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Fecha de publicación: 30/05/2026
Decreto Supremo que aprueba el “Plan Multisectorial ante Sismos y peligros asociados 2026-2028”

Designan fiscal en la 3º Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Arequipa y nombran fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Arequipa

Resolución de la Fiscalía de la Nación

Nº 1552-2026-MP-FN

Lima, 29 de mayo de 2026

VISTOS:

El oficio Nº 000396-2026-SG/JNJ, de fecha 18 de mayo de 2026, que remite la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 321-2026-JNJ, de fecha 12 de mayo de 2026, el informe Nº 003-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 22 de mayo de 2026, los oficios Nºs. 002006 y 002092-2026-MP-FN-PJFSAREQUIPA, de fechas 19 y 22 de mayo de 2026, respectivamente, el proveído Nº 002372-2026-MP-FN-PJFSAREQUIPA, de fecha 22 de mayo de 2026, y el informe Nº 0066-2026-MP-FN-OREF-EJVP, de fecha 27 de mayo de 2026, y;

CONSIDERANDO:

Mediante el oficio Nº 000396-2026-SG/JNJ, cursado por la abogada Melody Del Carmen Fuentes Jara, secretaria general de la Junta Nacional de Justicia, y recepcionado por la mesa única de partes de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, el 19 de mayo de 2026, se remite, entre otras, copia certificada de la resolución de vistos, emitida en el marco de la Convocatoria Nº 007-2025-SN/JNJ, por la cual se nombró a la abogada Carola Mercedes Zegarra Rodriguez, como fiscal adjunto provincial penal de Arequipa del distrito fiscal de Arequipa.

Con fecha 18 de mayo de 2026, la Junta Nacional de Justicia, en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento a la abogada Carola Mercedes Zegarra Rodriguez, en el cargo descrito en el párrafo que antecede.

Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 686-2026-MP-FN, de fecha 10 de marzo de 2026, se resolvió nombrar al abogado Rossinaldo Abelardo Huarca Merma, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Arequipa, designándolo en la 3º Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Arequipa.

Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, los fiscales titulares son aquellos a quienes se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fiscal en el nivel que corresponde.

El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, establece que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.

Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.

El Tribunal Constitucional, en reiterada jurisprudencia, ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que “(…) la separación del cargo de una o un fiscal provisional debe responder a las causales legalmente previstas, sean estas (i) por el acaecimiento de la condición resolutoria a que se sujetó la designación o nombramiento, como el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público a partir del cual se nombre o designe al reemplazante del o la fiscal provisional con carácter permanente (…)”.

El Ministerio Público -en atención a sus funciones generales y específicas en el Plan Estratégico Institucional 2023-2030- ha definido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos en beneficio de la sociedad”, objetivo que se orienta a mejorar la celeridad del servicio fiscal que ofrece el Ministerio Público, con especial énfasis en su función constitucional como titular de la acción penal. Por tanto, resulta relevante la intervención del fiscal como ente encargado de conducir jurídicamente la investigación del delito y como partícipe directo de la celeridad procesal.

Con oficios Nºs. 002006 y 002092-2026-MP-FN-PJFAREQUIPA, de fechas 19 y 22 de mayo de 2026, y proveído Nº 002372-2026-MP-FN-PJFSAREQUIPA, de fecha 22 de mayo de 2026, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito de Arequipa, informa que la plaza a ocupar por la fiscal titular señalada en el primer párrafo de la parte considerativa de la presente resolución cuenta con registro en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) Nº 001147 y con disponibilidad presupuestal, toda vez que en dicha plaza actualmente se encuentra designado personal fiscal provisional.

En ese sentido, en virtud al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de vistos, y al informe Nº 003-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 22 de mayo de 2026, corresponde emitir el resolutivo a fin de designar a la abogada Carola Mercedes Zegarra Rodriguez, en su condición de magistrada titular, en la 3º Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Arequipa, así como dar por concluidos el nombramiento y designación del fiscal señalado en el tercer párrafo de la parte considerativa de la presente resolución, según la propuesta contenida en los oficios Nºs. 002006 y 002092-2026-MP-FN-PJFAREQUIPA, de fechas 19 y 22 de mayo de 2026, y proveído Nº 002372-2026-MP-FN-PJFSAREQUIPA, de fecha 22 de mayo de 2026, suscritos por el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa. Asimismo, teniendo en consideración la propuesta efectuada en los referidos oficios, y con la finalidad de alcanzar los objetivos establecidos en el Plan Estratégico Institucional (PEI), así como las metas institucionales, se deberá nombrar y designar al abogado Rossinaldo Abelardo Huarca Merma, provisionalmente en el cargo de fiscal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de El Pedregal.

Es de precisar que la plaza de fiscal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de El Pedregal, con sede en Pedregal -con carácter transitorio- corresponde a las creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 080-2019-MP-FN-JFS, de fecha 19 de julio de 2019, cuya vigencia se encuentra prorrogada del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 72-2025-MP-FN-JFS, de fecha 30 de diciembre de 2025.

Por lo expuesto, de conformidad al informe Nº 0066-2026-MP-FN-OREF-EJVP, de fecha 27 de mayo de 2026 y lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Rossinaldo Abelardo Huarca Merma, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Arequipa, y su designación en la 3º Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Arequipa, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 686-2026-MP-FN, de fecha 10 de marzo de 2026.

Artículo Segundo.- Designar a la abogada Carola Mercedes Zegarra Rodriguez, fiscal adjunta provincial titular penal de Arequipa, Distrito Fiscal de Arequipa, en la 3º Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Arequipa (AIRHSP Nº 001147).

Artículo Tercero.- Nombrar al abogado Rossinaldo Abelardo Huarca Merma, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Arequipa, designándolo en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de El Pedregal, con sede en Pedregal (AIRHSP Nº 001130).

Artículo Cuarto.- Precisar que la plaza señalada en el artículo tercero, tiene la condición de transitoria en mérito a lo dispuesto con la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 080-2019-MP-FN-JFS, de fecha 19 de julio de 2019, cuya vigencia se encuentra prorrogada del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 72-2025-MP-FN-JFS, de fecha 30 de diciembre de 2025.

Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento al abogado Rossinaldo Abelardo Huarca Merma que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Sexto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa, Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Imagen Institucional y a los fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS

Fiscal de la Nación

2520749-15