Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a los Estados Unidos Mexicanos, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 303-2026-RE
Lima, 25 de mayo del 2026
VISTOS:
El Memorándum N° DAE006272026 de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 8 de mayo de 2026; la Hoja de Trámite (GAC) N° 1717 del Despacho Viceministerial, de 11 de mayo de 2026; el Memorándum N° OPP010852026 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 19 de mayo de 2026, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum N° OAP014212026 de la Oficina de Administración de Personal, de la Oficina General de Recursos Humanos, de 21 de mayo de 2026;
CONSIDERANDO:
Que, la Alianza del Pacífico es un mecanismo de integración profunda que busca avanzar progresivamente hacia la liberación del comercio de bienes y la libre circulación de servicios, capitales y personas como parte de una estrategia para consolidar una plataforma económica común para proyectarse al Asia-Pacífico y al mundo;
Que, los Estados Unidos Mexicanos vienen ejerciendo la Presidencia Pro Tempore de la Alianza del Pacífico. En ese sentido, el Director General para Organismos y Mecanismos Regionales y Coordinador Nacional para la Alianza del Pacífico, de la Secretaría de Relaciones Exteriores de México ha cursado una invitación al Director General para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú para que asista a la Reunión de Coordinadores Nacionales sobre el Relacionamiento Externo de la Alianza del Pacífico, en calidad de titular de la Coordinación Nacional por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, el 28 de mayo de 2026, en la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos;
Que, la Reunión de Coordinadores Nacionales sobre el Relacionamiento Externo de la Alianza del Pacífico resulta importante porque tiene el objetivo de analizar y definir las líneas directrices que guiarán los trabajos del mecanismo en su relacionamiento externo en los próximos años, a fin de consolidar una proyección sustantiva;
Que, en ese sentido, se estima necesaria la participación del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Félix Rubio Correa, Director General para Asuntos Económicos, en el referido evento; y del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Eduardo Adolfo Banda Necochea, Director de Integración, de la Dirección General para Asuntos Económicos, en la mencionada reunión, con el objetivo de realizar un adecuado seguimiento técnico y político;
Que, por razones de itinerario, el viaje de los citados funcionarios diplomáticos a la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, se realizará del 27 al 29 de mayo de 2026; y,
De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial N° 0516-2025-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización
Se autoriza el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios diplomáticos, a la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, del 27 al 29 de mayo de 2026, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución:
• Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Félix Rubio Correa, Director General para Asuntos Económicos; y,
• Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Eduardo Adolfo Banda Necochea, Director de Integración, de la Dirección General para Asuntos Económicos.
Artículo 2.- Gastos
Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (290) 0090930 ‘‘Integración y negociaciones económicas internacionales - Dirección de Integración’’; y Código POI AOI00004500049 “Organización y participación en las Rondas de Reuniones y Eventos Conexos de la Alianza del Pacífico”, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
|
Nº |
Nombres y Apellidos |
Pasaje aéreo clase económica |
Viáticos USD |
Número de días |
Total de viáticos USD |
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1 |
Jorge Félix Rubio Correa |
2,207.08 |
440.00 |
1 + 1 |
880.00 |
|
2 |
Eduardo Adolfo Banda Necochea |
2,207.08 |
440.00 |
1 + 1 |
880.00 |
Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje, se ha adicionado un día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda.
Artículo 3.- Informe
Dentro de los quince días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos deberán presentar, al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.
Artículo 4.- No liberación ni exoneración de impuestos
La presente resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Carlos Pareja
Ministro de Relaciones Exteriores
2518844-1