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Fecha de publicación: 26/05/2026
Encargan funciones de Presidente Ejecutivo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA

Aprueban actualización del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Ancón

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

N° 033-2026-A/MDA

Ancón, 10 de abril de 2026

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE ANCÓN

VISTO: El Informe N° 007-2026-OGPPPI/MDA, de fecha 20 de febrero de 2026, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; Informe N° 0210-2026-SGDS-GDHEDyS/MDA, de fecha 03 de marzo de 2026, emitido por la Subgerencia de Desarrollo Social; el Memorándum N° 0305-2026-GDHEDyS/MDA, de fecha 04 de marzo de 2026, emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano, Económico, DEMUNA y Salud; el Memorándum N° 0306-2026-GDHEDyS/MDA, de fecha 04 de marzo de 2026, emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano, Económico, DEMUNA y Salud; el Informe N° 050-2026- SGPUOPYC-GDU/MDA, de fecha 06 de marzo de 2026, emitido por la Subgerencia de Planeamiento Urbano, Obras Privadas y Catastro; el Memorándum N° 179-2026-OGSGYAJ/MDA, de fecha 06 de marzo de 2026, emitido por la Oficina General de Secretaria General y Asuntos Jurídicos; el Informe N° 344-2026-SGLPYAV-GGA/MDA, de fecha 06 de marzo de 2026, emitido por la Subgerencia de Limpiezas Públicas y Áreas Verdes; el Informe N° 013-2026-SGMUSV-GSCYGRD/MDA, de fecha 10 de marzo de 2026, emitido por la Subgerencia de Gestión de Movilidad Urbana y Seguridad Vial; el Memorándum N° 0740-2026-GSCYGRD/MDA, de fecha 10 de marzo de 2026, emitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgos de Desastres; el Informe N° 114-2026-SGFAYGRD-GSCYGRD, de fecha 23 de marzo de 2026, emitido por la Subgerencia de Fiscalización Administrativa y Gestión del Riesgo de Desastres; el Informe N° 111-2026-OGPPPI/MDA, de fecha 25 de marzo de 2026, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; el Memorándum N° 0970-2026-GM/MDA, de fecha 25 de marzo de 2026, emitido por la Gerencia Municipal; el Informe N° 231-2026-OGSGYAJ/MDA, de fecha 27 de marzo de 2026, emitido por la Oficina General de Secretaria General y Asuntos Jurídicos; el Memorándum N° 1069-2026-GM/MDA, de fecha 06 de abril de 2026, emitido por la Gerencia Municipal; y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194° modificada por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo Il del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando que esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrado y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, conforme a lo dispuesto en el inciso 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades se establece que una de las atribuciones del Alcalde es: “Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, on sujeción a las leyes y ordenanzas”; concordante con el artículo 43° del mismo dispositivo legal que señala: “Las resoluciones de alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo”;

Que, el numeral 43.4) del artículo 43º del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que, para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60° de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal;

Que, en relación a los servicios prestados por los gobiernos locales, el artículo 32° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece: “Los servicios públicos locales pueden ser de gestión directa y de gestión indirecta, siempre que sea permitido por ley y que se asegure el interés de los vecinos, la eficiencia y eficacia del servicio y el adecuado control municipal. En toda medida destinada a la prestación de servicios deberá asegurarse el equilibrio presupuestario de la municipalidad.”;

Que, mediante la Resolución de Alcaldía N° 234-2023-A-MDA, de fecha 14 de septiembre de 2023, se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Ancón;

Que, mediante Informe N° 007-2026-OGPPPI/MDA, de fecha 20 de febrero de 2026, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, informa a la Oficina General de Secretaría General y Asuntos Jurídicos, la Gerencia de Desarrollo Humano, Económico, Demuna y Salud, a la Subgerencia de Planeamiento Urbano, Obras Privadas y Catastro, a la Subgerencia de Fiscalización Administrativa y Gestión del Riesgo de Desastres, a la Subgerencia de Gestión de Movilidad Urbana y Seguridad Vial, a la Subgerencia de Desarrollo Social y a la Subgerencia de Limpieza Pública y Áreas Verdes; que en el marco de sus competencias, viene impulsando el proceso de actualización del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad de Ancón, correspondiente al período 2026; asimismo, les solicita que remitan la propuesta actualizada de los servicios no exclusivos que brindan en cada una de sus unidades orgánicas, debiendo considerar la nueva estructura orgánica;

Que, mediante Memorándum N° 305-2026-GDHEDyS/MDA la Gerencia de Desarrollo Humano, Económico, DEMUNA y Salud remite el Informe N° 210-2026-SGDS-GDHEDyS/MDA mediante el cual la Subgerencia de Desarrollo Social adjunta su propuesta actualizada de los servicios TUSNE que tienen a su cargo como los servicios relacionados a sepulturas en el cementerio municipal, servicios de veterinaria, terapia física, entre otros;

