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Fecha de publicación: 04/06/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia declarado en los distritos de Palca, Tacna y La Yarada - Los Palos de la provincia de Tacna del departamento de Tacna y en el distrito de Tarata de la provincia de Tarata del departamento de Tacna

Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano sudafricano y peruano, para ser extraditado de los Emiratos Árabes Unidos y ser procesado en el Perú por la presunta comisión de delito

resolución suprema

N° 117-2026-JUS

Lima, 3 de junio de 2026

VISTO; el Informe N° 072-2026/COE-TPC, del 22 de mayo de 2026, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad sudafricana y peruana SELBY ALLY MSANGI formulada por el Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para ser extraditado de los Emiratos Árabes Unidos y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de tráfico ilícito de drogas;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados;

Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal peruano, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas;

Que, mediante Resolución Consultiva del 29 de abril de 2026, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad sudafricana y peruana SELBY ALLY MSANGI formulada por el Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para ser procesado por la presunta comisión del delito de tráfico ilícito de drogas;

Que, el literal a) del numeral 46.1 del artículo 46 del Reglamento de la actuación de las autoridades que participan en los procedimientos de extradición y traslado de personas condenadas, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2025-JUS, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone para la decisión del Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa o pasiva;

Que, de acuerdo con el numeral 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal peruano, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial;

Que, mediante Informe N° 072-2026/COE-TPC, del 22 de mayo de 2026, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de extradición activa de la persona reclamada, para ser procesada por la presunta comisión del delito de tráfico ilícito de drogas;

Que, entre la República del Perú y los Emiratos Árabes Unidos no existe tratado bilateral de extradición; no obstante, resulta de aplicación la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas firmada por el Perú el 20 de diciembre de 1988 y ratificada el 16 de enero de 1992, la cual cuenta con la adhesión de los Emiratos Árabes Unidos desde el 12 de abril de 1990; así como el Código Procesal Penal peruano y el Decreto Supremo N° 015-2025-JUS respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga la Convención;

En uso de la facultad conferida en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y,

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano sudafricano y peruano SELBY ALLY MSANGI para ser extraditado de los Emiratos Árabes Unidos y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de tráfico ilícito de drogas.

Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA

Presidente de la República

LUIS ENRIQUE JIMÉNEZ BORRA

Ministro de Justicia y Derechos Humanos

CARLOS JOSÉ PAREJA RÍOS

Ministro de Relaciones Exteriores

2522158-8