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Fecha de publicación: 13/06/2026
Decreto de Ampliación de Convocatoria de la Segunda Legislatura Ordinaria del Período Anual de Sesiones 2025-2026

Dan por concluida la designación de fiscal en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chachapoyas

resolución de la fiscalía de la nación

Nº 1675-2026-MP-FN

Lima, 11 de junio de 2026

VISTOS:

El oficio Nº 001391-2026-MP-FN-PJFSAMAZONAS, de fecha 29 de mayo de 2026 e informe Nº 0058-2026-MP-FN-OREF-EBRV de fecha 9 de junio de 2026, y;

CONSIDERANDO:

Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1847-2022-MP-FN, de fecha 25 de agosto de 2022, se designó a la abogada Kelly Del Rosario Jáuregui Bustamante, fiscal adjunta provincial titular penal (corporativa) de Chachapoyas, Distrito Judicial de Amazonas, en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chachapoyas.

Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1177-2013-MP-FN, de fecha 2 de mayo de 2013, se dispuso que, en todas las comunicaciones generadas por el Ministerio Público, se utilice el término “Distrito Fiscal” en lugar de “Distrito Judicial”.

A través del oficio Nº 001391-2026-MP-FN-PJFSAMAZONAS de fecha 29 de mayo de 2026, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas remite a la Secretaría de la Junta de Fiscales Supremo la carta presentada en fecha 28 de mayo de 2026, suscrita por la abogada Kelly Del Rosario Jáuregui Bustamante, quien presenta su renuncia al cargo de fiscal adjunta provincial titular penal (corporativo) de Chachapoyas, Distrito Judicial de Amazonas, actualmente Distrito Fiscal de Amazonas, y a su designación en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chachapoyas, por motivos laborales, señalando como fecha de efectividad el 8 de junio de 2026.

En ese contexto, con Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 023-2025-MP-FN-JFS, de fecha 9 de junio de 2025, se aceptó la renuncia formulada por la abogada Kelly Del Rosario Jáuregui Bustamante al cargo de fiscal adjunta provincial titular penal (corporativa) de Chachapoyas, Distrito Fiscal de Amazonas, a partir del 8 de junio de 2026.

Del reporte de quejas y denuncias Nº 01396-2026-202000500, de fecha 2 de junio de 2026, emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, se advierte que la citada abogada registra tres (3) quejas en trámite.

Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.

Al respecto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020 (caso Casa Nina vs. Perú), ha señalado que “la provisionalidad no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria”. Dicha temporalidad es consustancial al nombramiento provisional y habilita al titular del Ministerio Público para gestionar la asignación y permanencia del personal fiscal, en aras de la correcta marcha de la institución.

El Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC).

El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”.

En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, y a la renuncia aceptada por la Junta de Fiscales Supremos, resulta necesario emitir el resolutivo correspondiente que dé por concluida, la designación de la fiscal renunciante con eficacia anticipada a partir del 8 de junio de 2026; en atención al marco normativo antes citado y considerando lo señalado en el informe Nº 0058-2026-MP-FN-OREF-EBRV, de fecha 9 de junio de 2026.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la abogada Kelly Del Rosario Jáuregui Bustamante, fiscal adjunta provincial titular penal (corporativo) de Chachapoyas, Distrito Judicial de Amazonas, actualmente Distrito Fiscal de Amazonas, en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chachapoyas, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1847-2022-MP-FN, de fecha 25 de agosto de 2022; con eficacia anticipada a partir del 8 de junio de 2026, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para la cancelación del título otorgado a la abogada Kelly Del Rosario Jáuregui Bustamante mediante la Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 428-2011-CNM, de fecha 21 de noviembre de 2011.

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento a la abogada Kelly Del Rosario Jáuregui Bustamante que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Oficina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS

Fiscal de la Nación

2525170-11