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Fecha de publicación: 07/06/2026
Aprueban la Directiva N° 001-2026-PCM/SGTD, Directiva que regula el servicio de correo electrónico institucional en las entidades públicas

Autorizan viaje de personal militar de la Marina de Guerra del Perú a los Estados Unidos de América, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

N° 00651-2026-DE

Lima, 4 de junio del 2026

VISTOS:

El Oficio N° 4184/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 01258-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 01039-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Carta N° 5700 Ser N5/0251, el Comandante de la Fuerza de Submarinos de los Estados Unidos de América hace extensiva la invitación a la Marina de Guerra del Perú, para que se designe a un (1) oficial superior que participe como Oficial de Destacamento en Tierra (Shore Detachment Officer - SDO), durante el Ejercicio Multinacional “RIMPAC-2026”, a realizarse en la ciudad de Honolulu, Isla de Oahu, estado de Hawái, Estados Unidos de América, del 10 de junio al 04 de agosto del 2026;

Que, con Oficio N° 4184/51, el Secretario de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Fragata DIEGO CARLOS ROJAS ASPIAZU, identificado con CIP. 01003276 y DNI. 43307121, como personal militar titular, así como, al Capitán de Corbeta PIERO REYNALDO RAÚL PARETTO MONTEZUMA, identificado con CIP. 00029798 y DNI. 70671103, como personal militar suplente, para participar como Oficial de Destacamento en Tierra (Shore Detachment Officer - SDO), durante el Ejercicio Multinacional “RIMPAC-2026”, a realizarse en la ciudad de Honolulu, isla de Oahu, estado de Hawái, Estados Unidos de América, del 10 de junio al 1 de agosto de 2026; asimismo, considerando el itinerario de los vuelos internacionales, se solicita autorizar su salida del país el 9 de junio de 2026 y su retorno el 2 de agosto de 2026, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;

Que, a través del citado documento, la institución armada remite el Informe Legal N° 085-2026, que sustenta la viabilidad del viaje; la Hoja de Gastos N° 115-2026, la Hoja de Disponibilidad Presupuestal N° 130-2026, así como las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000004 y N° 0000000094, que garantizan el financiamiento correspondiente;

Que, mediante la Exposición de Motivos, la institución armada señala que la presente actividad resulta conveniente para el interés institucional por cuanto el personal militar designado como Oficial de Destacamento en Tierra (Shore Detachament Officer - SDO), adquirirá conocimientos referentes al planeamiento, conducción y ejecución de tareas operacionales en el entorno multinacional, específicamente en el ámbito de operaciones submarinas; asimismo, permitirá afianzar los lazos de amistad y cooperación entre la Marina de los Estados Unidos de América y la Marina de Guerra del Perú, asimismo las experiencias a adquirirse redundaran en beneficios profesional para el personal naval;

Que, el segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, en Misión de Estudios, Comisión del Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;

Que, conforme al artículo 26 de la Ley N° 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por Decreto Legislativo N° 1143, el Oficial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia;

Que, mediante el Oficio N° 01258-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 298-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes;

Que, mediante el Informe Legal N° 01039-2026-MINDEF/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias.

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias; y el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, y modificatoria.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Fragata DIEGO CARLOS ROJAS ASPIAZU, identificado con CIP N° 01003276 y DNI N° 43307121, como personal militar titular, así como, al Capitán de Corbeta PIERO REYNALDO RAÚL PARETTO MONTEZUMA, identificado con CIP N° 00029798 y DNI N° 70671103, como personal militar suplente, para participar como Oficial de Destacamento en Tierra (Shore Detachment Officer - SDO), durante el Ejercicio Multinacional “RIMPAC-2026”, a realizarse en la ciudad de Honolulu, Isla de Oahu, estado de Hawái, Estados Unidos de América, del 10 de junio al 1 de agosto de 2026, así como, autorizar su salida del país el 9 de junio de 2026 y su retorno el 2 de agosto de 2026.

Artículo 2.- La participación del personal militar suplente quedará supeditada a la imposibilidad de la participación del personal militar titular.

Artículo 3.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasaje aéreo: Lima - Ciudad de Honolulu,

Estados Unidos de América - Lima

Clase económica

US$ 3,151.63 x 1 persona US$ 3,151.63

Compensación extraordinaria por servicios en el extranjero:

US$ 6,416.28 / 30 x 21 días (jun.) x 1 persona US$ 4,491.40

US$ 6,416.28 x 1 mes (jul.) x 1 persona US$ 6,416.28

US$ 6,416.28 / 31 x 1 día (ago.) x 1 persona US$ 206.98

TOTAL A PAGAR: US$ 14,266.29

Artículo 4.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente.

Artículo 5.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 6.- El oficial superior autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 7.- El personal militar autorizado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva institución armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.

Artículo 8.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

AMADEO JAVIER FLORES CARCAGNO

Ministro de Defensa

2522918-1