Logo El Peruano
Fecha de publicación: 08/06/2026
Retiran la condición cultural de monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a inmueble ubicado en el distrito de Caraz, provincia de Huaylas y departamento de Áncash

Retiran la condición cultural de monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a inmueble ubicado en el distrito de Caraz, provincia de Huaylas y departamento de Áncash

RESOLUCIóN VICEMINISTERIAL

N° 000161-2026-VMPCIC/MC

San Borja, 5 de junio del 2026

VISTOS: los Informes N° 000045-2026-DGPC-VMPCIC/MC y N° 000306-2026-DGPC-VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; la Hoja de Elevación N° 000301-2026-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Directoral Nacional N° 857/INC emitida por el Instituto Nacional de Cultura con fecha 13 de setiembre de 2001, se declara monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación al inmueble denominado “ANTIGUO CINE”, ubicado en el jirón José Gálvez N° 422, distrito de Caraz, provincia de Huaylas, departamento de Áncash;

Que, el señor Paul Cárdenas Camacho, en su condición de presidente del Consejo Directivo de la Asociación Peruana de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días solicita el retiro de la condición de monumento del citado inmueble, el cual se encuentra inscrito en la Partida Registral N° P37012305 de la Oficina Registral de Huaraz;

Que, el numeral 10.1 del artículo 10 del Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED, establece que el retiro de la condición de bien cultural, ya sea éste mueble o inmueble, es de carácter excepcional y su requerimiento de parte implica un previo proceso de evaluación respecto a las causales por las cuales el peticionario considera que el bien cultural ha perdido los valores culturales que motivaron su declaración como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, la norma agrega que el retiro de la condición cultural no exime de la responsabilidad administrativa, penal o civil que se determine en el ámbito administrativo o judicial, respecto a la desaparición de valores culturales del bien materia de petición o destrucción de este;

Que, mediante los Informes N° 000039-2025-DPHI-DGPC-VMPCIC-GDI/MC, N° 000128-2025-DPHI-DGPC-VMPCIC-GDI/MC y N° 000137-2025-DPHI-DGPC-VMPCIC-GDI/MC, la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble de la Dirección General de Patrimonio Cultural advierte que la edificación efectivamente ha perdido valores culturales, importancia y significado, referidas al valor arquitectónico como tal, los mismos que se plasmaban en la materialidad de estructuras demolidas.

Que, estando al sustento brindado y atendiendo a que el análisis y evaluación del retiro de condición ha sido desarrollado en los informes descritos, estos constituyen parte integrante de la presente resolución y se adjuntan como anexos, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2026-JUS;

Que, además, conlleva disponer las acciones que correspondan con el fin de determinar las responsabilidades que se pudieran suscitar como consecuencia de la pérdida del bien, tal como lo dispone expresamente el numeral 10.2 del artículo 10 del Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED;

Con los vistos de la Dirección General del Patrimonio Cultural, de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Áncash y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2006-ED;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Retirar la condición cultural de monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación al inmueble ubicado en jirón José Gálvez N° 422 (Antiguo Cine), distrito de Caraz, provincia de Huaylas y departamento de Áncash.

Artículo 2.- Disponer que la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural de la Nación evalúe las acciones que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 10.2 del artículo 10 del Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED.

Artículo 3.- Notificar esta resolución y los informes que se citan en la parte considerativa al señor Paul Cárdenas Camacho, en su condición de Presidente del Consejo Directivo de la Asociación Peruana de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días, así como a la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, a la Dirección General de Patrimonio Cultural y a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Áncash.

Artículo 4.- Disponer la publicación de esta resolución en el diario oficial El Peruano y su difusión en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), en este último caso, conjuntamente con sus anexos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GISELLA MARIELL ESCOBAR ROZAS

Viceministra de Patrimonio Cultural

e Industrias Culturales

2522867-1