Modifican el Decreto de Alcaldía Nº 001-2026-MDSR, que convoca a la
Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2026-I de la Municipalidad
Distrital de Santa Rosa, y reprograman el cronograma de actividades
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 003-2026/MDSR
Santa Rosa, 22 de mayo del 2026
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA
VISTO: El informe legal Nº 000022-2026-GAJ/MDSR, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el memorándum Nº 00085-2026-GM/MDSR, emitió por la Gerencia Municipal, el informe Nº 00010-2026-GPP/MDSR, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el memorándum Nº 00082-2026-GM/MDSR, emitió por la Gerencia Municipal el Informe Nº 014-2026-SEGE/MDSR, emitido por la Secretaria General, el Decreto de Alcaldía Nº 001-2026-NDSR, del 24 de abril 2026, sobre la convocatoria a la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2026 – I; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobiernos local con facultades políticas, económicas y administrativas dentro de su jurisdicción y con los límites que señala, la ley, ello en concordancia con el artículo Il del título preliminar de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala: “los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que son atribuciones del alcalde, el dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas.
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 39º de la Ley, el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la mencionada ley mediante decretos de alcaldía; asimismo, en su artículo 42º la Ley, establece que los decretos de alcaldía dictan las normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;
Que, la Ley Nº 31433, Ley que modifica la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto a las atribuciones y responsabilidades de concejos municipales y consejos regionales, para fortalecer el ejercicio de su función de fiscalización, se incorpora el artículo 119-A a la Ley. El referido artículo señala:
“ARTÍCULO 119-A.- AUDIENCIAS PÚBLICAS MUNICIPALES. - Las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las dificultades que impidieron el cumplimiento de compromisos. Los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal”.
Que, en atención a ello obra la Ordenanza Nº 586-2025/MDSR, que modifica algunos artículos de la Ordenanza Nº 478-2018/MDSR, que aprueba el Reglamento Para El Desarrollo De La Audiencia Pública De Rendición De Cuentas De La Municipalidad Distrital De Santa Rosa, en cumplimiento a la presente ordenanza se ha emitido el Decreto de Alcaldía Nº 001-2026-NDSR, del 24 de abril 2026, publicado en el diario oficial el peruano el 30 de abril del 2026, en donde se CONVOCO a la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2026 – I de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, a los ciudadanos, organizaciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil y otras, del distrito de Santa Rosa, para el día Viernes 29 de mayo del 2026 a las 10:00,am en el auditorio del salón Multiusos del Palacio Municipal;
Que, mediante el Informe Nº 000014-2026-SEGE/MDSR, la Secretaria General, informa a la Gerencia Municipal, la recargada agenda del señor alcalde, para la próxima semana, que son impostergables que se ha presentado de manera inaplazable para el día viernes 29 de mayo del 2026, durante todo el día; por lo que mediante el memorándum Nº 00082-2026-GM/MDSR, la Gerencia Municipal solicita la opinión técnica a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto;
Que, mediante el Informe Nº 00010-2026-GPP/MDSR, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, informa a la Gerencia Municipal, señalando: “El Reglamento de Audiencia Pública especifica en su artículo 13º que el Titular de la Entidad es el responsable de efectuar la Audiencia Pública; y líneas abajo en el numeral 13.1.1 establece que la Alcaldía, como órgano ejecutivo del Gobierno Local, le corresponde presidir la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas. Asimismo, en su artículo 16º Etapa de Ejecución, establece “De la instalación de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas para la exposición: Será instalada y presidida por el Titular de Pliego, quien se encargará de la exposición (o quien designe para tal fin)”; que la Directiva Nº 016-2022-CG/PREVI “Rendición de Cuentas de Titulares y Transferencia de Gestión”, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 267- 2022-CG, dispone lo siguiente: 6.3) Obligaciones en el Proceso de Rendición de Cuentas de Titulares, 6.3.1) Del Titular de la Entidad: El Titular de la Entidad durante el desarrollo del proceso de Rendición de Cuentas de Titulares, tiene las obligaciones siguientes: (….) Disponer la exposición del Informe de Rendición de Cuentas de Titulares en las Audiencias Públicas dirigidas a los ciudadanos conforme a las normas específicas que regulen las mismas. por lo que otorga opinión técnica favorable a la propuesta de reprogramación de la actividad de Audiencia Pública de Rendición de Cuentas que se precisa, para el día jueves 28 de mayo en el horario de la mañana; debido al importante rol del Alcalde, en presidir e instalar la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas;
Que, mediante el memorándum Nº 00085-2026-GM/MDSR, la Gerencia Municipal, solicita opinión legal a la gerencia de asesoría jurídica señalando “Al respecto, estando a los fundamentos expuestos por Secretaria General y considerando lo señalado por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, máxime si se toma en consideración las obligaciones en el proceso de Rendición de Cuentas señaladas en la Directiva Nº 016-2022-CG/PREVI y la Ordenanza Municipal Nº 586-2025/MDSR, este despacho considera viable la reprogramación de la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2026 – I de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, para el día jueves 28 de mayo de 2026; en consecuencia, se recomienda la modificación del Decreto de Alcaldía Nº 001-2026/MDSR y del Anexo – “Cronograma de Actividades para la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa para el Año 2026”.
Que, mediante el Informe Legal Nº 00022-2026-GAJ/MDSR, la Gerencia de Asesoría Jurídica informa, que después del análisis de la norma de la materia, se concluye que es favorable que se modifique el artículo primero del Decreto de Alcaldía Nº 001-2026-MDSR, mediante la emisión de otro norma del mismo nivel, ello de un nuevo Decreto de Alcaldía, que aprueba “Modificar el artículo primero del Decreto de Alcaldía Nº 001-2026-MDSR del 24 de abril del 2026, y reprogramar el cronograma de actividades detallado en el anexo 1, debiendo de CONVOCAR a la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2026 – I de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, a los ciudadanos, organizaciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil y otras, del distrito de Santa Rosa, para el día jueves 28 de mayo del 2026 a las 10:00,am en el auditorio del salón Multiusos del Palacio Municipal; que se apruebe mediante Decreto de Alcaldía, conforme las opiniones favorables de los órganos técnicas y legales;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- MODIFICAR el artículo primero del Decreto de Alcaldía Nº 001-2026-MDSR, de fecha 24 de abril del 2026, quedando redactado de la siguiente manera:
“Artículo Primero: CONVOCAR a la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2026 – I de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, a los ciudadanos, organizaciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil y otras, del distrito de Santa Rosa, para el día jueves 28 de mayo del 2026 a las 10:00 am. a 12:00 m, en el Auditorio del Salón Multiusos del Palacio Municipal”.
Artículo Segundo.- REPROGRAMAR EL CRONOGRAMA de actividades detallado en el anexo 01, que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía, para la primero Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa para el año 2026.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Gerencia de Desarrollo Urbano, y demás unidades orgánicas competentes que lleven a cabo las acciones necesarias, en la recopilación de información sobre los avances, logros, dificultades y perspectivas de la gestión, así como el uso de los recursos públicos de la entidad.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, y a la Subgerencia de Tecnología de la Informática y Comunicación la publicación del integro de la presente norma juntamente con su anexo, en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa (www.munisantarosa-lima.gob.pe) y en el Portal de Transparencia (www.transparencia.gob.pe), en la misma fecha de publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
GEORGE ROBLES SOTO
Alcalde