Delegan facultades para suscribir en representación del Estado peruano, el “Acuerdo de Alcance Parcial Nº 20 para la eliminación de Obstáculos Técnicos al Comercio de Productos Cosméticos, celebrado al amparo del Artículo 13 del Tratado de Montevideo 1980”
Resolución Suprema
N° 079-2026-RE
Lima, 25 de mayo de 2026
Vista la Hoja de Trámite (GAC) N° 1548, de 28 de abril de 2026, del Despacho Viceministerial de Relaciones Exteriores; el Memorándum Nº DAE005622026, de 27 de abril de 2026, de la Dirección General para Asuntos Económicos; el Memorándum N° DGT006492026, de 6 de mayo de 2026, de la Dirección General de Tratados y Derecho Internacional; y el Memorándum N° LEG007832026 de 19 de mayo de 2026, de la Oficina General de Asuntos Legales;
Debiendo ser suscrito el “Acuerdo de Alcance Parcial Nº 20 para la eliminación de Obstáculos Técnicos al Comercio de Productos Cosméticos, celebrado al amparo del Artículo 13 del Tratado de Montevideo 1980”;
De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, y el Decreto Supremo N° 031-2007-RE, por el cual se “Adecúan normas nacionales sobre el otorgamiento de Plenos Poderes al derecho internacional contemporáneo”;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Se delega en la señora Embajadora en el Servicio Diplomático de la República, Elizabeth Alice González Porturas, Representante Permanente del Perú ante la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) y el Mercado Común del Sur (MERCOSUR), las facultades suficientes para que suscriba, en representación del Estado peruano, el “Acuerdo de Alcance Parcial Nº 20 para la eliminación de Obstáculos Técnicos al Comercio de Productos Cosméticos, celebrado al amparo del Artículo 13 del Tratado de Montevideo 1980”.
Artículo 2.- Se otorgan los Plenos Poderes correspondientes a la señora Embajadora en el Servicio Diplomático de la República, Elizabeth Alice González Porturas, Representante Permanente del Perú ante la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) y el Mercado Común del Sur (MERCOSUR).
Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA
Presidente de la República
CARLOS JOSÉ PAREJA RÍOS
Ministro de Relaciones Exteriores
2518941-7