Aprueban el Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora - 2026
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 000308-2026-MIMP
Lima, 9 de junio del 2026
VISTOS, el Proveído N° D007719-2026-MIMP-SG de la Secretaría General; el Memorándum N° D000797-2026-MIMP-DVMM del Despacho Viceministerial de la Mujer; la Nota N° D000244-2026-MIMP-DGPDAEM y el Informe N° D000075-2026-MIMP-DGPDAEM-ERFG de la Dirección General de Promoción y Desarrollo de la Autonomía Económica de las Mujeres; el Memorándum N° D000551-2026-MIMP-OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000257-2026-MIMP-PRE de la Oficina de Presupuesto; el Informe N° D000090-2026-MIMP-OP de la Oficina de Planeamiento; la Nota N° D000213-2026-MIMP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional; el Informe N° D000510-2026-MIMP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2022-MIMP, se aprueba la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora (ENME) con el objetivo de promover la participación plena y a todo nivel de la actividad económica de las mujeres en su diversidad que lideran emprendimientos, empresas y asociaciones empresariales, para contribuir al logro de una reactivación económica con igualdad, inclusión y sostenibilidad a nivel nacional a través de iniciativas y acciones articuladas;
Que, el artículo 9 del Decreto Supremo N° 012-2022-MIMP establece que la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora es dirigida por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en tanto ente rector de políticas nacionales y sectoriales sobre mujer, para lo cual encarga a la Dirección General de Promoción y Desarrollo de la Autonomía Económica de las Mujeres o la que haga sus veces, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la formulación, conducción e implementación, supervisión y evaluación del Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora, en coordinación con las entidades participantes enumeradas en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 012-2022-MIMP;
Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 012-2022-MIMP prevé que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, mediante Resolución Ministerial, aprueba el Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora;
Que, en ese marco, con Resolución Ministerial N° D000209-2025-MIMP-DM se aprueba el Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora - 2026;
Que, de acuerdo con el artículo 83 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del MIMP, aprobado por Resolución Ministerial N° 000380-2025-MIMP, la Dirección General de Promoción y Desarrollo de la Autonomía Económica de las Mujeres depende del Despacho Viceministerial de la Mujer; y, es el órgano de línea responsable de dirigir, coordinar, articular y realizar el seguimiento y evaluación de las políticas públicas, normas, estrategias y compromisos del Estado en materia de los derechos económicos, laborales y productivos de las mujeres en su diversidad; así como sobre el desarrollo de su autonomía económica;
Que, en ese contexto, la Dirección General de Promoción y Desarrollo de la Autonomía Económica de las Mujeres, a través de la Nota N° D000244-2026-MIMP-DGPDAEM e Informe N° D000075-2026-MIMP-DGPDAEM-ERFG propone y sustenta la necesidad de la aprobación del Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora - 2026, mediante Resolución Ministerial, para lo cual precisa que el citado documento ha sido compartido y validado con las entidades participantes de la mencionada Estrategia Nacional, conforme a las conformidades remitidas por las entidades participantes de la referida estrategia;
Que, mediante Memorándum N° D000551-2026-MIMP-OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a través del Informe N° D000090-2026-MIMP-OP elaborado por la Oficina de Planeamiento, y el Informe N° D000257-2026-MIMP-PRE elaborado por la Oficina de Presupuesto emite opinión favorable al proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora - 2026;
Que, mediante Informe N° D000510-2026-MIMP-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco de la normativa indicada y considerando lo sustentado por los órganos competentes del Ministerio, emite opinión favorable para continuar con el trámite de emisión de la presente Resolución Ministerial;
Con el visado de la Secretaría General, del Despacho Viceministerial de la Mujer, de la Dirección General de Promoción y Desarrollo de la Autonomía Económica de las Mujeres, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el Decreto Supremo N° 012-2022-MIMP, Decreto Supremo que aprueba la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 000380-2025-MIMP;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora - 2026, que como Anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- La implementación del Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora - 2026 se financia con cargo al presupuesto institucional de las entidades participantes, de acuerdo a sus competencias y en el marco de las leyes anuales de presupuesto, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDITH BETZABETH PARIONA VALER
Ministra
2523989-1