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Fecha de publicación: 02/06/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en la provincia de Pataz del departamento de La Libertad

Dan por terminadas las funciones de Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en la República de Trinidad y Tobago y ante la Comunidad del Caribe (CARICOM)

RESOLUCIÓN SUPREMA

Nº 086-2026-RE

Lima, 1 de junio de 2026

VISTAS:

La Resolución Suprema Nº 061-2024-RE, de 25 de marzo de 2024; la Resolución Ministerial Nº 0287-2024-RE, de 8 de abril de 2024; la Resolución Suprema Nº 0171-2024-RE, de 19 de setiembre de 2024; la Resolución Suprema Nº 225-2024-RE, de 4 de diciembre de 2024; la Resolución Suprema Nº 011-2025-RE, de 15 de enero de 2025; la Resolución Suprema Nº 0145-2025-RE, de 19 de setiembre de 2025;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Suprema Nº 061-2024-RE, se nombra Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en la República de Trinidad y Tobago, a la entonces Ministra en el Servicio Diplomático de la República Claudia Giuliana Betalleluz Otiura;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0287-2024-RE, se fijó el 15 de junio de 2024, como la fecha en que la citada funcionaria diplomática asumió funciones como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en la República de Trinidad y Tobago;

Que, mediante la Resolución Suprema Nº 0171-2024-RE, se nombra a la entonces Ministra en el Servicio Diplomático de la República Claudia Giuliana Betalleluz Otiura, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en la República de Trinidad y Tobago, para que se desempeñe simultáneamente como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú ante la Comunidad del Caribe (CARICOM), con residencia en la ciudad de Puerto España, República de Trinidad y Tobago;

Que, mediante la Resolución Suprema Nº 225-2024-RE, se nombra a la entonces Ministra en el Servicio Diplomático de la República Claudia Giuliana Betalleluz Otiura, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en la República de Trinidad y Tobago, para que se desempeñe simultáneamente como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú ante San Vicente y las Granadinas, con residencia en la ciudad de Puerto España, República de Trinidad y Tobago;

Que, mediante la Resolución Suprema Nº 011-2025-RE, se nombra a la entonces Ministra en el Servicio Diplomático de la República Claudia Giuliana Betalleluz Otiura, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en la República de Trinidad y Tobago, para que se desempeñe simultáneamente como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú ante Santa Lucía, con residencia en la ciudad de Puerto España, República de Trinidad y Tobago;

Que, mediante la Resolución Suprema Nº 0145-2025-RE, se nombra a la entonces Ministra en el Servicio Diplomático de la República Claudia Giuliana Betalleluz Otiura, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en la República de Trinidad y Tobago, para que se desempeñe simultáneamente como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú ante Barbados, con residencia en la ciudad de Puerto España, República de Trinidad y Tobago; y,

De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2021-RE; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Término de funciones

Se dan por terminadas las funciones de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Claudia Giuliana Betalleluz Otiura, como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en la República de Trinidad y Tobago.

Artículo 2.- Término de funciones

Se dan por terminadas las funciones de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Claudia Giuliana Betalleluz Otiura, como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú ante la Comunidad del Caribe (CARICOM), con residencia en la ciudad de Puerto España, República de Trinidad y Tobago.

Artículo 3.- Término de funciones

Se dan por terminadas las funciones de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Claudia Giuliana Betalleluz Otiura, como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú ante San Vicente y las Granadinas, con residencia en la ciudad de Puerto España, República de Trinidad y Tobago.

Artículo 4.- Término de funciones

Se dan por terminadas las funciones de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Claudia Giuliana Betalleluz Otiura, como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú ante Santa Lucía, con residencia en la ciudad de Puerto España, República de Trinidad y Tobago.

Artículo 5.- Término de funciones

Se dan por terminadas las funciones de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Claudia Giuliana Betalleluz Otiura, como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú ante Barbados, con residencia en la ciudad de Puerto España, República de Trinidad y Tobago.

Artículo 6.- Fecha de término de funciones

La fecha de término de sus funciones es fijada mediante resolución ministerial.

Artículo 7.- Cartas Credenciales y Plenos Poderes

Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes.

Artículo 8.- Agradecimiento

Darle las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación en el desempeño de sus funciones.

Artículo 9.- Egreso

Se aplica el egreso que irrogue la presente resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 10.- Refrendo

La presente resolución suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA

Presidente de la República

CARLOS JOSÉ PAREJA RÍOS

Ministro de Relaciones Exteriores

2521268-3