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Fecha de publicación: 23/05/2026
Decreto Supremo que aprueba el Plan Estratégico Multisectorial que implementa la Política Nacional Multisectorial de Seguridad y Defensa Nacional al 2030

Aprueban el Instructivo N° 0003-2026-EF/51.01 “Instructivo para la Presentación de la Información Financiera e Información Presupuestaria de las Entidades del Sector Público durante el Periodo de Transición al Marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público”, la “Relación de formatos de información financiera e información presupuestaria aplicables a las entidades del Marco NICSP” y la “Guía para elaborar las Notas a los Estados Presupuestarios”

Resolución Directoral

Nº 0008-2026-EF/51.01

Lima, 22 de mayo de 2026

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con los numerales 1, 2 y 5 del párrafo 5.2 del artículo 5 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-2022-EF, la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas es el ente rector del Sistema Nacional de Contabilidad, y tiene entre sus funciones, ejercer la máxima autoridad técnico–normativa de dicho Sistema, emitir normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en las entidades del Sector Público; así como elaborar la Cuenta General de la República y las Estadísticas de las Finanzas Públicas, procesando las rendiciones de cuenta remitidas por las entidades del sector público, de acuerdo a estándares internacionales vigentes;

Que, el párrafo 4.1 del artículo 4 del citado Texto Único Ordenado, establece que el Sistema Nacional de Contabilidad es el conjunto de principios, procesos, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos, mediante los cuales se ejecuta y evalúa el registro contable de los hechos económicos, financieros y patrimoniales del sector público, en armonía con la normativa contable internacional vigente;

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo 4.3 del artículo 4 del indicado Texto Único Ordenado, el marco normativo para la preparación de la información financiera por parte de las entidades del sector público son las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP), excepto en aquellas entidades a las que, por su naturaleza y características operativas, les aplique un marco distinto. Estos marcos son adoptados conforme a las disposiciones que establezca la Dirección General de Contabilidad Pública;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 013-2023-EF/51.01, se aprueba la aplicación en el Perú de las NICSP de acumulación (o devengo), el Prólogo a las NICSP y el Marco Conceptual para la Información Financiera con Propósito General de las Entidades del Sector Público, de la edición 2022, en su versión en español, del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (IPSASB, por sus siglas en inglés) de la Federación Internacional de Contadores (IFAC, por sus siglas en inglés), que forman parte del marco normativo para la preparación de la información financiera en las entidades del sector público;

Que, con la Resolución Directoral Nº 004-2024-EF/51.01 se aprueba la Directiva Nº 001-2024-EF/51.01, que dispone lineamientos generales que contemplan la emisión de instrumentos normativos para regular aspectos específicos sobre acciones administrativas y contables a ser llevadas a cabo por las entidades adoptantes en el proceso de transición al Marco NICSP;

Que, a través de la Resolución Directoral Nº 007-2024-EF/51.01 se aprueba el Instructivo Nº 003-2024-EF/51.01 “Instructivo para la Presentación de la Información Financiera e Información Presupuestaria de las Entidades del Sector Público durante el Proceso de Transición al Marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público”, el cual fue modificado en diversos aspectos por la Resolución Directoral Nº 0010-2025-EF/51.01, la Resolución Directoral Nº 0012-2025-EF/51.01 y por la Resolución Directoral Nº 0003-2026-EF/51.01;

Que, en el proceso de implementación del Marco NICSP, la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Contabilidad Pública advierte la necesidad de aprobar un nuevo instructivo para la presentación de la información financiera e información presupuestaria de las entidades del Sector Público sujetas al Marco NICSP, con el objetivo de mantener criterios de ordenamiento estructurados de manera integral, coherente y consistente entre los instrumentos normativos emitidos por este ente rector, de modo que las disposiciones que regulan la rendición de cuentas permitan su aplicación uniforme y generen seguridad jurídica para las entidades;

Que, es necesario aprobar el Instructivo Nº 0003-2026-EF/51.01 “Instructivo para la Presentación de la Información Financiera e Información Presupuestaria de las Entidades del Sector Público durante el Periodo de Transición al Marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público”, la “Relación de formatos de información financiera e información presupuestaria aplicables a las entidades del Marco NICSP” y la “Guía para elaborar las notas a los estados presupuestarios”, con fines de la elaboración de la Cuenta General de la República y de las Estadísticas de las Finanzas Públicas;

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal h) del artículo 128 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas aprobado mediante la Resolución Ministerial Nº 331-2023-EF/41, la Dirección General de Contabilidad Pública mantiene actualizada y sistematizada la normativa del Sistema Nacional de Contabilidad;

De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 057-2022-EF; y el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 331-2023-EF/41;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación de Instructivo

Se aprueba el Instructivo Nº 0003-2026-EF/51.01 “Instructivo para la Presentación de la Información Financiera e Información Presupuestaria de las Entidades del Sector Público durante el Periodo de Transición al Marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público”, que es parte integrante de la presente Resolución Directoral.

Artículo 2.- Presentación de la información financiera e información presupuestaria

Las entidades presentan la información financiera e información presupuestaria de acuerdo con la “Relación de formatos de información financiera e información presupuestaria aplicables a las entidades del Marco NICSP”, que es parte integrante de la presente Resolución Directoral.

Artículo 3.- Aprobación de la Guía

Se aprueba la “Guía para elaborar las Notas a los Estados Presupuestarios”, que es parte integrante de la presente Resolución Directoral.

Artículo 4.- Derogación del Instructivo Nº 003-2024-EF/51.01

Derógase el Instructivo Nº 003-2024-EF/51.01 “Instructivo para la Presentación de la Información Financiera e Información Presupuestaria de las Entidades del Sector Público durante el Proceso de Transición al Marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público”, aprobado mediante la Resolución Directoral Nº 007-2024-EF/51.01, y sus modificatorias realizadas mediante Resolución Directoral Nº 0010-2025-EF/51.01, Resolución Directoral Nº 0012-2025-EF/51.01 y Resolución Directoral Nº 0003-2026-EF/51.01.

Artículo 5.- Publicación

Se dispone la publicación de la presente Resolución Directoral y los documentos que la integran, en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OSCAR NUÑEZ DEL ARCO MENDOZA

Director General

Dirección General de Contabilidad Pública

2518409-1