Autorizan viaje de Presidenta del CONADIS para participar en evento a realizarse en los Estados Unidos de América
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 000298-2026-MIMP
Lima, 3 de junio del 2026
VISTOS, el Informe N° D000049-2026-CONADIS-SDPP-DABB de la Subdirección de Políticas Públicas de la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, el Informe N° D000484-2026-CONADIS-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad y el Oficio N° D000525-2026-CONADIS-PRE de la Presidencia del citado Consejo Nacional; el Memorándum N° D000973-2026-MIMP-DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables; el Informe N° D000015-2026-MIMP-OCAI de la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales; el Informe N° D000504-2026-MIMP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante documento OF.RE (DAS) N° 2-16-B/128 de fecha 28 de abril de 2026, la Dirección para Asuntos Sociales de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores hace de conocimiento del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), la comunicación que cursa la Secretaría de las Naciones Unidas informando sobre la 19° sesión de la Conferencia de Estados Parte de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (COSP19, por sus siglas en inglés), a llevarse a cabo del 9 al 11 de junio de 2026, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América;
Que, en el mencionado documento se indica que nuestra Representación Permanente en Naciones Unidas ocupa la vicepresidencia del Grupo de Estados de América Latina y el Caribe (GRULAC) para la Mesa Directiva de la Conferencia de los Estados Parte en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPCD) (2025-2026); asimismo, señala que se ha compartido recientemente el programa tentativo, el cual contempla un Debate General sobre la implementación de la CDPCD el primer día de la Conferencia, mientras los días subsiguientes incluyen tres mesas redondas y un diálogo interactivo entre los Estados y el Sistema de Naciones Unidas;
Que, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad es concebida como un instrumento de derechos humanos con una dimensión explícita de desarrollo social, a partir de la cual adopta una amplia clasificación de la discapacidad en todos los ámbitos de la sociedad y reafirma la noción de que los Estados deben promover y proteger los derechos humanos de todas las personas con discapacidad, incluidas aquellas que necesitan un apoyo más intenso;
Que, el artículo 40 de la citada Convención, aprobada por Resolución Legislativa N° 29127 y ratificada por Decreto Supremo N° 073-2007-RE, establece que los Estados Parte se reunirán periódicamente en una Conferencia para examinar cualquier asunto relacionado con la aplicación de la referida Convención;
Que, con Informe N° D000049-2026-CONADIS-SDPP-DABB, la Subdirección de Políticas Públicas de la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) señala que la COSP19 se llevará a cabo bajo el tema general: “CDPD a los 20 años: Celebrar y consolidar los logros y preparar la siguiente fase de implementación en un mundo cambiante”, comprendiendo un debate general y la realización de tres mesas redondas referidas a: (i) la creación de un mundo libre de explotación, violencia y abuso para todas las personas con discapacidad; (ii) el fortalecimiento de los sistemas de cuidado y apoyo para garantizar la autonomía e independencia”; y, (iii) el fortalecimiento del compromiso cívico accesible, liderazgo y participación política de las personas con discapacidad;
Que, el citado informe señala que los ejes temáticos de la COSP19 guardan estrecha vinculación con las prioridades institucionales del CONADIS y con los objetivos y lineamientos de la Política Nacional Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo al 2030, particularmente en lo referido al fortalecimiento de políticas de prevención de la violencia y protección de derechos; la consolidación del modelo de apoyos y salvaguardas orientado a la autonomía e independencia de las personas con discapacidad; así como la promoción de su participación política en condiciones de igualdad y el reconocimiento de su capacidad jurídica plena; en ese sentido, indica, que la participación de la Presidencia del CONADIS en dicha conferencia internacional permitirá posicionar ante la comunidad internacional los avances normativos e institucionales alcanzados por el Estado peruano en estas materias; así como, fortalecer espacios de cooperación e intercambio de experiencias, conocimientos y buenas prácticas que contribuyan al desarrollo sostenible en materia de discapacidad;
Que, mediante Informe N° D000484-2026-CONADIS-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica del CONADIS señala que los ejes temáticos de la COSP19 guardan estrecha relación con las prioridades del Estado peruano en materia de discapacidad, particularmente con los objetivos de la Política Nacional Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo al 2030 y con los compromisos asumidos en el marco de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad; asimismo, precisa que las funciones asignadas a la Presidencia del CONADIS se encuentran directamente vinculadas con las materias que serán abordadas en dicha conferencia internacional, por lo que su participación reviste de interés institucional permitiendo acceder a redes globales de cooperación para compartir recursos, conocimientos y experiencias que promuevan el desarrollo sostenible en materia de discapacidad, a través de la transferencia de conocimiento, tecnologías y metodologías de gestión inclusiva;
Que, mediante Informe N° D000015-2026-MIMP-OCAI, la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales señala que la participación en la citada conferencia de la señora OLGA MERCEDES VILLALOBOS MANRIQUE, Presidenta del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, representa una oportunidad significativa para fortalecer el posicionamiento del Perú ante la comunidad internacional en los avances normativos e institucionales que incluye el reconocimiento de la capacidad jurídica plena, el sistema de apoyos y salvaguardas, y la Política Nacional Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo al 2030; así como, precisa el itinerario del viaje del 8 al 11 de junio de 2026;
Que, la participación de la Presidenta del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad en el evento en mención guarda estrecha relación con los temas materia de competencia previstos en los literales e), i) y l) del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; siendo que con ello se marcará la presencia del referido Organismo Público y del Sector en un espacio de debate internacional donde se intercambiarán conocimientos, tecnologías y metodologías de gestión inclusiva, experiencias y se realizará el análisis y reflexión sobre los distintos aspectos contemplados en la mencionada Conferencia;
Que, de conformidad con el artículo 18 del citado Decreto Legislativo, el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad es un organismo público adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias;
Que, la referida Ley N° 27619, y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las Normas Reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establecen que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos, la autorización de viaje al exterior, se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse la misma en el Diario Oficial El Peruano;
Que, mediante Informe N° D000504-2026-MIMP-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para la emisión del acto resolutivo que autorice el viaje de la funcionaria del CONADIS, que cuenta con la conformidad de la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales;
Que, en tal sentido, dada la importancia del evento, resulta de interés nacional e institucional autorizar la participación de la funcionaria antes mencionada, siendo que los gastos de pasajes y viáticos de dicha participación serán cubiertos con cargo a los recursos presupuestales del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), para cuyo efecto se cuenta con los Certificados de Crédito Presupuestario N° 1162 y N° 1168, remitidos con Oficio N° D000525-2026-CONADIS-PRE;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, de la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, la Resolución Ministerial N° 000380-2025-MIMP, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora OLGA MERCEDES VILLALOBOS MANRIQUE, Presidenta del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 8 al 11 de junio de 2026, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, son cubiertos con los recursos presupuestales asignados al Pliego del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), de acuerdo al siguiente detalle:
|
Nombre y apellidos |
Pasajes Aéreos US$ |
Zona Geográfica |
Viáticos por día US$ |
Total de Viáticos US$ |
|
OLGA MERCEDES VILLALOBOS MANRIQUE |
2 565,41 |
América del Norte |
440 x 4 |
1 760,00 |
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a la realización del viaje, la funcionaria autorizada por la presente Resolución Ministerial presenta ante la Titular del Sector el respectivo informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas conforme a Ley.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos de aduana de cualquier clase o denominación.
Artículo 5.- Notificar la presente Resolución Ministerial, al Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, a la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, a la Oficina General de Recursos Humanos y a la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales.
Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe.mimp), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDITH BETZABETH PARIONA VALER
Ministra
2521885-1