Designan fiscal en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yungay
Resolución de la Fiscalía de la Nación
Nº 1544-2026-MP-FN
Lima, 29 de mayo de 2026
VISTOS:
El oficio Nº 000396-2026-SG/JNJ, de fecha 18 de mayo de 2026, que remite la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 321-2026-JNJ, de fecha 12 de mayo de 2026, el informe Nº 003-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 22 de mayo de 2026, los oficios Nºs. 001765 y 001836-2026-MP-FN-PJFSANCASH, de fechas 20 y 21 de mayo de 2026, respectivamente, y el informe Nº 0116-2026-MP-FN-OREF-ENYO, de fecha 26 de mayo de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Mediante el oficio Nº 000396-2026-SG/JNJ, cursado por la abogada Melody Del Carmen Fuentes Jara, secretaria general de la Junta Nacional de Justicia y recepcionado por la mesa única de partes de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, el 19 de mayo de 2026, se remite, entre otras, copia certificada de la resolución de vistos, emitida en el marco de la Convocatoria Nº 007-2025-SN/JNJ; por la cual se nombró a la abogada Gabriela Sabatini Díaz Pérez, como fiscal adjunto provincial penal de Yungay - Yungay del distrito fiscal de Áncash.
Con fecha 18 de mayo de 2026, la Junta Nacional de Justicia en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento a la abogada Gabriela Sabatini Díaz Pérez en el cargo descrito en el párrafo que antecede.
Por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 522-2025-MP-FN, de fecha 20 de febrero de 2025 se resolvió nombrar a la abogada Anita Marlene Choquehuanca Pacompia, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash, designándola en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yungay, con reserva de su plaza de origen.
Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, los fiscales titulares son aquellos a quienes se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fiscal en el nivel que corresponde.
El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, establece que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.
Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
El Tribunal Constitucional, en reiterada jurisprudencia, ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que “(…) la separación del cargo de una o un fiscal provisional debe responder a las causales legalmente previstas, sean estas (i) por el acaecimiento de la condición resolutoria a que se sujetó la designación o nombramiento, como el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público a partir del cual se nombre o designe al reemplazante del o la fiscal provisional con carácter permanente (…)”.
En esa línea, la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN fijó las condiciones resolutorias para la vigencia de los nombramientos de fiscales provisionales. Dicha norma establece que podrá concluirse el nombramiento y designación, entre otros supuestos, cuando se presente: “(i) El nombramiento del fiscal titular por la Junta Nacional de Justicia”
En ese sentido, en virtud al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de vistos y al haberse configurado la condición resolutoria prevista en el numeral (i) de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024, así como estando al informe Nº 003-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 22 de mayo de 2026, y a la propuesta efectuada por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash, a través de los oficios Nºs. 001765 y 001836-2026-MP-FN-PJFSANCASH, de fechas 20 y 21 de mayo de 2026, respectivamente, corresponde emitir el resolutivo, a fin de designar a la abogada Gabriela Sabatini Díaz Pérez en su condición de magistrada titular en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yungay, para lo cual previamente se deberá dar por concluido el nombramiento y designación de la fiscal señalada en el tercer párrafo de la parte considerativa de la presente resolución, quien ocupa provisionalmente la plaza donde será designada la fiscal titular.
Asimismo, se precisa que, conforme se advierte del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA), la abogada Anita Marlene Choquehuanca Pacompia se encuentra con reserva de su plaza como personal administrativo.
Por lo expuesto, de conformidad con el informe Nº 0116-2026-MP-FN-OREF-ENYO, de fecha 26 de mayo de 2026, y lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Anita Marlene Choquehuanca Pacompia, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash, y su designación en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yungay, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 522-2025-MP-FN, de fecha 20 de febrero de 2025.
Artículo Segundo.- Designar a la abogada Gabriela Sabatini Díaz Pérez, fiscal adjunta provincial titular penal de Yungay - Yungay, Distrito fiscal de Áncash, en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yungay.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento a la abogada Anita Marlene Choquehuanca Pacompia que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Cuarto.- Disponer que la Oficina General de Potencial Humano y/o Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal respectivo, de ser el caso, realice la gestión correspondiente en relación a la abogada Anita Marlene Choquehuanca Pacompia, quien se encuentra con reserva de su plaza como personal administrativo registrado en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA).
Artículo Quinto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash, Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva y a las abogadas mencionadas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS
Fiscal de la Nación
2520749-7