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Fecha de publicación: 10/06/2026
Decreto Supremo que modifica los artículos 7 y 14 del Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 123-2018-PCM

Dan por concluida designación de fiscal en la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima

Resolución de la Fiscalía de la Nación

Nº 1642-2026-MP-FN

Lima, 9 de junio de 2026

VISTOS:

El oficio Nº 134-2026-P/JNJ, de fecha 30 de abril de 2026, la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 073-2026-PLENO-JNJ, de fecha 26 de marzo de 2026, el oficio Nº 000362-2026-SG/JNJ, de fecha 8 de mayo de 2026, el oficio Nº 000305-2026-DER/JNJ, de fecha 6 de mayo de 2026, y el informe Nº 041-2026-MP-FN-OREF-MVCQ, de fecha 14 de mayo de 2026, y;

CONSIDERANDO:

Mediante la Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 446-2011-CNM, actualmente Junta Nacional de Justicia, de fecha 25 de noviembre de 2011, se nombró al abogado José Domingo Pérez Gómez, como fiscal provincial especializado en delitos de corrupción de funcionarios de Lima en el Distrito Judicial de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro.

A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1871-2012-MP-FN, de fecha 23 de julio de 2012, se resolvió designar al abogado José Domingo Pérez Gómez, fiscal provincial titular especializado en delitos de corrupción de funcionarios de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, designación que fue adecuada mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 304-2022-MP-FN, de fecha 10 de marzo de 2022, en razón a la modificación de denominación del Distrito Fiscal de Lima a Distrito Fiscal de Lima Centro.

Con el oficio Nº 134-2026-P/JNJ, de fecha 30 de abril de 2026, cursado por la señora María Teresa Cabrera Vega, presidenta de la Junta Nacional de Justicia, recibido por la mesa única de partes virtual de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, el 30 de abril de 2026, se remite copias certificadas de la resolución de vistos por la cual se resuelve no ratificar al abogado José Domingo Pérez Gómez, en el cargo de fiscal provincial especializado en delitos de corrupción de funcionarios del Distrito Judicial de Lima.

A través del oficio Nº 000362-2026-SG/JNJ, de fecha 8 de mayo de 2026 -recibido por la mesa única de partes antes descrita, el 11 de mayo de 2026- la señora Melody del Carmen Fuentes Jara, secretaria general de la Junta Nacional de Justicia remite el oficio Nº 000305-2026-DER/JNJ, de fecha 6 de mayo de 2026, suscrito por la señora Norma Luz Gutiérrez Vega, directora de la Dirección de Evaluación Integral y Ratificación de la Junta Nacional de Justicia, por el cual se remite copia de la “Constancia de envío de Notificación” de la resolución de vistos dirigida a la casilla electrónica del abogado José Domingo Pérez Gómez con fecha 1 de abril de 2026, así como copia del “acuse de recibo” de notificación de la referida resolución del citado abogado, de fecha 1 de abril de 2026 a horas 15:47:33.

Sobre el particular, el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, Ley Nº 30916, señala que “El juez o fiscal no ratificado cesa en el cargo a partir del día siguiente de notificada la resolución. Se puede solicitar la reconsideración dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la resolución. La solicitud de reconsideración no suspende la ejecución de la decisión. (...)”.

Mediante la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 260-2020-JNJ, de fecha 9 de diciembre de 2020, se aprobó el Reglamento de Procedimiento de Evaluación Integral y Ratificación de Jueces y Juezas del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Público.

El artículo 66 del Texto Único Ordenado (T.U.O.) del Reglamento del Procedimiento de Evaluación Integral y Ratificación de Jueces y Juezas del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Público aprobado por Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 447-2023-JNJ de fecha 23 de mayo de 2023, señala que “La resolución es puesta en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema y de la Presidencia de la Corte Superior respectiva, o del (de la) fiscal de la nación y de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores respectiva para los fines de su competencia” y “El juez o fiscal no ratificado cesa en el cargo a partir del día siguiente de notificada la resolución”.

El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”.

En tal sentido, conforme al marco normativo antes citado y en virtud a lo descrito en la presente resolución, así como estando al informe Nº 041-2026-MP-FN-OREF-MVCQ, de fecha 14 de mayo de 2026, se tiene que el acuse de recibo de la notificación de la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 073-2026-PLENO-JNJ al abogado José Domingo Pérez Gómez, fiscal provincial titular especializado en delitos de corrupción de funcionarios de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, data de fecha 1 de abril de 2026; por lo que, corresponde emitir el acto resolutivo respectivo a través del cual se concluya con eficacia anticipada, a partir del 2 de abril de 2026, su designación en la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima -descrita en el segundo párrafo de la parte considerativa de la presente resolución-.

Adicionalmente, del reporte de quejas y denuncias Nº 01237-2026-202000500, de fecha 14 de mayo de 2026, emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, se verifica que el abogado José Domingo Pérez Gómez, presenta noventa y ocho (98) registros que incluyen dieciséis (16) denuncias, ochenta y un (81) quejas y una (1) queja-denuncia, de las cuales ochenta y cuatro (84) se encuentran concluidas, una de ellas con imposición de sanción de suspensión; y, catorce (14) en trámite.

Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158 y 159 de la Constitución Política del Perú, y a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluida, con eficacia anticipada, a partir del 2 de abril de 2026, la designación del abogado José Domingo Pérez Gómez, fiscal provincial titular especializado en delitos de corrupción de funcionarios de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1871-2012-MP-FN y 304-2022-MP-FN, de fechas 23 de julio de 2012 y 10 de marzo de 2022, respectivamente, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado José Domingo Pérez Gómez que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Oficina de Imagen Institucional y al abogado mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS

Fiscal de la Nación

2523943-3