Modifican Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República
Resolución de Contraloría
N° 239-2026-CG
Lima, 25 de mayo de 2026
VISTOS:
La Hoja Informativa N° 000041-2026-CG/MODER, de la Subgerencia de Modernización; el Memorando N° 000303-2026-CG/GMPL, de la Gerencia de Modernización y Planeamiento; la Hoja Informativa N° 000378-2026-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando N° 000468-2026-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 82 de la Constitución Política del Perú establece que la Contraloría General de la República es una entidad descentralizada de derecho público que goza de autonomía conforme a su Ley Orgánica;
Que, el artículo 16 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, establece que esta Entidad Fiscalizadora Superior cuenta con autonomía administrativa, funcional, económica y financiera, teniendo por misión dirigir y supervisar con eficiencia y eficacia el control gubernamental, orientando su accionar al fortalecimiento y transparencia de la gestión de las entidades, la promoción de valores y la responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos, así como, contribuir con los Poderes del Estado en la toma de decisiones y con la ciudadanía para su adecuada participación en el control social;
Que, conforme al literal a) del artículo 32 de la Ley N° 27785, el Contralor General de la República, en el desempeño de su gestión, está facultado para determinar la organización interna de esta Entidad Fiscalizadora Superior;
Que, con Resolución de Contraloría N° 274-2025-CG, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, estableciendo los órganos y unidades orgánicas de esta Entidad Fiscalizadora Superior, y sus respectivas funciones; instrumento de gestión que fue modificado por Resoluciones de Contraloría N° 320-2025-CG y N° 376-2025-CG;
Que, los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, y sus modificatorias, aplicables a los organismos constitucionalmente autónomos en los aspectos no contemplados o que no se opongan a lo establecido en sus leyes orgánicas, prevén como finalidad que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fin de responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía, regulando los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado;
Que, el literal c) del numeral 46.1 del artículo 46 de los citados Lineamientos, prevé como un supuesto de modificación del Reglamento de Organización y Funciones, cuando se reasignen o modifiquen funciones sin que se afecte la estructura orgánica;
Que, de conformidad con la Hoja Informativa N° 000041-2026-CG/MODER, emitida por la Subgerencia de Modernización, se propone la modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, dado que se ha identificado la necesidad de realizar ajustes puntuales que permitan cautelar la validez de los programas académicos que ofrece la Escuela Nacional de Control, considerando la opinión jurídica con carácter vinculante sobre la interpretación y alcance de la normativa de control gubernamental, concerniente a los artículos 6, 7 y 8 de la Ley N° 27785 y su Tercera Disposición Final, conforme al Informe Legal emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental con la Hoja Informativa N° 000067-2026-CG/GJNC, sustentada en la Hoja Informativa N° 000301-2026-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica;
Que, estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante Memorando N° 000468-2026-CG/GJNC, y de conformidad con lo expuesto en la Hoja Informativa N° 000378-2026-CG/AJ de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que modifica el Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, conforme a la propuesta formulada por la Subgerencia de Modernización, que cuenta con la conformidad de la Gerencia de Modernización y Planeamiento;
En uso de las facultades conferidas por los artículos 32 y 33 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias; y la Resolución de Contraloría N°231-2026-CG;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el segundo párrafo del artículo 142, el literal e) del artículo 143 y el segundo párrafo del artículo 144 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por la Resolución de Contraloría N° 274-2025-CG, y sus modificatorias, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Publicar la presente resolución en el diario oficial El Peruano, y a su vez ésta con su Anexo en el Portal del Estado Peruano (https://www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JANES EDGARDO RODRÍGUEZ LÓPEZ
Vicecontralor de Control Gubernamental (e)
Contralor General de la República (e)
2518553-1