder Ejecutivo irrogando gastos al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y su Reglamento;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje de la Delegación del Despacho Presidencial que acompañará al señor Presidente de la República al Estado de la Ciudad del Vaticano, a la República Francesa y a la República Italiana, del 15 al 19 de junio de 2026, para los fines a los que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial, conforme al siguiente detalle:

- Señor ALONSO TENORIO TRIGOSO, Secretario General del Despacho Presidencial.

- Señora BLANCA NELLY QUIROZ DE BALCÁZAR, Primera Dama.

- General de Brigada EP JULIO ULISES MORI RABANAL, Secretario de Seguridad de la Casa de Gobierno del Despacho Presidencial.

- Coronel EP CHRISTIAN GABRIEL LAYNES CAMPOBLANCO, Sub Jefe de la Secretarìa de Seguridad de la Casa de Gobierno del Despacho Presidencial.

- Coronel PNP MANUEL JESUS VASQUEZ IDROGO, Jefe de la Unidad Funcional de Seguridad de la Casa de Gobierno del Despacho Presidencial.

- Teniente Coronel EP JERSSON MAGUIN LOYAGA ARCE, Edecán del señor Presidente de la República.

- Comandante PNP SARITA ELIZABETH BRAVO SOLSOL, seguridad del señor Presidente de la República.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial son cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Despacho Presidencial, de acuerdo al siguiente detalle:

ALONSO TENORIO TRIGOSO

Pasaje aéreo (incluido SERVICE FEE) US$ 4,468.19

Viáticos x 5 días x $ 540.00 US$ 2,700.00

BLANCA NELLY QUIROZ DE BALCÁZAR

Pasaje aéreo (incluido SERVICE FEE) US$ 5,665.19

JULIO ULISES MORI RABANAL

Pasaje aéreo (incluido SERVICE FEE) US$ 4,468.19

Viáticos x 5 días x $ 540.00 US$ 2,700.00

CHRISTIAN GABRIEL LAYNES CAMPOBLANCO

Pasaje aéreo (incluido SERVICE FEE) US$ 4,468.19

Viáticos x 5 días x $ 540.00 US$ 2,700.00

MANUEL JESÚS VÁSQUEZ IDROGO

Pasaje aéreo (incluido SERVICE FEE) US$ 5,099.39

Viáticos x 5 días x $ 540.00 US$ 2,700.00

JERSSON MAGUIN LOYAGA ARCE

Pasaje aéreo (incluido SERVICE FEE) US$ 5,099.39

Viáticos x 5 días x $ 540.00 US$ 2,700.00

SARITA ELIZABETH BRAVO SOLSOL

Pasaje aéreo (incluido SERVICE FEE) US$ 5,099.39

Viáticos x 5 días x $ 540.00 US$ 2,700.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, las personas cuyo viaje se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben presentar ante su entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de gastos correspondiente.

Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS ENRIQUE ARROYO SANCHEZ

Presidente del Consejo de Ministros

Presidencia del Consejo de Ministros

2525556-1