Autorizan transferencia financiera a favor del NEC para el Sector Productivo Textil-Confecciones, a fin de atender requerimiento del Ministerio del Interior
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 000160-2026-PRODUCE
Lima, 9 de junio de 2026
VISTOS: El Memorando Nº 00000625-2026-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el Memorando Nº 00000491-2026-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERU y el Informe Nº 00000016-2026 PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERU-ilinaresg del Programa Nacional Compras a MYPErú; el Memorando Nº 00000439-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 00000183-2026-PRODUCE/OP de la Oficina de Presupuesto; y, el Informe Nº 00000733-2026-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, mediante Resolución Ministerial Nº 000426-2025-PRODUCE, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2026 del Pliego 038: Ministerio de la Producción;
Que, el Decreto Legislativo Nº 1414, Decreto Legislativo que autoriza al Ministerio de la Producción a conformar núcleos ejecutores de compras para promover y facilitar el acceso de las micro y pequeñas empresas a las compras públicas, tiene por objeto impulsar el desarrollo productivo y empresarial de las micro y pequeñas empresas (MYPE) mediante la conformación de núcleos ejecutores de compras (NEC);
Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1414, establece que los NEC son entes colectivos constituidos que gozan de capacidad jurídica para contratar e intervenir en procedimientos administrativos y judiciales; disponiendo que se sujetan a dicho Decreto Legislativo, su Reglamento, demás disposiciones que emita el Ministerio de la Producción y, supletoriamente, a las normas que regulan las actividades del ámbito del derecho privado;
Que, el literal a) del numeral 4.1 del artículo 4 del mencionado Decreto Legislativo indica que son bienes manufacturados especializados a ser adquiridos a través de los NEC, aquellos que corresponden a las actividades económicas de la Cuarta Revisión de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme - CIIU, aprobada por la Resolución Jefatural Nº 024-2010-INEI, entre otros, en el siguiente sector: Sector Textil-confecciones: Actividades económicas de las Clases que conforman las Divisiones 13 y 14;
Que, el numeral 11.6 del artículo 11 del precitado Decreto Legislativo dispone que el Ministerio de la Producción transfiere financieramente los recursos a favor de los NEC para las adquisiciones de los bienes requeridos por las entidades demandantes, así como para la gestión administrativa de los NEC de corresponder, señalando que las referidas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del Ministerio de la Producción o del funcionario a quien dicho titular delegue, y se publican en el diario oficial El Peruano;
Que, asimismo, el numeral 11.7 del artículo 11 del referido Decreto Legislativo, establece, entre otros, que para las transferencias de recursos a los NEC, se requiere la suscripción de un convenio entre estos y el Ministerio de la Producción, a través de sus órganos de línea, programas o proyectos, en el cual se establecen los términos y condiciones para la entrega de los citados recursos, así como para las correspondientes rendiciones de cuentas;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 004-2019-
PRODUCE, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1414, con el objeto de establecer las disposiciones reglamentarias para impulsar el desarrollo productivo y empresarial de las MYPE a través del Régimen de Desarrollo Productivo y su participación en las compras públicas;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 013-2021-
PRODUCE, se crea el Programa Nacional “Compras a MYPErú” en el ámbito del Ministerio de la Producción, dependiente funcionalmente del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, con el objeto de impulsar la participación de las MYPE en el proceso especial de compras y promover su desarrollo productivo y competitivo, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1414 y su Reglamento;
Que, con fecha 07 de setiembre de 2023, se suscribe el Convenio entre el Programa Nacional “Compras a MYPErú” y el NEC para el Sector Productivo de Textil-Confecciones, con el objeto de establecer los términos y condiciones de adquisición de los bienes especializados y gestión de recursos que serán transferidos al NEC, los cuales ascienden a S/ 25 966 479,00 (VEINTICINCO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1414 y demás normativa aplicable;
Que, con fecha 11 de mayo de 2026, se suscribe la Adenda Nº 002 al Convenio indicado en el considerando precedente, con el objeto de que el Ministerio de la Producción transfiera al referido NEC, recursos financieros adicionales a los señalados en el Convenio y sus adendas correspondientes, destinados para la atención de gastos operativos y administrativos, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1414 y demás normativa aplicable, los cuales ascienden a S/ 1 178 748,00 (UN MILLÓN CIENTO SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES);
Que, mediante el Memorando Nº 00000625-
2026-PRODUCE/DVMYPE-I, el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria remite el Memorando Nº 00000491-2026-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERU y el Informe Nº 00000016-2026-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERU-ilinaresg del Programa Nacional “Compras a MYPErú”, a través de los cuales sustenta la emisión de la Resolución Ministerial que autoriza una transferencia financiera a favor del NEC para el Sector Productivo de Textil-Confecciones, por la suma ascendente de S/ 1 178 748,00 (UN MILLÓN CIENTO SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES) para financiar la gestión administrativa (gastos operativos y administrativos) del referido NEC, a fin de atender el requerimiento del Ministerio del Interior;
Que, mediante el Memorando Nº 00000439-
PRODUCE/OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite el Informe Nº 00000183-2026-PRODUCE/OP de la Oficina de Presupuesto, a través del cual emite opinión favorable para la emisión de la Resolución Ministerial que autoriza la transferencia financiera señalada en el considerando precedente;
Que, en consecuencia, resulta procedente emitir la Resolución Ministerial que autoriza la transferencia financiera en mención, en el marco de lo establecido en la normativa citada;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Legislativo Nº 1414, Decreto Legislativo que autoriza al Ministerio de la Producción a conformar núcleos ejecutores de compras para promover y facilitar el acceso de las micro y pequeñas empresas a las compras públicas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-PRODUCE; y el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia Financiera
Autorizar una transferencia financiera a favor del NEC para el Sector Productivo Textil-Confecciones, hasta por la suma de S/ 1 178 748,00 (UN MILLÓN CIENTO SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), para financiar la gestión administrativa (gastos operativos y administrativos) del referido NEC, a fin de atender el requerimiento del Ministerio del Interior, en el marco de lo establecido en el artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 1414, Decreto Legislativo que autoriza al Ministerio de la Producción a conformar núcleos ejecutores de compras para promover y facilitar el acceso de las micro y pequeñas empresas a las compras públicas.
Artículo 2.- Financiamiento
La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se financia con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos, 5002362: Promoción y Dinamización de Mercados MYPES, hasta por la suma de S/ 1 178 748,00 (UN MILLÓN CIENTO SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.5 “Otros Gastos”, Específica de Gasto 2.5.2 1.1 99 “A otras organizaciones”, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos
Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Monitoreo, Seguimiento y Cumplimiento
El Programa Nacional “Compras a MYPErú” del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se realiza la presente transferencia financiera.
Artículo 5.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CESAR MANUEL QUISPE LUJAN
Ministro de la Producción
2523497-1