Logo El Peruano
Fecha de publicación: 13/06/2026
Decreto de Ampliación de Convocatoria de la Segunda Legislatura Ordinaria del Período Anual de Sesiones 2025-2026

Nombran fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Apurímac

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN

Nº 1693-2026-MP-FN

Lima, 12 de junio de 2026

VISTOS:

Los oficios Nºs. 000257 y 000583-2026-MP-FN-PJFS APURIMAC, e informe Nº 0142-2026-MP-FN-OREF-JJCP, y;

CONSIDERANDO:

Mediante los oficios de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Apurímac, eleva propuesta en terna para cubrir la plaza de fiscal provincial en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cotabambas.

A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 559-2020-MP-FN, de fecha 11 de marzo de 2020, se resolvió nombrar a la abogada Cristina Actis Caporale Flores, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Apurímac, designándola en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Andahuaylas, con reserva de su plaza de origen; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.

Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.

El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, señala que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.

Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC) y asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.

En ese sentido, es necesario emitir el resolutivo correspondiente a fin de nombrar y designar a la abogada Cristina Actis Caporale Flores, para que ocupe provisionalmente el cargo de fiscal provincial en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cotabambas, para lo cual previamente se deberá concluir su nombramiento y designación señalados en el segundo párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; en atención al marco normativo, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0142-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 10 de junio de 2026.

Cabe acotar que la abogada Cristina Actis Caporale Flores registra una plaza indeterminada bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, conforme se advierte del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA), por lo que corresponde la reserva de su plaza de origen.

De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Cristina Actis Caporale Flores, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Apurímac y su designación en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Andahuaylas, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 559-2020-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 11 de marzo de 2020 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente.

Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada Cristina Actis Caporale Flores, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Apurímac, designándola en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cotabambas, con reserva de su plaza de origen.

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento a la abogada Cristina Actis Caporale Flores que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Apurímac, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional y a la fiscal mencionada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Tomás Aladino Gálvez Villegas

Fiscal de la Nación

2525391-3