Modifican la Ordenanza Municipal Nº 488-2023/MDCH, que conforma el Comité Distrital de Salud de Chaclacayo, incorporando nuevos integrantes y excluyendo a un representante
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 529-2026/MDCH
Chaclacayo, 20 de mayo de 2026
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHACLACAYO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Chaclacayo, en IX Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha;
VISTO: El Informe Nº 078-2026-GM/MDCH de la Gerencia Municipal; el Informe Nº 090-2026-GAJ/MDCH de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 015-2026-GDS-MDCH de la Gerencia de Desarrollo Social; el Informe Nº 058-2026-SGSBPS-GDS/MDCH de la Subgerencia de Salud, Bienestar y Programas Sociales; el Exp. Nº 3108-26 presentado por la RIS Chaclacayo; y, de conformidad con las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Distrital de Chaclacayo, en sesión ordinaria de la fecha, con el voto a favor de dos (02) regidores y el voto dirimente de quien presidió la sesión, y con el voto en contra de dos (02) regidores, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA
EL ARTÍCULO PRIMERO DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 488-2023/MDCH, QUE CONFORMA EL COMITÉ DISTRITAL DE SALUD DE CHACLACAYO, INCORPORANDO NUEVOS INTEGRANTES Y EXCLUYENDO
A UN REPRESENTANTE
Artículo Primero.- MODIFÍQUESE el artículo primero de la Ordenanza Municipal Nº 488-2023/MDCH, que conforma el Comité Distrital de Salud de Chaclacayo – CDS, instancia de coordinación interinstitucional del Sistema Nacional de Salud, incorporando a los siguientes integrantes:
“(…)
26. Un representante de la Policía Nacional del Perú – PNP.
27. Un representante de la Subprefectura del distrito de Chaclacayo.
28. Un representante del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres – JUNTOS.
29. Un representante de la Universidad Peruana Unión – UPeU.
(…)”
Artículo Segundo.- EXCLÚYASE, al representante de CENDIPP consignado en el numeral 9 del artículo primero de la Ordenanza Municipal Nº 488-2023/MDCH.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y su publicación íntegra en el Portal Institucional de la Entidad.
Por Tanto:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
SERGIO ANTONIO BAIGORRIA SEAS
Alcalde
2524968-1