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Fecha de publicación: 29/05/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, Lima y Pasco, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales

Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Jaén

Resolución Viceministerial

Nº 098-2026-MINEDU

Lima, 28 de mayo de 2026

VISTO, el Expediente Nº DICOPRO2026-INT-0522297; el Oficio Nº 01427-2026-MINEDU/VMGP-DIGESU, de la Dirección General de Educación Superior Universitaria; el Informe Nº 00287-2026-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria; el Informe Nº 00805-2026-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 29304, se crea la Universidad Nacional de Jaén (UNJ) como persona jurídica de derecho público interno con domicilio en el distrito de Jaén, provincia de Jaén, departamento de Cajamarca;

Que, el artículo 29 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU) constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan;

Que, de acuerdo a los literales l) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del MINEDU, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, son funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por ley, y aprobar los actos resolutivos y documentos normativos en el ámbito de su competencia, respectivamente;

Que, el literal g) del artículo 148 del ROF del MINEDU dispone que la Dirección General de Educación Superior Universitaria (DIGESU), propone los documentos normativos para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como su conformación; asimismo, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 153 del ROF del MINEDU, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (DICOPRO) tiene, entre otras funciones, la de proponer los miembros para la conformación de Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa aplicable;

Que, el numeral 6.1.1 del Acápite VI de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU y modificatorias (en adelante, Documento Normativo) dispone que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a dedicación exclusiva, son de libre designación y remoción por parte del MINEDU, y ejercen los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda;

Que, los literales a) y b) del numeral 6.1.9 del Acápite VI de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo, señalan que, en el caso del Presidente de la comisión organizadora, al concluir su designación, deberá presentar el informe de transferencia de gestión al nuevo presidente designado, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes de finalizada su designación; y, en el caso de los Vicepresidentes o servidores con un nivel distinto al de titular de pliego, al culminar su gestión o en caso de renuncia al cargo, deberán efectuar la entrega de cargo a su jerárquico inmediato superior, conforme a los lineamientos y formatos para la entrega de cargo que debe implementar la propia universidad; precisando además que, para el caso de la entrega de cargo de los Vicepresidentes, el Presidente de la Comisión Organizadora, o el que haga sus veces, es el responsable de remitir una copia del informe de entrega de cargo a la DICOPRO del MINEDU, como máximo a los treinta (30) días calendario contados a partir de la culminación de las funciones del miembro saliente;

Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 023-2026-MINEDU, se reconforma la Comisión Organizadora de la UNJ, quedando integrada por el señor JORGE LAZARO FRANCO MEDINA, como Presidente; el señor JORGE ALEJANDRO TEJADA CARRERA, como Vicepresidente Académico; y, el señor HONORATO CCALLI PACCO, como Vicepresidente de Investigación;

Que, con el Oficio Nº 01427-2026-MINEDU/VMGP-DIGESU, la DIGESU remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, el Informe Nº 00287-2026-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, por medio del cual, la DICOPRO sustenta y propone se emita la resolución viceministerial que disponga: i) Dar por concluidas las designaciones del Presidente, el Vicepresidente Académico y el Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la UNJ; y, ii) Reconformar la referida Comisión Organizadora designando al señor ABEL MELCHOR GARCIA BAZAN, en el cargo de Presidente; al señor BRAULIO MORAN AVILA, en el cargo de Vicepresidente Académico; y, al señor RICARDO ABEL DEL CASTILLO TORRES, en el cargo de Vicepresidente de Investigación;

Que, a través del Informe Nº 00805-2026-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente procedente la emisión de la Resolución Viceministerial conforme a lo sustentado por la DICOPRO, en el marco de lo dispuesto por el artículo 29 de la Ley Nº 30220;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; Ley Nº 29304, que crea la Universidad Nacional de Jaén; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU, que aprueba el Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por concluidas las designaciones del señor JORGE LAZARO FRANCO MEDINA, en el cargo de Presidente; del señor JORGE ALEJANDRO TEJADA CARRERA, en el cargo de Vicepresidente Académico; y, del señor HONORATO CCALLI PACCO en el cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Jaén, agradeciéndoles por los servicios prestados.

Artículo 2.- Reconformar la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Jaén, la misma que estará integrada por:

- ABEL MELCHOR GARCIA BAZAN, como Presidente;

- BRAULIO MORAN AVILA, como Vicepresidente Académico; y

- RICARDO ABEL DEL CASTILLO TORRES, como Vicepresidente de Investigación.

Artículo 3.- Disponer que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Jaén remita al Ministerio de Educación en un plazo máximo de treinta (30) días calendario, contados a partir de su presentación o entrega, copia del Informe de Transferencia de Gestión; así como, se remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario de la vigencia de la presente Resolución, el Informe de Entrega de Cargo; conforme a lo previsto en los literales a) y b) del numeral 6.1.9 del Acápite VI de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU y modificatorias.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Gerber Sergio Pérez Postigo

Viceministro de Gestión Pedagógica

2520226-1