Autorizan viaje de personal militar FAP a los Estados Unidos de América, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 00660-2026-DE
Lima, 9 de junio del 2026
VISTOS:
El Oficio EXTRA FAP N° 002035-2026-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio N° 01356-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01083-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante el correo electrónico del 27 de mayo de 2026, la empresa BOMBARDIER comunicó a la Fuerza Aérea del Perú que la aeronave Learjet 45XR FAP 526 se encuentra disponible para su traslado a la ciudad de Lima a partir del 3 de junio de 2026;
Que, por medio del Informe Técnico Legal N° 004-G8AJ-2026 del 28 de mayo de 2026, la Jefatura de la Oficina de Asesoría Legal del Grupo Aéreo N° 8 opina que es legalmente viable autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar FAP que formará parte de la tripulación encargada de la verificación, recepción y traslado de la aeronave Learjet 45XR FAP 526, desde las instalaciones de la empresa Bombardier, ubicada en la ciudad de Wichita, Estados Unidos de América, del 11 al 16 de junio de 2026, conforme al siguiente detalle:
PERSONAL TITULAR:
- Coronel FAP Harold Alberto HIDALGO BARDALES
NSA N° 96699 DNI N° 43305633
- Comandante FAP Santiago Alfonso TELLO ANGULO
NSA N° 96805 DNI N° 40010124
- Técnico de Tercera FAP Fernando NAYRA YAJAHUANCA
NSA N° 610230 DNI N° 46630982
PERSONAL SUPLENTE:
- Comandante FAP Julio Cesar TORRES CASAS
NSA N° 96917 DNI N° 40096429
- Técnico de Tercera FAP Angel Luis OBANDO PARRA
NSA N° 610613 DNI N° 70026497;
Que, con Oficio EXTRA FAP N° 002035-2026-SECRE/FAP la Fuerza Aérea del Perú remite un proyecto de resolución ministerial que autoriza el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar titular, o en su defecto del suplente, para formar parte de la tripulación encargada de realizar la verificación, recepción y traslado de la aeronave Learjet 45XR FAP 526, desde las instalaciones de la empresa Bombardier, ubicada en la ciudad de Wichita, Estados Unidos de América, hacia la ciudad de Lima, República del Perú, del 11 al 16 de junio de 2026; así como, autorizar su salida del país el 10 de junio de 2026, y su retorno el 15 de junio, a bordo de la aeronave Learjet 45XR FAP 526, arribando a la ciudad de Lima el 16 de junio de 2026;
Que, a través del citado documento, la institución armada remite la Hoja de Gastos N° 096-DGVC-ME/SIAF-RP; así como, las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000022 y N° 0000000222, que garantiza el financiamiento correspondiente;
Que, de acuerdo a lo señalado en la Exposición de Motivos, anexada al Oficio FAP N° 001039-2026-COMOP/FAP, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio; por cuanto, permitirá recuperar operativamente a la aeronave Learjet 45XR FAP 526, permitiendo seguir cumpliendo con los Planes de Operaciones y Entrenamiento de las tripulaciones asignadas a este Escuadrón Aéreo. Asimismo, el Grupo Aéreo N° 8, de acuerdo con las políticas dispuestas por el Comando de Operaciones de la FAP, ha realizado el planeamiento respectivo, considerando rutas, meteorología, aeródromos alternos y briefing detallado, teniendo en cuenta las medidas de seguridad necesarias para la operación segura para el cumplimiento de dicha misión;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación a la fecha programada para el inicio de la comisión, sin que dicho día adicional genere gasto al Tesoro Público;
Que, mediante el Oficio N° 01356-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 327-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior referida en los considerandos precedentes;
Que, mediante el Informe Legal N° 01083-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del siguiente personal militar FAP, quienes conformarán la tripulación encargada de realizar la verificación, recepción y traslado de la aeronave Learjet 45XR FAP 526, desde las instalaciones de la empresa Bombardier, ubicada en la ciudad de Wichita, Estados Unidos de América, hacia la ciudad de Lima, República del Perú, del 11 al 16 de junio de 2026; así como, autorizar su salida del país el 10 de junio de 2026 y su arribo a la ciudad de Lima el 16 de junio de 2026:
PERSONAL TITULAR:
- Coronel FAP Harold Alberto HIDALGO BARDALES
- Comandante FAP Santiago Alfonso TELLO ANGULO
- Técnico de Tercera FAP Fernando NAYRA YAJAHUANCA
PERSONAL SUPLENTE:
- Comandante FAP Julio Cesar TORRES CASAS
- Técnico de Tercera FAP Angel Luis OBANDO PARRA
Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal militar titular.
Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan, con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes aéreos de ida: Lima - ciudad de Wichita
(Estados Unidos de America)
Clase económica
US$ 1,818.56 x 3 personas = US $ 5,455.68
Viáticos:
US $ 440.00 x 6 días x 3 personas = US $ 7,920.00
Total a pagar en dólares americanos US$ 13,375.68
Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 5.- El personal militar comisionado más antiguo debe cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
AMADEO JAVIER FLORES CARCAGNO
Ministro de Defensa
2523821-1