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Fecha de publicación: 07/06/2026
Aprueban la Directiva N° 001-2026-PCM/SGTD, Directiva que regula el servicio de correo electrónico institucional en las entidades públicas

Aprueban conformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada (CPIP) de la Municipalidad Distrital de La Molina

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

N° 039-2026/MDLM

La Molina, 2 de junio de 2026

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA

VISTO; el Informe N° 0024-2026-MDLM-GDEIP, de fecha 26 de mayo de 2026, de la Gerencia de Desarrollo Económico e Inversión Privada; el Informe N° 0090-2026-MDLM-OGPPDI, de fecha 27 de mayo de 2026, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional; el Informe N° 0124-2026-MDLM-OGPPDI-OPIMI, de fecha 27 de mayo de 2026, de la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Modernización Institucional; el Informe N° 0143-2026-MDLM-OGAJ, de fecha 28 de mayo de 2026, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, los Memorandos N° 0843-2026-MDLM-GM, de fecha 29 de mayo de 2026 y N° 0857-2026-MDLM-GM, de fecha 01 de junio de 2026, de la Gerencia Municipal, mediante los cuales se eleva la propuesta para la emisión de la resolución de alcaldía que aprueba la conformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad Distrital de La Molina y deja sin efecto la Resolución de Alcaldía N° 034-2024/MDLM, en atención al cambio normativo producido, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley de Reforma Constitucional - Ley N° 30305, establece que, las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM), y que, dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; sin embargo, no existe libertad absoluta para el ejercicio de dicha autonomía, porque tal y conforme se precisa en la Constitución Política del Perú, la misma debe ser ejercida en asuntos de competencia municipal y dentro de los límites que señale la ley;

Que, el artículo VIII del Título Preliminar de la LOM establece que los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones, que de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del sector público, así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado, que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio; y, las competencias y funciones específicas municipales se cumplen en armonía con las políticas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo;

Que, mediante Ley N° 32441, Ley que regula la promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, se aprobó el nuevo marco institucional y los procesos aplicables para el desarrollo de los proyectos de inversión bajo las modalidades de Asociación Público Privada y Proyectos en Activos; siendo que, en el numeral 8.1 de su artículo 8°, se establece que, los Gobiernos Locales que cuenten con proyectos o prevean desarrollar procesos de promoción de la inversión privada, bajo las modalidades reguladas en la referida ley, deben crear el Comité de Promoción de la Inversión Privada (CPIP) cuando los proyectos a su cargo no tengan a PROINVERSIÓN como Organismo Promotor de la Inversión Privada; asimismo, señala en su numeral 8.2, que el CPIP asume el rol de Organismo Promotor de la Inversión Privada en los procesos de promoción bajo su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal ejercer las funciones equivalentes al Consejo Directivo de PROINVERSIÓN; finalmente, en su numeral 8.3, dispone que, la designación de los miembros del referido comité se efectúa mediante resolución de alcaldía, debiendo publicarse la misma en el Diario Oficial “El Peruano” y comunicarse al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas;

Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 23.1 del artículo 23° del Reglamento de la Ley N° 32441, aprobado mediante Decreto Supremo N° 316-2025-EF, el Comité de Promoción de la Inversión Privada (CPIP) es un órgano colegiado que asume el rol de Organismo Promotor de la Inversión Privada, precisando que, para el caso de los gobiernos locales, se conforma por el órgano designado para tales efectos por dichas entidades;

Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 034-2024/MDLM, de fecha 29 de octubre de 2024, se conformó el Comité de Promoción de la Inversión Privada (CPIP) de la Municipalidad Distrital de La Molina, bajo el marco normativo del Decreto Legislativo N° 1362 y su Reglamento, normas que han sido derogadas por la Ley N° 32441 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 316-2025-EF; asimismo, aunado a lo anterior, se aprobó la versión actualizada del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de La Molina, mediante Ordenanza N° 491/MDLM, habiéndose modificado la estructura orgánica y las denominaciones y competencias funcionales de las unidades de organización que la integran, lo cual comporta la necesidad de adecuar formalmente la conformación y nomenclatura del CPIP al nuevo régimen jurídico vigente;

