Autorizan viaje del Ministro de Relaciones Exteriores a Chile y encargan su Despacho al Presidente del Consejo de Ministros
resolución suprema
N° 158-2026-PCM
Lima, 25 de mayo de 2026
VISTOS:
La Hoja de Trámite (GAB) N° 671 del Despacho Ministerial, de 6 de mayo de 2026; el Memorándum N° OPP010922026 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 19 de mayo de 2026, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; el Memorándum N° LEG008042026 de la Oficina General de Asuntos Legales, de 21 de mayo de 2026; y, el Memorándum N° OAP014202026 de la Oficina de Administración de Personal, de 21 de mayo de 2026;
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Plan Estratégico Institucional (PEI) 2025 - 2030 del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial N° 0190-2025-RE, es objetivo estratégico institucional fortalecer la proyección internacional del Perú en regiones estratégicas, mecanismos de integración y organismos internacionales;
Que, resulta prioritario para los intereses del país participar en espacios regionales de alto nivel orientados a abordar los desafíos vinculados a la delincuencia organizada transnacional y otras amenazas a la seguridad, considerando el impacto que dichos fenómenos generan en la estabilidad, la institucionalidad democrática, el desarrollo económico y el bienestar de las poblaciones;
Que, a través de la Nota N° 195/2026, la Embajada de Chile en el Perú traslada la carta de fecha 28 de abril de 2026, por la cual el Ministro de Relaciones Exteriores de Chile, Francisco Pérez Mackenna, invita al Embajador en el Servicio Diplomático de la República, CARLOS JOSE PAREJA RIOS, Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores de la República del Perú, a participar en la Reunión de Alto Nivel sobre Coordinación Regional frente al Crimen Organizado Transnacional, que se llevará a cabo en la ciudad de Santiago, República de Chile, el 28 de mayo de 2026;
Que, la naturaleza transnacional de la delincuencia organizada requiere del fortalecimiento de la cooperación regional, el intercambio de experiencias y la coordinación entre los Estados, a fin de promover respuestas articuladas que contribuyan a preservar la seguridad y estabilidad regionales, así como a proteger, en específico, los intereses nacionales del Perú;
Que, la Reunión de Alto Nivel sobre Coordinación Regional frente al Crimen Organizado Transnacional, que contará con la participación de altas autoridades de Argentina, Bolivia, Ecuador, Perú y Chile, tiene el propósito de generar un espacio de diálogo y concertación orientado a fortalecer la cooperación regional frente a los desafíos comunes que plantea el crimen organizado trasnacional;
Que, por lo expuesto, resulta de interés nacional autorizar el viaje del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, CARLOS JOSE PAREJA RIOS, Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Santiago, República de Chile, para participar en la Reunión de Alto Nivel sobre Coordinación Regional frente el Crimen Organizado Transnacional;
Que, por cuestiones de itinerario, el señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores viajará a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 27 al 28 de mayo de 2026;
Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores;
Que, en tanto dure la ausencia del Titular, resulta necesario encargar el Despacho de Relaciones Exteriores;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas;
Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, CARLOS JOSE PAREJA RIOS, Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 27 al 28 de mayo de 2026, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema son cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (314) 0083906 “Conducción y asesoramiento de líneas de política exterior e institucional - Despacho Ministerial”; y, Código POI AOI00004500085 “Garantizar permanentemente la gestión del Despacho Ministerial”, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
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Nombres y Apellidos |
Pasajes aéreos (USD) |
Viáticos por día (USD) |
Número de días |
Total viáticos (USD) |
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CARLOS JOSE PAREJA RIOS |
1,514.00 |
370.00 |
1 + 1 |
740.00 |
Artículo 3.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al señor LUIS ENRIQUE ARROYO SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros, en tanto dure la ausencia del Titular.
Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA
Presidente de la República
LUIS ENRIQUE ARROYO SÁNCHEZ
Presidente del Consejo de Ministros
CARLOS JOSÉ PAREJA RÍOS
Ministro de Relaciones Exteriores
2518941-4