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Fecha de publicación: 31/05/2026
Conforman el Grupo de Trabajo Anual para la Elaboración del Plan de Trabajo Anual de las Actividades de Saberes Productivos con la participación de las Personas Adultas Mayores

Conforman el Grupo de Trabajo Anual para la Elaboración del Plan de Trabajo Anual

de las Actividades de Saberes Productivos con la participación de las

Personas Adultas Mayores

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 011-2026-MDC

Cieneguilla, 21 de mayo de 2026

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA

VISTOS:

El Informe Nº 566-2026-MDC/GDS, de fecha 08 de mayo de 2026, de la Gerencia de Desarrollo Social, el Memorándum Nº 505-2026-MDC/GM, de fecha 15 de mayo de 2026, de la Gerencia Municipal, el Informe Legal Nº 0146-2026-MDC/GAJ, de fecha 20 de mayo de 2026, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 521-2026-MDC/GM, de fecha 20 de mayo de 2026, de la Gerencia Municipal, respecto a la Conformación del Grupo de Trabajo Anual para la elaboración del Plan de Trabajo Anual, en el marco de la Ordenanza Nº 407-2025-MDC, la Ley Nº 30490 Ley de la Persona Adulta Mayor y su modificatoria, sobre la formalización de la Implementación de la Intervención de Saberes Productivos con la Participación de las Personas Adultas Mayores en el Distrito de Cieneguilla, a cargo del CIAM - Cieneguilla, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, en concordancia con lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, establece que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el Articulo IV del Título Preliminar de la Ley Nº27972, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales, el desarrollo integral sostenible, armónico y la equidad en sus respectivas circunscripciones. En este sentido en el marco de la ley, la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, en su condición de gobierno local, mediante la Ordenanza Nº 259-2017-MDC, aprobó la adecuación del Centro Integral del Adulto Mayor - CIAM Cieneguilla;

Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972, señala que, los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;

Que, la Ley Nº30490, Ley de la Persona Adulta Mayor y su modificatoria, tiene por objeto establecer un marco normativo que garantice el ejercicio de los derechos de la persona adulta mayor, a fin de mejorar su calidad de vida y propiciar su plena integración al desarrollo social, económico, político y cultural de la nación;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2022-MIDIS, se aprueba la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (PNDIS), la cual plantea los lineamientos, estrategias y servicios para lograr el desarrollo e inclusión social de las personas en situación de pobreza y que entre sus objetivos prioritarios, busca mejorar el desarrollo e incrementar las capacidades para la inclusión económica, la calidad de vida de las Personas Adultas Mayores-PAM y mejorar las condiciones del entorno de la población para asegurar su inclusión social; Al respecto el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), ha elaborado una Guía para la implementación de Saberes Productivos, para uso de los Gobiernos Locales, detallando en cada uno de los procesos y actividades a ser realizadas, así como el marco normativo y roles de los actores sociales;

Que, mediante Ordenanza Nº 407-2025-MDC, el Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla aprobó la implementación de la Intervención de Saberes Productivos para las Personas Adultas Mayores en el Distrito de Cieneguilla, con el objetivo de rescatar y poner en valor el conocimiento de los adultos mayores, para asegurar tanto la trasmisión de la herencia cultural como su apropiación productiva por parte de la comunidad;

Que, de conformidad a las finalidades establecidas en la Ley Nº 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor y demás directivas ejecutivas, sobre la formalización de la “Implementación de la Intervención Saberes Productivos”, en el distrito de Cieneguilla, propone un trabajo conjunto y de articulación para ejecutar los planes y programas en beneficio de la población adulta mayor, en cumpliendo con los lineamientos técnicos, normativas y de los lineamientos técnicos, con los gobiernos locales para las etapas de implementación, fortaleciendo las capacidades de las autoridades y brindando la asistencia técnica permanente a cargo de especialistas del MIDIS;

Que, mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara que el Estado Peruano se encuentra en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado al servicio del ciudadano;

Que, mediante el Informe Nº 566-2026-MDC/GDS, la Gerencia de Desarrollo Social, remite a la Gerencia Municipal la propuesta de Decreto de Alcaldía respecto a la conformación del Grupo de Trabajo Anual, para la elaboración del Plan de Trabajo Anual, en el marco de la Ordenanza Nº 407-2025-MDC, la Ley Nº30490, Ley de la Persona Adulta Mayor y su modificatoria, sobre la formalización de la Implementación de la Intervención de Saberes Productivos con la Participación de las Personas Adultas Mayores en el Distrito de Cieneguilla, a cargo del CIAM - Cieneguilla; asimismo, emite opinión favorable y recomienda se prosiga con el trámite respectivo para su aprobación;

