Autorizan viaje de funcionario diplomático a Chile, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 315-2026-RE
Lima, 29 de mayo de 2026
VISTOS:
El Memorándum N° DGC013062026 de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, de 28 de abril de 2026; la Hoja de Trámite (GAC) N° 1558 del Despacho Viceministerial, de 29 de abril de 2026, el Memorándum N° OPP011012026 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 20 de mayo de 2026, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum N° OAP014192026 de la Oficina de Administración de Personal, de la Oficina General de Recursos Humanos, de 21 de mayo de 2026;
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Supremo N° 003-2025-RE, se dispuso el restablecimiento de la Oficina Consular del Perú en Antofagasta, otorgándosele la categoría de Consulado General mediante Resolución Suprema N° 024-2025-RE. Asimismo, mediante la Resolución Suprema N° 104-2025-RE se designó al Consejero Raúl Daniel Loarte Ruiz como Cónsul General del Perú en la citada ciudad;
Que, la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares considera pertinente realizar coordinaciones sobre la implementación de la citada Oficina Consular y la organización del proceso electoral en esa nueva sede consular, de conformidad con sus competencias, señaladas en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial N° 0516-2025-RE;
Que, en ese sentido, resulta necesario que el Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Sergio Martín Nostas Arias, Subdirector de Programación, Desarrollo Consular y PP062 de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, viaje en comisión de servicios al Consulado General del Perú en Antofagasta, República de Chile, a fin de realizar las referidas coordinaciones y brindar apoyo en el repliegue de material en la segunda vuelta del proceso electoral en esa nueva sede consular;
Que, por razones de itinerario, el citado funcionario diplomático viajará a la ciudad de Antofagasta, República de Chile, del 5 al 9 de junio de 2026; y,
De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial N° 0516-2025-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización
Se autoriza el viaje, en comisión de servicios, del Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Sergio Martín Nostas Arias, Subdirector de Programación, Desarrollo Consular y PP062 de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, a la ciudad de Antofagasta, República de Chile, del 5 al 9 de junio de 2026, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Gastos
Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (02) 0107175 Atención de trámites consulares y difusión de derechos y deberes de los migrantes, Código POI AOI00004500248 “Dirige y evalúa la gestión de los servicios consulares para la protección y promoción de los intereses del estado y sus nacionales en el exterior”, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
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Nombres y Apellidos |
Pasajes Aéreos Clase Económica (USD) |
Viáticos por día (USD) |
Número de días |
Total viáticos (USD) |
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Sergio Martín Nostas Arias |
709.79 |
370.00 |
5 |
1 850.00 |
Artículo 3.- Informe
Dentro de los quince días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.
Artículo 4.- No liberación ni exoneración de impuestos
La presente resolución ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS PAREJA
Ministro de Relaciones Exteriores
2521070-1