Ordenanza que establece beneficios tributarios y no tributarios en el distrito de Puente Piedra
ORDENANZA N° 486-MDPP
Puente Piedra, 11 de junio de 2026
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 11 de junio del 2026;
Estando en uso de las facultades establecidas en el numeral 8 del artículo 9 y artículo 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con el Informe N° 0152-2026/MDPP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica y documentos que lo anteceden, con el voto UNANIME, con dispensa del trámite de aprobación del acta; aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS EN EL DISTRITO DE PUENTE PIEDRA
Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza que establece Beneficios Tributarios y no tributarios en el Distrito de Puente Piedra, conforme al Anexo I que forma parte de la presente ordenanza, publicada en el portal web institucional de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra.
Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria y demás subgerencias dependientes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
RENNAN SAMUEL ESPINOZA ROSALES
Alcalde
2524377-1