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Fecha de publicación: 29/05/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, Lima y Pasco, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales

Dan por terminada la designación de Jefe/a del Órgano de Control Institucional del Ministerio de Energía y Minas, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del Poder Judicial

Resolución de Contraloría

N° 252-2026-CG

Lima, 26 de mayo de 2026

VISTOS:

La Hoja Informativa N° 000123-2026-CG/VCG, de la Vicecontraloría de Control Gubernamental; los Memorandos N° 000178-2026-CG/GPOIN, N° 000179-2026-CG/GPOIN y N° 000180-2026-CG/GPOIN, de la Gerencia de Control Político Institucional y Económico; la Hoja Informativa N° 000017-2026-CG/PROT, de la Subgerencia de Control del Sector Productivo y Trabajo; las Hojas Informativas N° 000030-2026-CG/JUSPE y N° 000031-2026-CG/JUSPE, de la Subgerencia de Control del Sector Justicia, Político y Electoral; el Memorando N° 000638-2026-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; la Hoja Informativa N° 000414-2026-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando N° 000508-2026-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones;

Que, el artículo 19 de la citada Ley N° 27785 dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los Órganos de Control Institucional de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República;

Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva N° 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y sus modificatorias, en adelante la Directiva de los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el diario oficial El Peruano;

Que, el numeral 7.1.3.1 de la Directiva de los OCI establece que el Jefe del Órgano de Control Institucional designado por la Contraloría General de la República ejercerá sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; y que, por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrá permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años o, de ser el caso, prorrogar el periodo de designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total;

Que, de otro lado, el numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI establece que la designación de los Jefes de Órgano de Control Institucional termina por la ocurrencia de alguno de los hechos siguientes: a) situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de dicha Directiva; b) renuncia del Jefe del Órgano de Control Institucional; c) culminación del período de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d) razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría General de la República; e) separación definitiva; f) cese por límite de edad; y, g) muerte; para lo cual se debe emitir la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación en el cargo;

Que, la Vicecontraloría de Control Gubernamental, mediante la Hoja Informativa N° 000123-2026-CG/VCG, en atención a sus competencias establecidas en el literal e) del artículo 15 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría N° 274-2025-CG y sus modificatorias, señala su conformidad a la propuesta presentada por la Subgerencia de Control del Sector Productivo y Trabajo, y la Subgerencia de Control del Sector Justicia, Político y Electoral de la Gerencia de Control Político, Institucional y Económico, para dar por terminada la designación en el cargo de Jefe/a del Órgano de Control Institucional de tres (03) entidades bajo su ámbito de control, de conformidad con el literal d) “Razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría” del numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI; lo cual se configura, considerándose como una de las medidas a adoptar, la reconfiguración de las jefaturas de algunos Órganos de Control Institucional, lo cual implica concluir las existentes, a fin de racionalizar los recursos humanos, optimizando los servicios y con ello fortaleciendo el Sistema Nacional de Control y a los Órganos de Control Institucional bajo su ámbito de control, mejorando y asegurando el ejercicio pertinente, efectivo y eficiente del control gubernamental;

Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando N° 000508-2026-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000414-2026-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que da término a la designación en el cargo de Jefe/a del Órgano de Control Institucional de tres (03) entidades bajo el ámbito de la Subgerencia de Control del Sector Productivo y Trabajo, y la Subgerencia de Control del Sector Justicia, Político y Electoral de la Gerencia de Control Político Institucional y Económico, de conformidad con la propuesta elevada por la Vicecontraloría de Control Gubernamental, disponiendo las acciones de personal necesarias;

En uso de las facultades conferidas por los artículos 32 y 33 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias; conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y sus modificatorias; y la Resolución de Contraloría N° 231-2026-CG;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por terminada la designación en el cargo de Jefe/a del Órgano de Control Institucional de los/as profesionales que se detallan a continuación:

ENTIDAD

APELLIDOS Y NOMBRES

DNI

1

MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS

HOYOS AYALA,

JENNY MAGALY

09599644

2

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

SOTELO TRINIDAD,

DIANA ESMERALDA

10143968

3

PODER JUDICIAL

SALAZAR ARIAS, DENNIS MIKE

29517097

Artículo 2.- La acción de personal dispuesta en el artículo 1 precedente, tendrá efectividad a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente.

Artículo 3.- Disponer que el personal de la Contraloría General de la República, a mérito de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente resolución, deberá presentarse al órgano o unidad orgánica que corresponda;

Artículo 4.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Gerencia de Administración y la Gerencia de Tecnologías de la Información y Gobierno Digital de la Contraloría General de la República, adopten las acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente resolución.

Artículo 5.- Publicar la presente resolución en el diario oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (https://www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JANES EDGARDO RODRÍGUEZ LÓPEZ

Vicecontralor de Control Gubernamental (e)

Contralor General de la República (e)

2519653-1