Logo El Peruano
Fecha de publicación: 07/06/2026
Aprueban la Directiva N° 001-2026-PCM/SGTD, Directiva que regula el servicio de correo electrónico institucional en las entidades públicas

Prorrogan vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial, creado mediante la Resolución Ministerial N° 198-2025-MINEM/DM

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 228-2026-MINEM/DM

Lima, 5 de junio de 2026

VISTOS: El Informe N° 02008-2026/MINEM-DGFM y el Memorando N° 02793-2026/MINEM-DGFM de la Dirección General de Formalización Minera; el Informe N° 189-2026-MINEM-OGPP-ODICR de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 731-2026/MINEM-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 28.1 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM (en adelante, los Lineamientos), señala que los grupos de trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos específicos; sus conclusiones carecen de efectos jurídicos sobre terceros;

Que, asimismo, el numeral 28.2 del artículo 28 de los Lineamientos establece que, los Grupos de Trabajo pueden ser sectoriales o multisectoriales y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio del cual depende; asimismo, pueden participar en calidad de integrantes del Grupo de Trabajo representantes de otros poderes del Estado, niveles de gobierno y organismos constitucionalmente autónomos, previa conformidad de su máxima autoridad, así como representantes acreditados de la sociedad civil, academia, gremios empresariales, entre otros, siempre que su participación se vincule y contribuya al objeto del Grupo de Trabajo;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 198-2025-MINEM/DM, publicada el 11 de junio de 2025 en el diario oficial El Peruano, se creó el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Energía y Minas (en adelante, Grupo de Trabajo Multisectorial) con el objeto de elaborar propuestas técnicas para el desarrollo e implementación del Sistema Interoperable de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (en adelante, SIPMMA), con la finalidad de viabilizar su interoperabilidad y facilitar el intercambio de información entre todas las entidades involucradas, con un plazo de vigencia de ciento ochenta (180) días calendario, contados a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano;

Que, el artículo 5 de la Resolución Ministerial N° 198-2025-MINEM/DM establece que la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial, recae en la Dirección General de Formalización Minera del Ministerio de Energía y Minas, quien es responsable de brindar asistencia técnica y administrativa para el funcionamiento del Grupo de Trabajo Multisectorial;

Que, posteriormente, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 418-2025-MINEM/DM, se prorrogó por ciento ochenta (180) días calendario, contados a partir del 10 de diciembre de 2025, la vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial, creado por la Resolución Ministerial N° 198-2025-MINEM/DM;

Que, mediante el Informe N° 02008-2026/MINEM-DGFM y el Memorando N° 02793-2026/MINEM-DGFM, la Dirección General de Formalización Minera sustenta la necesidad de prorrogar la vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial, por ciento ochenta (180) días calendario; toda vez que, por su naturaleza interoperable y multisectorial, se requiere asegurar la continuidad del espacio formal de articulación interinstitucional para coadyuvar a la identificación de la información relevante para el funcionamiento del Sistema Interoperable de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (SIPMMA), así como para continuar de forma articulada con la definición técnica de los protocolos de interoperabilidad y los mecanismos que faciliten el intercambio seguro y consistente de información estratégica entre las diversas entidades del Estado que lo conforman;

Que, mediante el Informe N° 189-2026-MINEM-OGPP-ODICR, la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión técnica favorable, desde el punto de vista organizacional, para prorrogar la vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial;

Que, con el Informe N° 731-2026/MINEM-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para prorrogar la vigencia del citado Grupo de Trabajo Multisectorial;

Que, en ese contexto, resulta necesario emitir el acto resolutivo que prorroga por ciento ochenta (180) días calendario, a partir del 8 de junio de 2026, la vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial creado por la Resolución Ministerial N° 198-2025-MINEM/DM;

Con los vistos del Despacho Viceministerial de Minas, la Dirección General de Formalización Minera, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y, el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Prorrogar la vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial

Prorrogar por ciento ochenta (180) días calendario, contados a partir del 8 de junio de 2026, la vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Energía y Minas, creado mediante la Resolución Ministerial N° 198-2025-MINEM/DM.

Artículo 2.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALDIR ELOY AYASTA MECHÁN

Ministro de Energía y Minas

2523007-1