Logo El Peruano
Fecha de publicación: 29/05/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, Lima y Pasco, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales

Modifican la Resolución Secretarial N° 000001-2026-SIS/SG, que delega facultades al/a la Director/a General de la Oficina General de Administración de Recursos

RESOLUCIóN SECRETARIAL

N° 000068-2026-SIS/SG

La Victoria, 28 de mayo del 2026

VISTOS:

La Resolución Secretarial N° 000001-2026-SIS/SG, modificada por la Resolución Secretarial N° 000014-2026-SIS/SG, la Nota Informativa N° 000004-2026-SG-RCM, el Proveído N° 002822-2026-SIS/SG emitidos por la Secretaría General; el Memorando N° 000906-2026-SIS/OGAR, de la Oficina General de Administración de Recursos, el Informe N° 000135-2026-SIS/OGAR-UFA, emitido por la Unidad Funcional de Abastecimiento; los Informes Legales N° 000222-2026-SIS/OGAJ y 000232-2026-SIS/OGAJ, emitidos por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2011-SA y modificatorias, establece que la Secretaría General es el órgano de la Alta Dirección responsable de dirigir y controlar los órganos de apoyo y asesoramiento del SIS, constituyéndose además como la máxima autoridad administrativa de la entidad;

Que, el numeral 25.2 del artículo 25 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, establece que el Titular de la Entidad y la Autoridad de la Gestión Administrativa pueden delegar, mediante resolución, las facultades que la citada Ley les otorga, salvo las excepciones previstas en su Reglamento;

Que, mediante la Resolución Secretarial N° 000001-2026-SIS/SG, modificada por Resolución Secretarial N° 000014-2026-SIS/SG, se delegaron diversas facultades en materia de contrataciones públicas a favor de la Oficina General de Administración de Recursos;

Que, posteriormente, mediante el Decreto Supremo N° 001-2026-EF se modificó el numeral 229.1 del Reglamento de la Ley N° 32069, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2025-EF;

Que, mediante la Resolución Directoral N° 007-2025-EF/54.01 que aprueba la Directiva N° 0001-2025-EF/54.01 “Directiva de compatibilización del requerimiento”, en su numeral 6.3. establece que la compatibilización de los bienes o servicios a ser contratados es aprobada por la autoridad de la gestión administrativa de la entidad contratante, sobre la base del informe técnico emitido por el área usuaria o área técnica estratégica, de ser el caso;

Que, en atención al sustento técnico emitido por la Unidad Funcional de Abastecimiento y la Oficina General de Administración de Recursos, así como a las opiniones legales emitidas por la Oficina General de Asesoría Jurídica, resulta necesario modificar la Resolución Secretarial N° 000001-2026-SIS/SG, a fin de adecuar la delegación de facultades en materia de contrataciones públicas al marco normativo vigente y garantizar una adecuada distribución interna de competencias;

Contando con los vistos del Director General de la Oficina General de Administración de Recursos y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas; el Reglamento de la Ley N° 32069, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2025-EF y modificado por Decreto Supremo N° 001-2026-EF; el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2011-SA y modificatorias; y demás normas aplicables;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Secretarial N° 000001-2026-SIS/SG, de la delegación de facultades conferida al/a la Director/a General de la Oficina General de Administración de Recursos, en la siguiente manera:

Excluir las facultades previstas en los literales z) y aa):

“(…)

z) Suscribir, modificar y resolver los contratos menores regulados por la Ley N° 32069; lo cual incluye la cesión de posición contractual y la cesión de derechos.”

aa) Expedir a los contratistas de bienes y servicios las constancias de prestación que soliciten, en tanto se implementan las funcionalidades de la Plataforma Digital para las Contrataciones Públicas - PLADICOP para generar las constancias de prestación.”

Incorporar la facultad:

“(…)

dd) Aprobar la compatibilización de bienes y servicios a ser contratados.

(…)”

Artículo 2.- Ratificar en todos sus extremos la Resolución Secretarial N° 000001-2026-SIS/SG y su modificatoria, en lo que no se oponga a la presente Resolución Secretarial.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud (www.gob.pe/sis), y su publicación en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSE CARLOS GASTELU HERRERA

Secretario General

Secretaría General

2520327-1