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Fecha de publicación: 06/06/2026
Autorizan viaje de alcaldesa y regidora en representación de la Municipalidad Provincial de Paucartambo para participar en ceremonia en Colombia

Autorizan viaje de alcaldesa y regidora en representación de la Municipalidad Provincial de Paucartambo para participar en ceremonia en Colombia

ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL

N° 037-2026-CM-MPP/C

Paucartambo, 20 de mayo de 2026

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PAUCARTAMBO, DEPARTAMENTO DEL CUSCO.

VISTOS:

En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 12/05/2026, bajo la Presidencia de la señora Alcaldesa LIC. MIRIAM MAGDA HANCCO HUALLPA, con la asistencia de los señores Regidores: RICARDO GONZALO QUISPE, LUZ MARINA CCAHUANA FLORES, YESSICA TTITO COPAJA, JORGE JAMANCCAY CAMACHO ALEJANDRO CAMALA NINA, MARIBETH CECILIA LA TORRE ROJAS Y OSCAR JUAN ALVAREZ VALENCIA; expediente N° 3237-2026 y expediente N° 3239-2026, ambos de fecha 08/05/2026; Informe N° 0203-2026-SG-MPP/AGSO, de fecha 13/05/2026; Carta N° 001-2026-JMHM/UL/MPP, de fecha 15/05/2026; Informe N° 0517-2026-GLP/UL/MPP, de fecha 15/05/2026; Informe N° 0167-2026-OGAF-MPP/C, de fecha 15/05/2026; Informe N° 0211-2026-SG-MPP/AGSO, de fecha 15/05/2026; Informe N° 0291-2026-OGPPM-RBPM-MPP, de fecha 15/05/2026; Opinión Legal N° 740-2026-OAJ-FELV/MPP, de fecha 18/05/2026; Informe N° 153-2026-GM-MPP/DCA, de fecha 20/05/2026, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley N° 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, al señalar que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, por su parte el Art. 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, establece que “Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”;

Que, mediante expediente N° 3237-2026, de fecha 08/05/2026, se comunica el resultado de la convocatoria internacional de INCLUSOCIAL, señalando que esta ha sido exitosa, por lo que se es merecedora del premio internacional en la categoría “MUNICIPIO CUSTODIO DE SABERES INTER GENERACIONALES”. Asimismo, mediante invitación de fecha 08/05/2026, la Fundación para el Desarrollo de la Solidaridad y la Inclusión Social, invita a recibir el “Premio Latinoamericano al Desarrollo Económico y Social 2026”, en la ciudad de Bogotá - Colombia;

Que, en Sesión Ordinaria de fecha 12/05/2026, se tuvo la intervención de los Regidores, a afectos de participar en la ceremonia del “Premio Latinoamericano al Desarrollo Económico y Social 2026”, en la ciudad de Bogotá - Colombia, ante lo cual, los miembros del Concejo Municipal, de manera unánime, acordaron la participación de la alcaldesa y 01 regidora, en el evento antes mencionado;

Que, mediante Informe N° 0203-2026-SG-MPP/AGSO, de fecha 13/05/2026, el jefe de la Oficina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, solicita ante la Oficina General de Administración y Finanzas, la indagación de mercado respecto al costo de transporte aéreo en la ruta Cusco -Bogotá y viceversa. Expediente que es remitido ante la Unidad de Logística, para su atención respecto a lo solicitado;

Que, mediante Carta N° 001-2026-JMHM/UL/MPP, de fecha 15/05/2026, el Responsable de indagación de Mercados, informa ante la Unidad de Logística, que se realizó la indagación de mercado respecto al costo de transporte aéreo. Expediente que es remitido ante la Oficina General de Administración y Finanzas, mediante Informe N° 0517-2026-GLP/UL/MPP, de fecha 15/05/2026 y derivado ante la Oficina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, mediante informe N° 0167-2026-OGAF-MPP/C, de fecha 15/05/2026;

Que, mediante Informe N° 0211-2026-SG-MPP/AGSO, de fecha 15/05/2026, el jefe de la Oficina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, solicita disponibilidad presupuestal para la adquisición de pasajes aéreos ruta Cusco - Bogotá y viceversa;

Que, mediante Informe N° 0291-2026-OGPPM-RBPM-MPP, de fecha 15/05/2026, el Director de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, informa que se tiene la Secuencia Funcional 0038 “Normar y Fiscalizar la Conducción Municipal”, el cual cuenta con un marco presupuestal de S/.162,622.11, rubro 07 FONCOMUN, para la ejecución de actividades operativas programadas;

Que, mediante Informe Legal N° 740-2026-OAJ-FELV/MPP, de fecha 18/05/2026, el Asesor Legal, emite informe legal favorable al viaje de la alcaldesa, Lic. Miriam Magda Hancco Huallpa y de la regidora Luz Marina Ccahuana Flores, para que participen en la ceremonia del “Premio Latinoamericano al Desarrollo Económico y Social 2026”, en la ciudad de Bogotá - Colombia;

Que, mediante Informe N° 153-2026-GM-MPP/DCA, de fecha 20/05/2026, el Gerente Municipal, emite informe favorable a la participación de la alcaldesa, Lic. Miriam Magda Hancco Huallpa y regidora Luz Marina Ccahuana Flores, en el “Premio Latinoamericano al Desarrollo Económico y Social 2026”, en el país de Colombia;

Que, de acuerdo a lo estipulado en el numeral 11) del artículo 9º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del concejo municipal, como máximo órgano edil, autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario;

Que, el artículo 1º de la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señala: Los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos del Congreso de la República, el Poder Judicial, el Tribunal Constitucional, las Universidades Públicas, el Consejo Nacional de la Magistratura, el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo, el Jurado Nacional de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Banco Central de Reserva del Perú, la Superintendencia de Banca y Seguros, las Municipalidades y la Contraloría General de la República, se autorizan mediante Resolución de la más alta autoridad de la respectiva Entidad;

Que, asimismo el artículo 3º del mismo cuerpo normativo, señala que: “Las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;

Por lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 3) del Art. 20° y Art°. 41° de la Ley N° 27972 -Ley Orgánica de Municipalidades, modificado por la Ley N° 31433 - Ley que modifica la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; hechas las deliberaciones, con la votación respectiva y el Concejo Municipal en Pleno por UNANIMIDAD;

ACUERDA:

Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje al exterior del país a la alcaldesa, Lic. Miriam Magda Hancco Huallpa y a la regidora Luz Marina Ccahuana Flores, para que en representación de la Municipalidad Provincial de Paucartambo, participen en la ceremonia del “Premio Latinoamericano al Desarrollo Económico y Social 2026”, en la ciudad de Bogotá - Colombia, asimismo se autorice los viáticos y pasajes aéreos en la ruta Cusco - Bogotá y viceversa, teniendo como fecha de viaje el día 11 de junio de 2026 y retorno el día 14 de junio de 2026.

Artículo Segundo.- DISPONER, que dentro de los quince (15) días calendario, siguientes de efectuado el viaje, las comisionadas presenten su informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado, así como realicen la rendición de cuentas correspondientes.

Artículo Tercero.- DISPONER, que la autorización de viaje sea publicada en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje.

Artículo Cuarto.- DISPONER, el cumplimiento del presente acuerdo a la Gerencia Municipal, Unidad de Contabilidad, Unidad de Logística, Unidad de Tesorería y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

Artículo Quinto.- DISPONER, que el presente Acuerdo de Concejo se remita a la Unidad de Informática y Sistemas, a fin de que cumpla con su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Provincial de Paucartambo

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

MIRIAM MAGDA HANCCO HUALLPA

Alcaldesa

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