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Fecha de publicación: 06/06/2026
Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro

Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro

Resolución de la fiscalía de la nación

N° 1615-2026-Mp-fn

Lima, 5 de junio de 2026

VISTOS:

El oficio N° 006983-2026-MP-FN-PJFSLIMA, de fecha 27 de mayo de 2026, e informe N° 0345-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 4 de junio de 2026, y;

CONSIDERANDO:

Mediante el oficio de vistos, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, se remite y expresa conformidad a la carta presentada en fecha 27 de mayo de 2026, suscrita por la abogada Lucero Astrid Goicochea Ramos, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designada en el 5º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María, quien presenta su renuncia al cargo por motivos laborales.

En su carta de renuncia, la citada abogada señala como último día de labores el 26 de junio de 2026, por lo que presenta su renuncia considerando el plazo de anticipación previsto en la ley, ante lo cual el jefe inmediato otorga su visto bueno, por lo que cumple con los lineamientos establecidos en el oficio circular N°001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022.

Por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1774-2021-MP-FN, de fecha 14 de diciembre de 2021, se resolvió nombrar a la abogada Lucero Astrid Goicochea Ramos, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el 5º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María; vigencia sujeta a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.

El numeral 3 del artículo 106 de la Ley N°30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fiscal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo N°005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales).

En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en el informe N°0345-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 4 de junio de 2026, resulta necesario emitir el resolutivo que acepte la renuncia de la abogada Lucero Astrid Goicochea Ramos, a partir del 27 de junio de 2026.

De conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N°052;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Lucero Astrid Goicochea Ramos, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y a su designación en el 5º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s. 1774-2021-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 14 de diciembre de 2021 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente, a partir del 27 de junio de 2026.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada Lucero Astrid Goicochea Ramos que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Oficina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Tomás Aladino Gálvez Villegas

Fiscal de la Nación

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