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Fecha de publicación: 02/06/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en la provincia de Pataz del departamento de La Libertad

Dan por terminadas las funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Nueva Zelanda

Resolución Suprema

N° 087-2026-RE

Lima, 1 de junio de 2026

VISTAS:

La Resolución Suprema N° 002-2022-RE, de 10 de enero de 2022; y, la Resolución Ministerial N° 0039-2022-RE, de 1 de marzo de 2022;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la resolución suprema de vista, se nombra Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Nueva Zelanda, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Emilio Bustinza Soto;

Que, mediante la resolución ministerial de vista, se fijó el 1 de marzo de 2022 como la fecha en que el Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Emilio Bustinza Soto, deberá asumir funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Nueva Zelanda;

De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Término de funciones

Se dan por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Emilio Bustinza Soto como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Nueva Zelanda.

Artículo 2.- Fecha de término de funciones

La fecha de término de sus funciones es fijada mediante resolución ministerial.

Artículo 3.- Cartas Credenciales y Plenos Poderes

Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes.

Artículo 4.- Agradecimiento

Darle las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación en el desempeño de sus funciones.

Artículo 5.- Egreso

Se aplica el egreso que irrogue la presente resolución suprema a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 6.- Refrendo

La presente resolución suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA

Presidente de la República

CARLOS JOSÉ PAREJA RÍOS

Ministro de Relaciones Exteriores

2521268-4