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Fecha de publicación: 12/06/2026
Autorizan viaje de Jefe y Secretario General del INEI para participar en eventos que se realizarán en la República Francesa y la Confederación Suiza

Autorizan viaje de Jefe y Secretario General del INEI para participar en eventos que se realizarán en la República Francesa y la Confederación Suiza

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 205-2026-PCM

Lima, 11 de junio de 2026

VISTOS:

Los Oficios Nº 000599-2026-INEI/JEF y Nº 000129-2026-INEI/SG del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI); y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) es un organismo público con personería jurídica de derecho público interno con autonomía técnica y de gestión, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros; y es el organismo central de los Sistemas Nacionales de Estadística e Informática, responsable de normar, planear, dirigir, coordinar y supervisar las actividades de estadística e informática oficiales del país;

Que, mediante Carta SDD/DO(2026)9, de fecha 8 de abril de 2026, la Dirección de Estadística y Datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) invita al Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática para participar en la Vigesimotercera Reunión del Comité de Estadística y Política Estadística (CSSP) de la OCDE, que se realizará en la ciudad de París, República Francesa, del 22 al 23 de junio de 2026; y en la Conferencia de Estadísticos Europeos (CES) de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (UNECE), que se llevará a cabo en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 24 al 26 de junio de 2026;

Que, en la CSSP se tiene previsto abordar temas vinculados a la modernización de las fuentes y métodos de producción estadística, los desafíos e innovaciones en las encuestas sociales y de hogares, la medición de las finanzas sostenibles y de la productividad, la adaptación de los marcos de garantía de calidad de las estadísticas al nuevo entorno de datos, el aprovechamiento de nuevas fuentes de información y el uso de la inteligencia artificial en la producción, difusión y utilización de las estadísticas oficiales;

Que, por su parte, en la CES se tiene previsto abordar temas relacionados al fortalecimiento y modernización de los sistemas estadísticos nacionales y al desarrollo de capacidades institucionales en la producción y gestión de estadísticas oficiales;

Que, la participación del INEI en los citados eventos reviste especial importancia debido a que contribuirá al fortalecimiento de las capacidades estadísticas nacionales, al intercambio de experiencias y buenas prácticas internacionales y al seguimiento de los temas vinculados al proceso de adhesión del Perú a la OCDE, favoreciendo la adopción de estándares y metodologías internacionalmente reconocidos para la producción y difusión de estadísticas oficiales;

Que, por lo expuesto, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor GASPAR HUMBERTO MORAN FLORES, Jefe del INEI, y del señor LUIS FRANCISCO VIVANCO ALDON, Secretario General del INEI y líder responsable alterno de facilitar y promover el desarrollo de actividades vinculadas a la adhesión estadística del Perú a la OCDE, para que participen en los citados eventos;

Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que se deriven de la participación en los referidos eventos serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del INEI, en el marco de las normas vigentes sobre la materia;

Que, el segundo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, dispone que la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;

Que, según lo establecido en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo sector;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 199-2025-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor GASPAR HUMBERTO MORAN FLORES, Jefe del INEI, y del señor LUIS FRANCISCO VIVANCO ALDON, Secretario General del INEI, a la ciudad de París, República Francesa, y a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 20 al 26 de junio de 2026; para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), de acuerdo al siguiente detalle:

Nombres y apellidos

Pasajes Aéreos

USD

Viáticos

por día

USD

Número de días

Total viáticos USD

GASPAR HUMBERTO MORAN FLORES

3,800.00

540.00

5+ 2

3,780.00

LUIS FRANCISCO VIVANCO ALDON

3,800.00

540.00

5 + 2

3,780.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas cuyo viaje se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial deben presentar ante su entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos; así como, la rendición de gastos correspondiente.

Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS ENRIQUE ARROYO SÁNCHEZ

Presidente del Consejo de Ministros

2524929-1