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Fecha de publicación: 24/05/2026
Determinan la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Gallinazo, ubicado en el distrito de Buena Vista Alta, provincia de Casma, departamento de Áncash

Aprueban el instrumento denominado “Lineamientos que establecen el procedimiento para delimitar y actualizar los Sectores y Subsectores Hidráulicos de los Sistemas Hidráulicos Comunes”

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 0122-2026-ANA

San Isidro, 22 de mayo de 2026

VISTOS:

El Informe N° 0033-2024-ANA-DARH/LAAT y los Informes Nros. 0001 y 0034-2025-ANA-DARH/LAAT, emitidos por la Dirección de Administración de Recursos Hídricos; el Informe N° 0022-2026-ANA-OPP-UPM, de la Unidad de Planeamiento y Modernización; el Memorando N° 3435-2026-ANA-OPP, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal N° 0365-2026-ANA-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, establece el marco para la gestión sostenible e integrada de estos recursos y designa a la Autoridad Nacional del Agua - ANA como máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos y es responsable de dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la gestión integral y sostenible de los recursos hídricos;

Que el artículo 21 de la mencionada norma, faculta a la ANA para normar, delimitar y organizar los sectores y subsectores hidráulicos, garantizando una administración eficiente y sostenible, basándose en criterios técnicos y sociales, con participación activa de los usuarios;

Que el Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, atribuye a la ANA la responsabilidad de delimitar y actualizar estos sectores, pudiendo hacerlo de oficio o a solicitud de las organizaciones de usuarios, asegurando su involucramiento;

Que la Ley N° 31801, Ley que regula las organizaciones de usuarios de agua para el fortalecimiento de su participación en la gestión multisectorial de los recursos hídricos y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2024-MIDAGRI, refuerzan este esquema regulatorio, clasificando los sectores hidráulicos en mayor, menor y de aguas subterráneas, y estableciendo la titularidad y competencia técnica de la ANA, con la participación obligatoria y activa de las organizaciones de usuarios de agua;

Que estos sectores hidráulicos comprenden ámbitos territoriales específicos, que incluyen fuentes naturales, infraestructura hidráulica y unidades productivas, permitiendo un manejo diferenciado y especializado conforme a las características técnicas de cada uno; asimismo, la operación y mantenimiento de dichos sectores corresponde a los operadores de infraestructura hidráulica, quienes actúan coordinadamente con las juntas de usuarios para asegurar un suministro eficiente y conforme a los derechos legalmente otorgados, como se evidencia en los informes que respaldan la necesidad de aprobar los lineamientos que regulan estas actividades;

Que la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, en los informes de vistos, resalta que la actualización oportuna del procedimiento para delimitar y actualizar sectores y subsectores hidráulicos contribuye a evitar conflictos, clarificar ámbitos de responsabilidad, mejorar la planificación y gestión del agua, y optimizar la prestación del servicio público, alineándose con las normativas vigentes, y en consecuencia, resulta necesaria la actualización del procedimiento aprobado mediante Resolución Jefatural N° 154-2014-ANA debiendo derogarse esta última;

Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Unidad de Planeamiento y Modernización han expresado su conformidad con la propuesta presentada;

Que, a través del Informe Legal de Vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que corresponde emitir el acto resolutivo de acuerdo a lo informado por la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, como órgano competente;

Con los vistos de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, de la Dirección de Organizaciones de Usuarios de Agua, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; y en uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación

Aprobar el instrumento denominado “Lineamientos que establecen el procedimiento para delimitar y actualizar los Sectores y Subsectores Hidráulicos de los Sistemas Hidráulicos Comunes”, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Derogación

Derogar la Resolución Jefatural N° 154-2014-ANA en virtud del instrumento aprobado en el artículo precedente.

Artículo 3.- Notificación

Disponer a la Unidad de Archivo y Trámite Documentario notificar la presente resolución a todos los órganos de línea y órganos desconcentrados de la entidad.

Artículo 4.- Publicación

Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en la misma fecha, en el portal institucional de la Autoridad Nacional del Agua (www.gob.pe/ana) incluyendo el anexo correspondiente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MANUEL BARRENO RODRIGO

Jefe

Autoridad Nacional del Agua

LUIS ENRIQUE YAMPUFE MORALES

Director

Dirección de Administración de Recursos Hídricos

Autoridad Nacional del Agua

2518503-1