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Fecha de publicación: 13/06/2026
Decreto de Ampliación de Convocatoria de la Segunda Legislatura Ordinaria del Período Anual de Sesiones 2025-2026

Dan por concluida designación de fiscal en la Fiscalía Provincial Mixta de Paita

Resolución de la Fiscalía de la Nación

Nº 1682-2026-MP-FN

Lima, 11 de junio de 2026

VISTOS:

El oficio Nº 002537-2026-MP-FN-PJFSPIURA, de fecha 3 de junio de 2026, e informe Nº 0366-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 9 de junio de 2026, y;

CONSIDERANDO:

Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4177-2013-MP-FN, de fecha 23 de diciembre de 2013, se resolvió designar a la abogada Ethy Lama Arvildo, fiscal adjunta provincial titular mixta de Paita, Distrito Judicial de Piura, en la Fiscalía Provincial Mixta de Paita, asimismo, por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2918-2019-MP-FN, de fecha 18 de octubre de 2019, se dispuso destacar a la referida fiscal para que preste apoyo a la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Paita, destaque que se encuentra prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2026, a través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3868-2025-MP-FN, de fecha 31 de diciembre de 2025.

Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1177-2013-MP-FN, de fecha 2 de mayo de 2013, se dispuso que, en todas las comunicaciones generadas por el Ministerio Público, se utilice el término “Distrito Fiscal” en lugar de “Distrito Judicial”.

A través del oficio Nº 002537-2026-MP-FN-PJFSPIURA, de fecha 3 de junio de 2026, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Piura, eleva al Despacho de la Fiscalía de la Nación la carta presentada en fecha 2 de junio de 2026, suscrita por la abogada Ethy Lama Arvildo, quien formula su renuncia al cargo de fiscal adjunta provincial titular mixta de Paita, Distrito Judicial de Piura, y a su designación en la Fiscalía Provincial Mixta de Paita, por motivos de índole laboral, solicitando la exoneración del plazo de anticipación previsto en la ley, para que su renuncia se haga efectiva a partir del 15 de junio de 2026, contando con el visto bueno de su jefe inmediato, y con la conformidad de la referida presidencia.

En ese contexto, con Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 030-2026-MP-FN-JFS, de fecha 9 de junio de 2026, se aceptó la renuncia formulada por la abogada Ethy Lama Arvildo, al cargo de fiscal adjunta provincial titular mixta de Paita, Distrito Fiscal de Piura, a partir del 15 de junio de 2026.

Del reporte de quejas y denuncias Nº 01442-2026-202000500, de fecha 5 de junio de 2026, emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, se advierte que la citada abogada registra una (1) queja en trámite.

El numeral 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.

El artículo 80 del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el destaque consiste en el desplazamiento temporal de un servidor a otra entidad a pedido de ésta debidamente fundamentado, para desempeñar funciones asignadas por la entidad de destino dentro de su campo de competencia funcional”. Asimismo, el artículo 85 del referido reglamento indica que “el desplazamiento por destaque, permuta o transferencia, procede excepcionalmente dentro de la misma entidad cuando las condiciones geográficas de lejanía o las de orden presupuestal lo requieran”.

El numeral 3.4.2 del apartado III del Manual Normativo de Personal Nº 002-92-DNP, aprobado con la Resolución Directoral Nº 013-92-INAP/DNP, de fecha 2 de setiembre de 1992, emitido por el Instituto Nacional de Administración Pública, precisa que “el destaque no será menor de treinta (30) días ni excederá del período presupuestal vigente, debiendo contar con el consentimiento previo del servidor”.

En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, y a la renuncia aceptada por la Junta de Fiscales Supremos, resulta necesario emitir el resolutivo correspondiente que dé por concluidos la designación y destaque de la fiscal renunciante, a partir del 15 de junio de 2026; en atención al marco normativo antes citado y considerando lo señalado en el informe Nº 0366-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 9 de junio de 2026.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en los artículos 64 y 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la abogada Ethy Lama Arvildo, fiscal adjunta provincial titular mixta de Paita, Distrito Fiscal de Piura, en la Fiscalía Provincial Mixta de Paita, y su destaque en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Paita, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 4177-2013-MP-FN, 2918-2019-MP-FN y 3868-2025-MP-FN, de fechas 23 de diciembre de 2013, 18 de octubre de 2019 y 31 de diciembre de 2025, respectivamente, a partir del 15 de junio de 2026; sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para la cancelación del título otorgado a la abogada Ethy Lama Arvildo mediante la Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 374-2013-CNM, de fecha 28 de octubre de 2013.

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento a la abogada Ethy Lama Arvildo que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Piura, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva y a la abogada mencionada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS

Fiscal de la Nación

2525170-18