Designan y acreditan a Auxiliar Coactivo de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 92-2026-ALC/MPC
Callao, 20 de mayo de 2026
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DEL CALLAO
VISTO:
El Informe Nº 1524-2026-MPC/ODSSTTMU-GG-GFT de la Gerencia de Fiscalización y Transporte del Órgano Desconcentrado del Sistema de Servicios de Tránsito, Transporte y Movilidad Urbana (ODSSTTMU), el Memorando Nº 594-2026-MPC/SGCM de la Secretaría General del Concejo Municipal, Informe Nº 588-2026-MPC/OGAF-ORH de la Oficina de Recursos Humanos, los Memorandos Nº 199 y Nº 202-2026-MPC/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establece el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la Alcaldía es el órgano ejecutivo de Gobierno Local y el Alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa;
Que, el artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, refiere que: “El Ejecutor Coactivo es el titular del Procedimiento y ejerce, a nombre de la Entidad, las acciones de coerción para el cumplimiento de la Obligación, de acuerdo a lo establecido en esta Ley (…).”; aunado a ello, el numeral 7.1 del artículo 7 del T.U.O. de la precitada ley establece que: “La designación del Ejecutor como la del Auxiliar se efectuará mediante concurso público de méritos”, y en su numeral 7.2. señala que: “Tanto el Ejecutor como el Auxiliar ingresarán como funcionarios de la Entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva”;
Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27204, refiere que el Ejecutor y el Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación, en los términos señalados en el Artículo 7 de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, no implica que dichos cargos sean de confianza;
Que, el Decreto Legislativo Nº 1057 que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y modificatorias, establecen reglas de ingreso al Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios – CAS, para garantizar los principios de mérito, capacidad, igualdad de oportunidades de la administración pública, disponiendo que el acceso a dicho régimen se realiza a través de concurso público;
Que, mediante Informe Nº 1524-2026-MPC/ODSSTTMU-GG-GFT de fecha 06 de mayo de 2026, la Gerencia de Fiscalización y Transporte del ODSSTTMU señala que es necesario acreditar a la Sra. VIANI ARACELY RAMOS ECHEGARAY, como nuevo Auxiliar Coactivo, en mérito al Contrato Administrativo de Servicio Nº 25-2026-MPC;
Que, mediante Informe Nº 588-2026-MPC/OGAF-ORH de fecha 13 de mayo de 2026, la Oficina de Recursos Humanos, informa que la Sra. VIANI ARACELY RAMOS ECHEGARAY resultó ganadora del proceso de selección CAS transitorio Nº 25-2026-MPC, suscribió el respectivo Contrato CAS e inició sus labores a partir del 01 de mayo de 2026; por lo tanto, es necesario se prosiga con el trámite correspondiente a su designación y acreditación como Auxiliar Coactivo;
Que, mediante Informe Nº 202-2026-MPC/OGAJ de fecha 14 de mayo de 2026, la Oficina General de Asesoría Jurídica indica emite opinión legal favorable para la designación y acreditación como Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Provincial del Callao a la Sra. VIANI ARACELY RAMOS ECHEGARAY, debiendo realizarse dicha acreditación mediante Resolución de Alcaldía;
Estando a lo expuesto, en ejercicio de la atribución establecida en el artículo 20 inciso 6 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y con el visado de la Gerencia Municipal, la Oficina General de Asesoría Jurídica y la Oficina de Recursos Humanos;
RESUELVE:
Artículo 1.- DESIGNAR y ACREDITAR a la Sra. VIANI ARACELY RAMOS ECHEGARAY, identificada con DNI 72870837, a partir del 01 de mayo de 2026, en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Provincial del Callao, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 1057, quien ejercerá sus funciones de acuerdo con las facultades que otorga la ley específica de la materia.
Artículo 2.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo Municipal, la notificación de la presente Resolución a la interesada y a las unidades orgánicas competentes para los fines correspondientes; así como su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 3.- ENCARGAR a la Oficina General de Tecnología de la Información y Telecomunicación, la publicación de la presente Resolución en el Portal Web Institucional.
Regístrese y comuníquese.
CÉSAR PÉREZ BARRIGA
Alcalde
2519220-1