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Fecha de publicación: 28/05/2026
Autorizan viaje de Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, a la Confederación Suiza y al Reino de España, y encargan su Despacho al Ministro de Transportes y Comunicaciones

Modifican el Artículo 4 de la Resolución N° 000001-2026-PRE/INDECOPI, sobre delegación de facultades en la Jefa de la Oficina de Promoción y Difusión

RESOLUCIÓN N° 000052-2026-PRE/INDECOPI

San Borja, 21 de mayo de 2026

VISTOS: La Hoja de Trámite N° 002080-2026-PRE/INDECOPI de la Presidencia Ejecutiva; la Hoja de Trámite N° 0002857-2026-GEG/INDECOPI de la Gerencia General; la Resolución N° 000001-2026-PRE/INDECOPI de la Presidencia Ejecutiva; el Memorándum N° 000731-2026-OAJ/INDECOPI de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1033, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, establece que este es un organismo público especializado con autonomía funcional, técnica, económica, presupuestal y administrativa, que rige su funcionamiento de acuerdo con dicha norma y sus normas complementarias y reglamentarias;

Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; precisando su artículo 79 que el delegante mantiene la obligación de vigilar la gestión del delegado;

Que, mediante Resolución N° 0844-2025-JNE, el Jurado Nacional de Elecciones aprobó el Reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral, cuyos artículos 23 y 24 establecen que el titular del pliego o quien este faculte puede presentar ante el Jurado Electoral Especial los formatos correspondientes a los procedimientos de autorización previa o reporte posterior de publicidad estatal;

Que, mediante Resolución N° 000001-2026-PRE/INDECOPI, la Presidencia Ejecutiva delegó facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Indecopi durante el Año Fiscal 2026, entre ellas, la prevista en su artículo 4, referida a la facultad de suscribir y remitir los documentos necesarios para solicitar la autorización previa o efectuar el reporte posterior de publicidad estatal ante el Jurado Nacional de Elecciones;

Que, mediante Hoja de Trámite N° 002080-2026-PRE/INDECOPI, la Presidencia Ejecutiva solicitó efectuar las gestiones necesarias para modificar el artículo 4 de la Resolución N° 000001-2026-PRE/INDECOPI, a efectos de que la referida facultad esté a cargo de la Jefa de la Oficina de Promoción y Difusión;

Que, en ese contexto, teniendo en cuenta lo solicitado por la Presidencia Ejecutiva y considerando que el Reglamento aprobado por Resolución N° 0844-2025-JNE habilita que el titular del pliego faculte a un funcionario para la presentación de los formatos correspondientes, la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante Memorándum N° 000731-2026-OAJ/INDECOPI, opina que resulta legalmente viable modificar el artículo 4 de la Resolución N° 000001-2026-PRE/INDECOPI, a fin de delegar dicha facultad en la señora Jesús Milagros Rumiche Morales, Jefa de la Oficina de Promoción y Difusión;

Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Promoción y Difusión y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1033, Ley de Organización y Funciones del Indecopi; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por Resolución N° 000063-2021-PRE/INDECOPI; y, la Resolución N° 0844-2025-JNE, que aprueba el Reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el Artículo 4 de la Resolución N° 000001-2026-PRE/INDECOPI, en los siguientes términos:

“Artículo 4.- Delegar durante el Año Fiscal 2026, a la señora JESÚS MILAGROS RUMICHE MORALES, Jefa de la Oficina de Promoción y Difusión, la facultad de suscribir y remitir todos los documentos que resulten necesarios para solicitar la autorización previa o efectuar el reporte posterior de publicidad estatal, incluyendo formatos, oficios, anexos, entre otros de similar naturaleza, en el marco de las disposiciones contenidas en el Reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral, aprobado por Resolución N° 0844-2025-JNE.”

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el portal institucional del INDECOPI (www.gob.pe/indecopi), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Juan Carlos Gerónimo del Prado Ponce

Presidente Ejecutivo

2518954-1