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Fecha de publicación: 28/05/2026
Autorizan viaje de Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, a la Confederación Suiza y al Reino de España, y encargan su Despacho al Ministro de Transportes y Comunicaciones

Autorizan viaje de personal militar para participar en la Reunión de Ministros de Defensa Perú-Ecuador, a realizarse en la ciudad de Arenillas, República del Ecuador

Resolución Ministerial

N° 00615-2026-DE

Lima, 26 de mayo del 2026

VISTOS:

El Oficio N° 3045 CCFFAA/OGA/OAI/UAI de la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Oficio N° 01214-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales y el Informe Legal N° 00973-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Nota N° MREMH-SSRV-2026-0017-N del 15 de mayo de 2026, la Subsecretaría de Soberanía y Relaciones Vecinales del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de la República del Ecuador informó a la Misión Diplomática del Perú que el Ministerio de Defensa Nacional del mencionado país propone que la reunión entre los Ministros de Defensa se realice en la ciudad de Arenillas, República del Ecuador, el 28 de mayo de 2026, conforme a la agenda anexada a su comunicación;

Que, por medio del OF. RE (DSD) N° 2-20-E/419 del 18 de mayo de 2026, la Dirección de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores traslada a la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa sobre la propuesta remitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de la República del Ecuador mediante Nota N° MREMH-SSRV-2026-0017-N; a fin de brindar respuesta a la proposición formulada;

Que, con Oficio N° 01950-2026-MINDEF/VPD del 19 de mayo de 2026, el Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa propone la participación del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, del Jefe de la División de Inteligencia del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas y del Jefe de la División de Operaciones del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, para realizar exposiciones técnicas en la mencionada reunión internacional;

Que, a través del Oficio N° 2900 CCFFAA/OGA/OAI/UAI del 20 de mayo de 2026, el CCFFAA informó al Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa que, por razones de viaje al exterior del Jefe del mencionado órgano ejecutor, no será posible su participación; sin embargo, se designó al Teniente General FAP Victor Octavio DIAZ PACHECO, Jefe de Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, para que asista en su representación con la delegación del CCFFAA;

Que, con Oficio N° 3045 CCFFAA/OGA/OAI/UAI, complementado con correos electrónicos del 26 de mayo de 2026, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas solicita la autorización del viaje al exterior, en comisión de servicio, del Teniente General FAP Victor Octavio DIAZ PACHECO, identificado con DNI N° 43334745; del General de Brigada EP Guillermo Alberto SANTOLALLA ESPINOZA, identificado con DNI N° 33263835; del General de Brigada EP Ricardo Anibal BENAVIDES FEBRES, identificado con DNI N° 43309854; y del Comandante FAP Yilmer Angel Jhon IGLESIAS FARFAN, identificado con DNI N° 43703486, para participar en la Reunión de Ministros de Defensa Perú - Ecuador, a realizarse en la ciudad de Arenillas, República del Ecuador, el 28 de mayo de 2026; así como, autorizar su salida del país y retorno el 28 de mayo de 2026;

Que, a través del citado documento, se remite el Informe Técnico N° 007/CCFFAA/OGA/OAI/UAI y el Dictamen N° 222-2026/CCFFAA/OAJ; de la misma manera, se remite la Hoja de Disponibilidad Presupuestal, la Hoja de Declaración de Gastos y la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000000116 que garantizan el financiamiento correspondiente;

Que, mediante el citado el Informe Técnico N° 007/CCFFAA/OGA/OAI/UAI, la Jefatura de la Unidad de Asuntos Internacionales del CCFFAA señala que los gastos de traslado interno, alojamiento y alimentación del personal militar comisionado serán cubiertos por el mencionado órgano ejecutor; por lo que, corresponde otorgar un (1) día de viáticos por el cien por ciento (100%) del que corresponde a la zona geográfica, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, concordante con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG;

Que, en la Exposición de Motivos emitida por el Jefe de la Oficina de Asuntos Internacionales de las Fuerzas Armadas, la participación del mencionado personal militar en la Reunión de Ministros de Defensa Perú - Ecuador es de alta relevancia estratégica para el Perú; por cuanto, permitirá fortalecer la cooperación y seguridad internacional, consolidando vínculos estratégicos entre los altos mandos militares de ambos países; asimismo, se señala que dicha actividad internacional guarda relación directa con el rol estratégico de las Fuerzas Armadas: “Participar en la Política Exterior”, el mismo que se encuentra alineado con la Política Multisectorial de Seguridad y Defensa Nacional al 2030, Política de Estado N° 6: “Política exterior para la paz, la democracia, el desarrollo y la integración”;

Que, con Oficio N° 01214-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 286-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior;

Que, mediante el Informe Legal N° 00973-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del siguiente personal militar, para participar en la Reunión de Ministros de Defensa Perú - Ecuador, a realizarse en la ciudad de Arenillas, República del Ecuador, el 28 de mayo de 2026; así como, autorizar su salida del país y retorno el 28 de mayo de 2026, conforme se detalla a continuación:

GRADO

NOMBRES Y APELLIDOS

CARGO

1

Teniente General FAP

Victor Octavio DIAZ PACHECO

Jefe de Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas

2

General de Brigada

Guillermo Alberto SANTOLALLA ESPINOZA

Jefe de la División de Inteligencia del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas

3

General de Brigada

Ricardo Anibal BENAVIDES FEBRES

Jefe de la División de Operaciones del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas

4

Comandante FAP

Yilmer Angel Jhon IGLESIAS FARFAN

Ayudante del Jefe de Estado Mayor Conjunto de las fuerzas Armadas

Artículo 2.- El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas efectúa el pago correspondiente con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo al siguiente concepto:

Viáticos:

US$ 370.00 x 1 día x 4 personas US$ 1,480.00

Total a pagar: US$ 1,480.00

Artículo 3.- El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas queda facultado para variar la fecha de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de personal autorizado.

Artículo 4.- El personal militar autorizado más antiguo debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 6.- Disponer que se ponga en conocimiento de la institución armada a la que pertenece el personal militar, en comisión de servicio, el contenido de la presente Resolución Ministerial, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

AMADEO JAVIER FLORES CARCAGNO

Ministro de Defensa

2519711-1