Autorizan viaje de personal militar de la Marina de Guerra del Perú a la República de Corea, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 00673-2026-DE
Lima, 11 de junio del 2026
VISTOS:
El Oficio N° 7424/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú, el Oficio N° 01418-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales y el Informe Legal N° 01135-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, a través de la Carta S/N del 6 de marzo de 2026, el Director General de la Oficina de Equipos y Tecnologías de la Guardia Costera de Corea hace extensiva la invitación a la Marina de Guerra del Perú para participar en la Exposición Oceánica de Corea 2026 (KOREA OCEAN EXPO 2026), a realizarse en la ciudad de Incheon, República de Corea, del 17 al 19 junio de 2026; precisando que los gastos de alojamiento y pasajes aéreos internacionales (ida y vuelta) del personal designado serán cubiertos por la referida organización internacional;
Que, con Oficio N° 569/43, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Autoridad Marítima Nacional de la Marina de Guerra del Perú comunicó a la Dirección de la Oficina Comercial de la Embajada de la República de Corea sobre la designación del Contralmirante César Augusto MAURICIO JARAMILLO para participar en la citada actividad internacional;
Que, mediante Informes Técnicos N° 053-2026/ASUNIT-OMI y 054-2026/ASUNIT-OMI, la Jefatura de Asuntos Internacionales de la Dirección de Administración Marítima de la Marina de Guerra del Perú opina que resulta técnicamente viable autorizar el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, a fin que el Contralmirante César Augusto MAURICIO JARAMILLO participe en la Exposición Oceánica de Corea 2026 (KOREA OCEAN EXPO 2026), del 17 al 19 de junio, y en las reuniones de coordinación programadas los días 16 y 20 de junio de 2026;
Que, asimismo, en el Informe Técnico N° 053-2026/ASUNIT-OMI se señala que debido a que la Oficina de Equipamiento y Tecnología de la Guardia Costera de Corea asumirá los gastos por conceptos de pasajes aéreos internacionales (ida y vuelta) y alojamiento del personal comisionado, durante los días que dure la Exposición Oceánica de Corea 2026 (KOREA OCEAN EXPO 2026), debe otorgarse viáticos diarios hasta un cuarenta por ciento (40%) del que corresponde a la zona geográfica, por dicho periodo, a fin de cubrir los gastos de transporte interno y alimentación del personal autorizado, conforme a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 696-2013-DE/SG, que aprueba porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y su modificatoria;
Que, a través del correo electrónico del 10 de junio de 2026, la Jefatura de la Tercera Sección de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú remitió a la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa la carta cursada por Hyundai Heavy Industries (HHI), empresa con la cual la Marina de Guerra del Perú viene trabajando en el codesarrollo del “Expediente técnico de submarinos”, invitando al Contralmirante César Augusto MAURICIO JARAMILLO a sostener reuniones de coordinación los días 16 y 20 de junio de 2026, los cuales no generaran gasto al Estado peruano;
Que, por medio del Oficio N° 7424/51, complementado con correos electrónicos del 8 y 10 de junio de 2026, la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización del viaje al exterior, en comisión de servicio, del Contralmirante César Augusto MAURICIO JARAMILLO, identificado con CIP N° 01816810 y DNI N° 43442052, personal militar titular; y del Contralmirante Harry Raúl CHIARELLA HORNA, identificado con CIP N° 01801855 y DNI N° 43501023, personal militar suplente, para participar en la Exposición Oceánica de Corea 2026 (KOREA OCEAN EXPO 2026) y en las reuniones de coordinación con la empresa Hyundai Heavy Industries (HHI), a realizarse en la ciudad de Incheon, República de Corea, del 16 al 20 de junio de 2026; así como, autorizar su salida del país el 14 de junio y su retorno el 22 de junio de 2026, sin que estos días adicionales generen gasto al Tesoro Público;
Que, a través del oficio antes señalado, la institución armada remite el Informe Legal N° 076-2026 de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas; asimismo, se remite la Hoja de Gastos N° 161-2026, la Hoja de Disponibilidad Presupuestaria N° 172-2026; así como, la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000000089 que garantizan el financiamiento correspondiente;
Que, de acuerdo con lo señalado en la Exposición de Motivos anexada al expediente, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del referido personal naval, por cuanto permitirá fortalecer la presencia internacional, establecer alianzas estratégicas e incrementar las capacidades técnicas institucionales para favorecer el desarrollo y control de la seguridad de la navegación; asimismo, facilitará el acceso a estándares tecnológicos internacionales que permita la actualización de las normas técnicas nacionales relacionadas con la navegación, promoviendo la seguridad, sostenibilidad y eficiencia en la gestión de la navegación, fortaleciendo el rol institucional en el ámbito global relacionado con la señalización marítima;
Que, mediante el Oficio N° 01418-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN, complementado con correo electrónico del 10 de junio de 2026 e Informe Técnico N° 339-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior referida en los considerandos precedentes;
Que, mediante el Informe Legal N° 01135-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Contralmirante César Augusto MAURICIO JARAMILLO, como personal militar titular; y del Contralmirante Harry Raúl CHIARELLA HORNA, como personal militar suplente, para participar en la Exposición Oceánica de Corea 2026 (KOREA OCEAN EXPO 2026) y en las reuniones de coordinación con la empresa Hyundai Heavy Industries (HHI), a realizarse en la ciudad de Incheon, República de Corea, del 16 al 20 de junio de 2026; así como, autorizar su salida del país el 14 de junio y su retorno el 22 de junio de 2026.
Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de la participación del personal militar titular.
Artículo 3.- La Marina de Guerra del Perú efectúa el pago que corresponda con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo al siguiente concepto:
Viáticos:
Del 17/06/2026 al 19/06/2026
US$ 500.00 x 40% x 1 persona x 3 días US$ 600.00
Total a pagar: US$ 600.00
Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 5.- El personal militar autorizado en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 6.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduanas de cualquier clase o denominación a favor del personal militar cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
AMADEO JAVIER FLORES CARCAGNO
Ministro de Defensa
2525399-1