Que, mediante Memorándum Nº 505-2026-MDC/GM, la Gerencia Municipal solicita a la Gerencia de Asesoría Jurídica la opinión legal, para continuar con el trámite correspondiente;

Que, con Informe Legal Nº 0146-2026-MDC/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica, luego del análisis correspondiente, opina que resulta procedente la propuesta de Conformación del Grupo de Trabajo Anual, como de su aprobación, para la elaboración del Plan de Trabajo Anual, en el marco de la Ordenanza Nº407-2025-MDC, conforme a los fundamentos técnicos normativos expuestos; recomendando derivar los actuados a la Secretaría General a fin de que el titular de la entidad emita el Decreto de Alcaldía, conforme a sus facultades;

Que, con Memorándum Nº 521-2026-MDC/GM, la Gerencia Municipal solicita a la Secretaría General la elaboración del respectivo Decreto de Alcaldía a ser suscrito por el titular de la entidad, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias;

Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 20º y el Artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias;

DECRETA:

Artículo Primero.- CONFORMAR, el GRUPO DE TRABAJO ANUAL PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE TRABAJO ANUAL DE LAS ACTIVIDADES DE SABERES PRODUCTIVOS CON LA PARTICIPACIÓN DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES, en el marco de la Ordenanza Nº407-2025-MDC, que aprueba la Implementación de la Intervención de Saberes Productivos en el distrito de Cieneguilla, que estará integrado por:

1. El/la Gerente de Desarrollo Social, quien lo preside y podrán designar a un/a representante alterno/a.

2. El/la Gerente de Planificación y Presupuesto.

3. El/la Subgerente de Salud, Servicios y Programas Sociales.

4. El/la Coordinadora General de la unidad de las oficinas municipales, en materia del CIAM Cieneguilla; quien asumirá el cargo de la Secretaría Técnica.

5. El/la Coordinadora Responsable de la oficina municipal CIAM-Cieneguilla.

El Grupo de Trabajo podrá designar a un/a representante alterno/a mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica, quien contará con las mismas facultades en caso de ausencia del/la titular.

Artículo Segundo.- APROBAR, las funciones del Grupo de Trabajo Anual:

1. Elaborar el Plan de Trabajo Anual sobre las actividades a realizarse con la participación de las Personas Adultas Mayores-PAM del distrito.

2. Coordinar con las unidades orgánicas y demás áreas involucradas, sobre las propuestas orientadas a los proyectos productivos que permitan mantener la participación activa de las PAM.

3. Diseñar estrategias que faciliten a los participantes, actores sociales como de las PAM, la transferencia de sus experiencias, técnicas, habilidades y conocimientos a la comunidad en su conjunto.

4. Proponer lineamientos, estrategias y acciones, como la asistencia técnica para la ejecución de las actividades del proyecto productivo con los participantes de las personas adultas mayores.

5. Coordina con instituciones públicas y privadas, en calidad de aleados para realización actividades de saberes productivos.

6. Elaborar Fichas de identificación, de encuentros y otros productos, como del registro de actores sociales y muestras de sus saberes, habilidades y valores identificados en la comunidad.

7. Emitir informes mensuales y recomendaciones sobre el desarrollo de la ejecución de las actividades y/o acciones realizadas referente al Plan de Trabajo Anual.

8. Realizar el proceso seguimiento y evaluación de las actividades implementadas, reportando los avances con periodicidad mensual dando cuenta de las evidencias, tanto a superioridad como a las Direcciones Ejecutivas del MIDIS.

Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencias de Desarrollo Social, a los órganos y unidades orgánicas competentes, así como de los integrantes del Grupo de Trabajo Anual, el cumplimiento del presente Decreto.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaria General la publicación en el Diario Oficial “El Peruano”; a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación, la publicación del presente Decreto en la Plataforma Única del Estado Peruano (www.gob.pe/municieneguilla) y en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA

Alcalde

IVAN E. CARDENAS ESPINOZA

Secretario General

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