Que, mediante Memorándum N° 306-2026-GDHEDyS/MDA la Gerencia de Desarrollo Humano, Económico, DEMUNA y Salud, remite su propuesta actualizada de los servicios TUSNE - Periodo 2026 que tiene a su cargo como los servicios de derecho de ingreso al muelle para embarque y desembarque de lanchas o botes con capacidad para 10 y para 15 personas;

Que, mediante Informe N° 050-2025-SGPUOPYC-GDU/MDA la Subgerencia de Planeamiento Urbano, Obras Privadas y Catastro remite su propuesta actualizada de los servicios TUSNE que tienen a su cargo tales como los servicios de visitas de inspección técnica para la verificación técnica de edificaciones modalidades A, B C y D, así como los servicios de visitas de inspección técnica para la verificación técnica de habilitaciones urbanas modalidades A, B C y D;

Que, mediante el Memorándum N° 179-2026-OGSGyAJ/MDA la Oficina de General de Secretaria General y Asuntos Jurídicos remite su propuesta actualizada de los servicios TUSNE que tienen a su cargo tales como los servicios de alquiler de ambientes relacionados a la ceremonia de matrimonio civil, entre otros;

Que, mediante Informe N° 344-2026-SGLPYAV-GGA/MDA la Subgerencia de Limpieza Pública y Áreas Verdes remite su propuesta actualizada de los servicios TUSNE que tienen a su cargo tales como el servicio de eliminación de desmonte y similares;

Que, mediante Memorándum N° 740-2026-GSCYGRD/MDA la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastres deriva el Informe N° 013-2026-SGMUSV-GSCYGRD/MDA mediante el cual la Subgerencia de Gestión de Movilidad Urbana y Seguridad Vial remite su propuesta actualizada de los servicios TUSNE que tienen a su cargo tales como los servicios relacionados a la constatación de características de vehículos menores, capacitación en educación y seguridad vial, inspección técnica de paraderos, entre otros;

Que, mediante Informe N° 114-2026-SGFAyGRD-GSCYGRD/MDA la Subgerencia de Fiscalización Administrativa y Gestión del Riesgo de Desastres ratifica los servicios TUSNE que tienen a su cargo tales como los cursos de capacitación de primeros auxilios, lucha contra incendios, evacuación en casos de sismos, simulacros, entre otros;

Que, mediante Informe N° 111-2026-OGPPPI/MDA, de fecha 25 de marzo de 2026, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, informa a la Gerencia Municipal que, en cumplimiento de sus funciones, coordinó y gestionó la actualización del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Ancón; que, la actualización del TUSNE se sustenta en el Reglamento de Organizaciones y Funciones ROF, aprobado mediante Ordenanza N° 530-2025/MDA y en las propuestas remitidas por la unidades orgánicas responsables de la prestación de los servicios no exclusivos; en razón de ello, remite el Proyecto de Resolución de Alcaldía que actualiza el Texto Único de Servicios No exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Ancón, adjuntando su Anexo correspondiente;

Que, mediante Memorándum N° 0970-2026-GM/MDA, de fecha 25 de marzo de 2026, la Gerencia Municipal deriva los actuados y solicita la emisión de la opinión legal correspondiente al Proyecto de Resolución de Alcaldía que actualiza el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad de Ancón;

Que, mediante Informe N° 0231-2026-OGSGyAJ/MDA, de fecha 27 de marzo de 2026, la Oficina General de Secretaría General y Asuntos Jurídicos informó a la Gerencia Municipal que emitió opinión favorable a la propuesta de Resolución de Alcaldía que actualice el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad de Ancón;

Que, con Memorándum N° 1069-2026-GM/MDA, de fecha 06 de abril de 2026, la Gerencia Municipal recomienda la emisión de la Resolución de Alcaldía que actualice el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad de Ancón;

Que, conforme con las consideraciones anteriormente expuestas y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 20° inciso 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR la Actualización del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Ancón, cuyos requisitos y costos se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- ENCARGAR el estricto cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía, a las unidades orgánicas de la Entidad Municipal que correspondan.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General y Asuntos Jurídicos la publicación del presente Resolución y su anexo, en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y a la Oficina de Comunicaciones y Atención al Ciudadano, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ancón (www.gob.pe/muniancon).

Artículo Cuarto.- La presente Resolución de Alcaldía y su anexo entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación de acuerdo a Ley.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

SAMUEL MARCOS DAZA TAYPE

Alcalde

2518673-1