Que, mediante Informe Técnico Legal N° 08-2026-MDLM-GDEIP-JMPL, de fecha 25 de mayo de 2026, el Analista Legal de la Gerencia de Desarrollo Económico e Inversión Privada, sustentó técnica y jurídicamente la necesidad de actualizar la conformación y adecuar la nomenclatura del Comité de Promoción de la Inversión Privada (CPIP) de la Municipalidad Distrital de La Molina, conforme al nuevo marco normativo establecido por la Ley N° 32441 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 316-2025-EF, realizando la siguiente propuesta:

Condición en el Comité de Promoción de Inversión Privada

Cargo Según R.A.

N° 034-2024/MDLM

Cargo según ROF у

Organigrama Vigente

Se sugiere como

integrantes del CPIP

Presidente (Titular)

Gerente Municipal

Se mantiene

Se mantiene

Miembro Titular 2

Gerente de

Desarrollo Sostenible

y Servicios a la

Ciudad

Por actualización del

ROF

Gerente de

Desarrollo

Económico е

Inversión Privada

Miembro Titular 3

Gerente de

Desarrollo Urbano

Se mantiene

Se mantiene

Miembro Suplente 1

Gerente de

Desarrollo

Económico е

Inversión Privada

Por actualización del

ROF

Gerente de Desarrollo

Sostenible y Servicios a la Ciudad

Miembro Suplente 2

Gerente de

Seguridad Ciudadana

y Vial

Se mantiene

Se mantiene

Miembro Suplente 3

Gerente de

Desarrollo Humano y

Educación

Eliminado

Oficina General de

Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo

Institucional

Que, mediante Informe N° 0024-2026-MDLM-GDEIP, la Gerencia de Desarrollo Económico e Inversión Privada, elevó a la Gerencia Municipal el Informe Técnico Legal N° 08-2026-MDLM-GDEIP-JMPL haciéndolo suyo en todos sus extremos, al advertir que la actual conformación del CPIP se sustenta en un marco legal derogado y en una estructura orgánica modificada por el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de esta entidad;

Que, mediante Informe N° 0124-2026-MDLM-OGPPDI-OPIMI, la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Modernización Institucional, emitió opinión técnica favorable respecto a la propuesta presentada, que aprueba la nueva conformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada (CPIP) de la Municipalidad Distrital de La Molina, concluyendo que resulta técnicamente viable adecuar su composición al nuevo marco normativo y a la estructura orgánica prevista en el ROF vigente;

Que, mediante Informe N° 0090-2026-MDLM-OGPPDI, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, hizo suyo el Informe N° 0124-2026-MDLM-OGPPDI-OPIMI, emitiendo opinión técnica favorable respecto a la propuesta de conformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada (CPIP) de la Municipalidad Distrital de La Molina;

Que, mediante Informe N° 0143-2026-MDLM-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite su pronunciamiento, concluyendo que:

• De acuerdo con la normativa citada y las consideraciones del presente informe, resulta legalmente viable emitir la resolución de alcaldía que aprueba la conformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad Distrital de La Molina, de conformidad con lo previsto en el artículo 8° de la Ley N° 32441 y el artículo 23° de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 316-2025-EF, de tal forma que dicho órgano esté integrado conforme al siguiente detalle:

ITEM

CARGO CPIP

CARGO CONFORME A LA NUEVA NORMATIVA

1

Presidente (Titular)

