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Fecha de publicación: 08/07/2026
Designan representantes titular y alterno del Ministerio de Economía y Finanzas ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor

Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional Junín

ORDENANZA REGIONAL

Nº 430-2026-GRJ/CR

VISTO:

Dictamen Nº 010-2026-GRJ-CPPPATyDI, de fecha 29.04.2026.

POR CUANTO:

De conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; en la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053 y demás normas complementarias; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional; y el inciso a) del artículo 15º de la misma norma establece: son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;

Que, el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en su numeral 40.1 del artículo 40º, señala que “Los procedimientos administrativos y requisitos deben establecerse en una disposición sustantiva aprobada mediante decreto supremo o norma de mayor jerarquía, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, por Resolución del titular de los organismos constitucionalmente autónomos”; Asimismo, el numeral 40.3 prescribe que, “Los procedimientos administrativos deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobados para cada entidad, en el cual no se pueden crear procedimientos ni establecer nuevos requisitos, salvo lo relativo a la determinación de los derechos de tramitación que sean aplicables de acuerdo a la normatividad legal presente”. El numeral 5.2 del artículo 5º de la norma acotada, indica que las entidades deben aprobar o modificar su TUPA cuando se requiera incorporar procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad al TUPA vigente debido a la aprobación de una ley, decreto legislativo u otra norma de alcance general que disponga el establecimiento o creación de procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad;

Que, mediante Ordenanza Regional Nº 428-2026-GRJ/CR, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA del Gobierno Regional Junín, elaborado mediante el Sistema Único de Tramites (SUT), con la finalidad de incorporar, modificar y eliminar los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones y Archivo Regional;

Que, mediante Informe Técnico Nº 16-2026-GRJ/GGR/ORDITI, de fecha 14 de abril del 2026, el Director Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información del Gobierno Regional, emite opinión técnica sobre la propuesta del TUPA del Gobierno Regional Junín, en el cual, concluye que se ha registrado en el SUT (17) procedimientos administrativos en condición de modificado y (2) procedimientos como nuevo, haciendo un total de (19) procedimientos y servicios prestados en exclusividad y se ha eliminado (12) procedimientos administrativos, correspondiente a la Dirección Regional de Agricultura, así mismo señala que se ha incorporado en el SUT (02 ) procedimientos administrativos en condición de nuevos, correspondiente a la Dirección Regional de Energía y Minas, por lo que considera procedente la aprobación del proyecto TUPA;

Que, mediante Reporte Nº 379-2026-GRJ/ORAJ, de fecha 21 de abril de 2065, la Directora Regional de Asesoría Jurídica remite el Opinión Legal Nº 20-2026-GRJ/ORAJ-REHO sobre aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA del Gobierno Regional Junín, en el cual valida y hace propio en todo sus extremo la Opinión Legal opinando que resulta procedente aprobar la propuesta del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional Junín, al haber registrado en el SUT diecinueve (19) registros entre procedimientos (estandarizados y no estandarizados) y servicios prestados en exclusividad, los mismos que corresponden a la Dirección Regional de Agricultura , así como la incorporación de dos (02) procedimientos administrativos en condición de NUEVO, para dar cumplimiento al Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional Junín , para la Masificación del Gas Natural, en la región Junín, conforme al marco normativo vigente;

Que, mediante Informe Técnico Nº 02-2026-GRJ/ORAF de fecha 15 de abril del 2026, la Directora Regional de Administración y Finanzas, remite el sustento de la determinación de costos que sustentan los derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, en la que concluye que los costos que sustentan los derechos de tramitación fueron calculados mediante el aplicativo del módulo de costos del Sistema Único de Tramites (SUT) de la Secretaria de Gestión Pública de la PCM, en consecuencia esta Oficina emite la opinión favorable respecto a los costos de tramitación de los procedimientos administrativos contenidos en el proyecto del TUPA del Gobierno Regional Junín;

Que, mediante Reporte Nº 170-2026-GRJ-GGR, de fecha 21 de abril del 2026 la Gerencia General Regional remite al Gobernador Regional el expediente del Texto Único de Procedimientos Administrativos, para ser elevado al Consejo Regional con la finalidad de ser revisado y aprobado;

Que, mediante Informe Nº 25-2026-GRJ/GR, de fecha 21 de abril del 2026, el Gobernador Regional, remite al presidente del Consejo Regional el expediente completo del proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA, a fin de que instruya el trámite que corresponde de acuerdo con las competencias previstas en el Reglamento Interno del Consejo Regional y normativa pertinente;

Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamenta materias de su competencia;

Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, artículos 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatorias; el Reglamento Interno de Consejo Regional y el Dictamen Nº 010-2026-GRJ-CR/CPPPATyDI, el cual después de un análisis y debate correspondiente en el Pleno del Consejo Regional, fue sometido a votación, contando con el voto UNÁNIME, y se aprobó la siguiente;

“ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN, POR INCORPORACIÓN, MODIFICACIÓN Y ELIMINACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD”

Artículo Primero.- APROBAR, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional Junín, por incorporación de cuatro (02) procedimientos administrativos/servicios prestados en exclusividad y modificación de diez y siete (17) procedimientos administrativos correspondiente a la Dirección Regional de Agricultura y la incorporación de dos (02) procedimientos administrativos de la Dirección Regional de Energía y Minas.

Artículo Segundo.- ELIMINAR, doce (12) procedimientos administrativos/servicios prestados en exclusividad correspondiente a la Dirección Regional de Agricultura.

Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Secretaria Ejecutiva de Consejo Regional, la publicación del texto de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, con el apoyo e información que proporcione la Dirección Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información; así también publicar en el portal Web https://www.gob.pe/regionjunin del Gobierno Regional de Junín.

Dado en la Sala de Sesiones del Gobierno Regional de Junín a los 05 días del mes de mayo del año 2026.

Luis Fernando Morales Nieva

Presidente del Consejo Regional de Junín

Por lo tanto:

Mando, promúlguese, comuníquese y cúmplase.

Dado en el Despacho de Gobernación del Gobierno Regional Junín, a los 12 días del mes de mayo del 2026.

ZÓSIMO CÁRDENAS MUJE

Gobernador Regional

Gobierno Regional Junín

NOTA: El Gobierno Regional de Junín precisa que la Ordenanza Regional y sus Anexos, se podrá visualizar en el portal institucional (https://www.regionjunin.gob.pe/index.php) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

* El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

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