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Fecha de publicación: 24/05/2026
Determinan la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Gallinazo, ubicado en el distrito de Buena Vista Alta, provincia de Casma, departamento de Áncash

Aprueban el Manual de Perfiles de Puestos (MPP) de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL

Resolución de Gerencia General

N° 125-2026-SUNAFIL

Lima, 22 de mayo del 2026

VISTOS:

El Informe N° 000086-2026-SUNAFIL/GG/ORH/UFAP de la Oficina de Recursos Humanos; el Informe N° 357-2026-SUNAFIL/GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 29981, Ley crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias;

Que, la SUNAFIL desarrolla y ejecuta las funciones y competencias establecidas en el artículo 3 de la Ley N° 28806, Ley General de Inspección del Trabajo, en el ámbito nacional y cumple el rol de autoridad central y ente rector del Sistema de Inspección del Trabajo, de conformidad con las políticas y planes nacionales y sectoriales, así como con las políticas institucionales y los lineamientos técnicos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

Que, a través del Decreto Supremo N° 010-2022-TR se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, y mediante la Resolución de Superintendencia N° 284-2022-SUNAFIL se aprueba la Sección Segunda del citado reglamento; estableciéndose en su estructura los órganos y unidades orgánicas vigentes de la entidad;

Que, el artículo 6 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, señala que las oficinas de recursos humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector, teniendo entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR y por la entidad, así como gestionar los perfiles de puestos;

Que, el artículo 3 del Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM y sus modificatorias, establece como uno de los subsistemas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el de Organización del trabajo y su distribución, el cual comprende los procesos de diseño de los puestos y administración de puestos;

Que, en el marco del proceso de tránsito de la SUNAFIL al régimen del Servicio Civil, resulta imperativo formalizar el diseño de los puestos que la entidad requiere para el cumplimiento de sus fines institucionales, alineando sus funciones y requisitos a la metodología fijada por el ente rector;

Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000018-2024-SERVIR-PE se formaliza la aprobación de la Directiva N° 003-2024-SERVIR-GDSRH, denominada “Diseño de perfiles de puestos y elaboración, aprobación, administración y modificación del Manual de Perfiles de Puestos”, la cual establece las normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria para que las entidades públicas elaboren, aprueben y administren su Manual de Perfiles de Puestos (MPP);

Que, el literal c) del numeral 5.1 de la citada Directiva define al Manual de Perfiles de Puestos (MPP) como el documento de gestión institucional que describe de manera ordenada los perfiles de puestos de la entidad, estructurados sobre la base de las necesidades de servicios y el presupuesto autorizado, constituyendo el instrumento técnico soporte para los procesos de selección, inducción, evaluación del desempeño y capacitación del personal;

Que, asimismo, la normativa de SERVIR estipula que la Oficina de Recursos Humanos, o la que haga las veces, es responsable de elaborar la propuesta del Manual de Perfiles de Puestos (MPP) y su correspondiente informe técnico sustentatorio; en tanto que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, o la que haga las veces, emite opinión respecto al alineamiento de los puestos con la estructura orgánica formalizada en el ROF vigente y su consistencia presupuestal;

Que, mediante el Oficio N° 000180-2026-SUNAFIL/GG, de fecha 10 de abril de 2026, la Gerencia General de la SUNAFIL remitió a la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) la propuesta de la Sección N° 1 de su Manual de Perfiles de Puestos (MPP) para su correspondiente revisión técnica; habiendo emitido la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR el Informe Técnico N° 000041-2026-SERVIR-GDSRH de fecha 12 de mayo de 2026 , y posteriormente, mediante el Oficio N° 000734-2026-SERVIR-PE de fecha 15 de mayo de 2026, la Presidencia Ejecutiva de SERVIR comunicó formalmente la opinión técnica favorable a la referida propuesta institucional;

Que, el artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley N° 30057 establece que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública ; siendo que el artículo 14 de la Sección Primera del ROF de la SUNAFIL, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2022-TR, determina que la Gerencia General es la máxima autoridad administrativa de la entidad, por lo que le compete la aprobación del referido documento de gestión;

Que, mediante el Informe N° 000086-2026-SUNAFIL/GG/ORH/UFAP, la Oficina de Recursos Humanos presenta la propuesta de la Sección N° 1 del nuevo Manual de Perfiles de Puestos (MPP) de la SUNAFIL, señalando que ha sido estructurado en estricta observancia de los criterios fijados por la Directiva N° 003-2024-SERVIR-GDSRH, a fin de viabilizar de manera ordenada el tránsito de los servidores de la entidad al nuevo régimen laboral legal, precisando que comprende un total de veintidós (22) perfiles de puestos, distribuidos en setenta y cuatro (74) posiciones institucionales;

Que, a través del Informe N° 357-2026-SUNAFIL/GG/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica otorga la viabilidad legal para la aprobación del citado documento de gestión, precisando que la propuesta se encuentra alineada a la normativa vigente;

Con el visado del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica, y del Jefe de la Oficina de Recursos Humanos; y,

De conformidad con la Ley N° 29981, Ley de creación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2022-TR y la Resolución de Superintendencia N° 284-2022-SUNAFIL; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; y la Directiva N° 003-2024-SERVIR-GDSRH, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000018-2024-SERVIR-PE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Manual de Perfiles de Puestos (MPP) de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución, con el objetivo de continuar con el proceso de tránsito de la entidad al régimen del Servicio Civil

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. El Anexo conteniendo el Manual aprobado se publicará de manera simultánea en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL (www.gob.pe/sunafil), en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal de Transparencia (www.transparencia.gob.pe), siendo exigible a partir del día siguiente de su publicación oficial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LINDA AZUCENA RONCAL ESPEJO

Gerente General

2518505-1