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Fecha de publicación: 06/06/2026
Autorizan viaje de oficiales de la Fuerza Aérea del Perú al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en comisión de servicios

Autorizan viaje de oficiales de la Fuerza Aérea del Perú al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

Nº 00653-2026-DE

Lima, 4 de junio del 2026

VISTOS:

Los Oficios Nº 001815-2026-SECRE/FAP, 001980-2026-SECRE/FAP y 002013-2026-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio Nº 01218-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal Nº 01053-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante carta s/n del 5 de mayo de 2026 y comunicación electrónica del 3 de junio de 2026, la empresa Compañía Aeronáutica Martin Baker Aircraft Company Ltd. cursa invitación al personal de la Fuerza Aérea del Perú, para asistir a una serie de reuniones con los representantes de la citada compañía, a realizarse en Lower Road, Denham, UB9 5AJ, ciudad de Denham, condado de Buckinghamshire, Inglaterra, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 8 al 12 de junio de 2026; asimismo, señala que los gastos de hospedaje y pasajes aéreos serán asumidos por la citada compañía;

Que, con Oficios Nº 001815-2026-SECRE/FAP, 001980-2026-SECRE/FAP y 002013-2026-SECRE/FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Teniente General FAP Javier Francisco TRYON CARBONE y del Coronel FAP Christian Javier MANCO QUEZADA, para participar en la reunión entre la Compañía Martín Baker Aircraft Company Ltd. y representantes de la Fuerza Aérea del Perú, a realizarse en Lower Road, Denham, UB9 5AJ, ciudad de Denham, condado de Buckinghamshire, Inglaterra, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 8 al 12 de junio de 2026, así como, autorizar su salida del país el 6 de junio y su retorno el 14 de junio de 2026; sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;

Que, a través de los documentos de vistos, la institución armada remite el Informe Legal Nº 016-MGOJ-2026, la Exposición de Motivos y Sustento, la Hoja de Gastos y Declaración Nº 082 DGVC-ME/SIAF-RP y la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000000005 que garantiza el financiamiento correspondiente;

Que, mediante la Exposición de Motivos y Sustento; y demás documentación sustentatoria adjunta al Oficio Extra FAP Nº 002013-2026-SECRE/FAP, la institución armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del personal militar designado por cuanto permitirá conocer los rigurosos procesos de control de calidad, aseguramiento y metodologías avanzadas de inspección que se aplican en la manufactura de los sistemas de eyección garantizando que la próxima auditoría de renovación cumpla con las exigencias internacionales más estrictas, elevando los niveles de confiabilidad técnica en el mantenimiento de los asientos eyectables de la Fuerza Aérea del Perú. Asimismo, la información y experiencias obtenidas contribuirán a optimizar los procesos de soporte y operación de las aeronaves de la Fuerza Aérea del Perú, reduciendo riesgos operacionales y favoreciendo una utilización más eficiente de los recursos asignados al sostenimiento de las capacidades de Defensa y Seguridad Nacional;

Que, conforme a lo indicado en la comunicación electrónica del 3 de junio de 2026 de la empresa Compañía Aeronáutica Martin Baker Aircraft Company Ltd. los gastos de pasajes aéreos y hospedaje serán asumidos por la citada compañía; razón por la cual, debe otorgarse viáticos diarios hasta un cuarenta por ciento (40%) del que corresponde a la zona geográfica, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/SG, que aprueba porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM;

Que, a través del Oficio Nº 01218-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico Nº 287-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior del mencionado personal militar;

Que, mediante el Informe Legal Nº 01053-2026-MINDEF/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el citado viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias; y el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias.

SE RESUELVE:

Artículo 1.-Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Teniente General FAP Javier Francisco TRYON CARBONE, identificado con NSA Nº 95399 y DNI Nº 43515875 y del Coronel FAP Christian Javier MANCO QUEZADA, identificado con NSA Nº 96665 y DNI Nº 43575235, para participar en la reunión con la Compañía Martín Baker Aircraft Company Ltd , a realizarse en Lower Road, Denham, UB9 5AJ, ciudad de Denham, condado de Buckinghamshire, Inglaterra, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 8 al 12 de junio de 2026; así como, autorizar su salida del país el 06 de junio y su retorno el 14 de junio de 2026.

Artículo 2.-La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan, con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Viáticos

US $ 540.00 x 5 días x 2 personas x 40% = US $ 2,160.00

Total a Pagar = US $ 2,160.00

Artículo 3.-El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda autorizado para variar la fecha de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin incrementar el tiempo de autorización, variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de personal autorizado.

Artículo 4.-El Oficial General comisionado más antiguo debe cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 5.-La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

AMADEO JAVIER FLORES CARCAGNO

Ministro de Defensa

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