Gerente Municipal

2

Titular 2

Gerente de Desarrollo Económico e Inversión Privada

3

Titular 3

Gerente de Desarrollo Urbano

4

Suplente 1

Gerente de Desarrollo Sostenible y Servicios a la Ciudad

5

Suplente 2

Gerente de Seguridad Ciudadana y Vial

Que, mediante Memorando N° 0843-2026-MDLM-GM, la Gerencia Municipal, remite los actuados a la Oficina General de Secretaría de Concejo, para su conocimiento y gestión ante la alcaldía del acto administrativo correspondiente;

Que, mediante Informe N° 0403-2026-MDLM-OGSC, la Oficina General de Secretaría de Concejo devuelve los actuados a la Gerencia Municipal, a fin que se subsane observaciones realizadas al informe de la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Modernización Institucional;

Que, mediante Memorando N° 0857-2026-MDLM-GM, la Gerencia Municipal, remite los actuados a la Oficina General de Secretaría de Concejo, señalando que no obstante la opinión técnica de la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Modernización Institucional, se debe tener en cuenta la opinión legal de la Oficina General de Asesoría Jurídica la cual señala que la aprobación de la CPIP debe hacerse mediante resolución de alcaldía;

Que, teniendo en cuenta el nuevo marco normativo vigente, y la necesidad de actualizar la conformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada (CPIP) de la Municipalidad Distrital de La Molina con el nuevo marco normativo de promoción de la inversión privada y con la estructura orgánica vigente aprobada en la versión actualizada del Reglamento de Organización y Funciones de la entidad, y, estando a los considerados señalados precedentemente, contando con la opinión técnica y legal de las unidades de organización competentes, se encuentra viable aprobar la conformación del citado comité, por lo que, resultaría atendible la emisión de la resolución de alcaldía solicitada;

Estando a lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 8° de la Ley N° 32441 y el artículo 23° de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 316-2025-EF, en uso de las facultades conferidas en el numeral 6 del artículo 20° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- APROBAR la conformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada (CPIP) de la Municipalidad Distrital de La Molina, en cumplimiento de la Ley N° 32441 - Ley que regula la promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 316-2025-EF, quedando el mismo integrado de la siguiente manera:

ITEM

CARGO CPIP

CARGO CONFORME A LA NUEVA NORMATIVA

1

Presidente (Titular)

Gerente Municipal

2

Titular 2

Gerente de Desarrollo Económico e Inversión Privada

3

Titular 3

Gerente de Desarrollo Urbano

4

Suplente 1

Gerente de Desarrollo Sostenible y Servicios a la Ciudad

5

Suplente 2

Gerente de Seguridad Ciudadana y Vial

Artículo 2.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía N° 034-2024/MDLM, así como toda disposición administrativa que se oponga a la presente resolución de alcaldía.

Artículo 3.- DISPONER que el Comité de Promoción de la Inversión Privada (CPIP) ejerza sus funciones conforme a las competencias y atribuciones previstas en la Ley N° 32441 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 316-2025-EF, así como en la normativa complementaria emitida por el Ministerio de Economía y Finanzas y PROINVERSIÓN.

Artículo 4.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Económico e Inversión Privada la actualización y adecuación de los instrumentos de gestión interna, directivas y demás documentos vinculados a los procesos de promoción de la inversión privada, Asociaciones Público Privadas (APP) y Proyectos en Activos, conforme al marco normativo vigente.

Artículo 5.- ENCARGAR a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional la comunicación de la presente resolución al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas.

Artículo 6.- NOTIFICAR a los miembros integrantes del referido Comité la presente Resolución de Alcaldía.

Artículo 7.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente resolución de alcaldía a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Desarrollo Económico e Inversión Privada y demás unidades de organización competentes.

Artículo 8.- ENCARGAR a la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Molina (www.munimolina.gob.pe) y en el Portal de Transparencia Estándar (www.transparencia.gob.pe); y, a la Oficina de General de Secretaría de Concejo, la publicación de la presente resolución de alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

ESTEBAN UCEDA GUERRA GARCIA

Alcalde

2522863-1