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Fecha de publicación: 11/06/2026
Decreto Supremo que incorpora la Décima Novena Disposición Complementaria Final al Reglamento de la Ley N° 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, aprobado por Decreto Supremo N° 191-2020-PCM

Aprueban ampliación del plazo de vigencia del Plan Estratégico Regional de Turismo (PERTUR) Pasco 2019-2025, aprobado por la Ordenanza Regional N° 434-2018-G.R. P/CR por el período 2026 - 2027

CONSEJO REGIONAL

ORDENANZA REGIONAL

N° 546-2026-G.R.P/CR

APROBAR LA AMPLIACION DEL PLAZO DE VIGENCIA DEL PLAN ESTRATEGICO REGIONAL DE TURISMO (PERTUR) PASCO 2019-2025, APROBADO POR LA ORDENANZA REGIONAL

N° 434-2018-G.R.P/CR POR EL PERIODO 2026 - 2027.

POR CUANTO:

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y sus modificatorias, en la Novena Sesión Ordinaria, desarrollado el cinco de mayo del año dos mil veintiséis, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:

VISTOS:

El Informe N° 301-2025-GP-GGR-GRDE-DRCET/DDT de fecha 09 de octubre de 2025, emitido por el director de Turismo Ing. José Luis Rojas Mayta; Oficio N° 0330-2026-GRP/CR de fecha 09 de marzo de 2026, emitido por el presidente del consejo regional Ing. Gerson Rolando Grijalva Santos; Oficio N° 070-2026-GRP-GGR-GRDE/DRCET de fecha 20 de marzo de 2026, emitido por el director regional (e) de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo Econ. Carmelo Campos Salvatierra; Dictamen N° 015-2026-GRP-CR/CDE emitido por el presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico; Oficio N° 046-2026-GRP-CR/CDE emitido por el presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico, Ing. Hermann Humberto Bottger Lajara, solicita la aprobación del mencionado dictamen;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191º y 192º de la Constitución Política del Perú concordantes con el artículo 2º de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, y son competencia;

Que, según el artículo 8º de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización establece que la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia;

Que, asimismo en su artículo 36º de la citada norma, establece que los gobiernos regionales tienen, entre sus funciones compartidas, la promoción, gestión y regulación de actividades económicas y productivas en su ámbito y nivel, correspondiente a los sectores de agricultura, pesquería, industrita, comercio y turismo, energía, hidrocarburos, minas, transportes, comunicaciones y medio ambiente;

Que, mediante Ordenanza Regional N° 434-2018-G.R. P/CR el consejo regional Pasco, aprobó el Plan Estratégico Regional de Turismo de Pasco (PERTUR) por el periodo 2019-2025;

Que, este caso ya había sido tratado el año pasado y genero un Informe N° 007-2025-CRV, de fecha 17 de noviembre del 2025, y en aquella oportunidad se recomendó que se invite a la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Pasco a una reunión para tratar el tema de la ampliación del Plazo del PERTUR PASCO por el periodo 2026 - 2027;

Que, con fecha 06 de marzo del 2026, se llevó a cabo la reunión de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico en cuya agenda se incluyó la exposición y sustentación de la ampliación del Plazo del PERTUR PASCO por el periodo 2026 - 2027. Concluida dicha sustentación por parte de los funcionarios de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Pasco y considerando los informes y documentos que ya obran en el expediente, se cumple con los requisitos y las formalidades para atender la ampliación que se solicita;

Que, con el Oficio N° 070-2026-GRP-GGR-GRDE/DRCET, de fecha 20 de marzo del 2026, la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, adiciona al expediente el Proyecto de Ordenanza Regional para la ampliación de vigencia del Plan Estratégico Regional de Turismo de Pasco (PERTUR) para el período 2026-2027;

Que, en la Novena Sesión Ordinaria de Consejo Regional de Pasco, de fecha cinco de mayo de dos mil veintiséis, en la estación de orden del día, el presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico, Ing. Hermann Humberto Bottger Lajara, pone en consideración y sustenta ante el pleno del consejo, el Dictamen N° 015-2026- GRP-GR/CDE, aprobado por unanimidad, la propuesta de Aprobar la Ampliación de Plazo de la vigencia del Plan Estratégico Regional de Turismo (PERTUR) Pasco 2019 - 2025, aprobado por la Ordenanza Regional N° 434-2018-G.R.P/CR por el periodo 2026-2027, con el Plan de acción. Luego de un amplio debate fue aprobado por unanimidad de los consejeros y consejeras presentes el Dictamen N° 015-2026-GRP-CR/CODE. Asimismo, fue aprobado por unanimidad, la dispensa de lectura del acta;

Que, estando a lo acordado por el Consejo Regional en su Sesión Ordinaria y en uso de sus facultades conferidas en el artículo 38º de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco ha emitido la siguiente:

ORDENANZA REGIONAL:

Artículo Primero.- APROBAR la ampliación del plazo de la vigencia del Plan Estratégico Regional de Turismo (PERTUR) Pasco 2019-2025, aprobado por la Ordenanza Regional N° 434-2018-G.R. P/CR por el período 2026 - 2027, con el Plan de Acción que forma parte como anexo de la presente, compuesto por cuatro (04) objetivos estratégicos, diecisiete (17) acciones estratégicas, veintinueve (29) indicadores a ejecutar durante los años 2026 y 2027

Artículo Segundo.- DISPONER que el 2027 se inicie el proceso de actualización del Plan Estratégico Regional de Turismo Pasco, para ello la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo y la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, de manera coordinada asignan los recursos correspondientes para el correcto desarrollo de actualización.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, en coordinación con Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la implementación de las acciones establecidas en el Plan de Acción del PERTUR período 2026 - 2027.

Artículo Cuarto.- DISPENSAR la presente ordenanza del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.

Artículo Quinto.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; la presente ordenanza y su anexo se publicarán en la página web del Gobierno Regional de Pasco (https://www.gob.pe/regionpasco), el mismo día de la publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional Pasco, para su promulgación.

En Cerro de Pasco, a los cinco días del mes de mayo del año dos mil veintiséis.

GERSON ROLANDO GRIJALVA SANTOS

Presidente del Consejo Regional

POR TANTO:

Mando se Publique, Registre y Cumpla.

Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, de fecha quince días del mes de mayo del año dos mil veintiséis.

JUAN LUIS CHOMBO HEREDIA

Gobernador Regional

2519770-1