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Fecha de publicación: 26/05/2026
Encargan funciones de Presidente Ejecutivo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA

Aprueban transferencia de titularidad de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica de proyecto de línea de transmisión, a favor de la empresa INTI JOYA S.A.C., ubicado en el distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 216-2026-MINEM/DM

Lima, 20 de mayo de 2026

VISTOS: El Expediente N° 14411224 sobre la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica del proyecto “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. América - S.E. San José (Ampliación)”; la solicitud de transferencia de la concesión y del Contrato de Concesión N° 616-2024, presentada por la empresa ACCIONA ENERGÍA PERÚ S.A.C. a favor de la empresa INTI JOYA S.A.C.; los Informes Nros. 084-2026-MINEM/DGE-DCE y 240-2026-MINEM/DGE-DCE, de la Dirección General de Electricidad; el Informe N° 0577-2026-MINEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 261-2024- MINEM/DM, publicada el 06 de julio de 2024 en el Diario Oficial El Peruano, se otorgó a favor de ACCIONA ENERGÍA PERÚ S.A.C. (en adelante, ACCIONA), la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. América - S.E. San José (Ampliación)”, ubicado en el distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa (en adelante, la CONCESIÓN), aprobándose el Contrato de Concesión Nº 616-2024 (en adelante, el CONTRATO DE CONCESIÓN);

Que, mediante Resolución Ministerial N° 106-2025- MINEM/DM, publicada el 28 de marzo de 2025 en el Diario Oficial El Peruano, se impuso, con carácter permanente a favor de la CONCESIÓN, la servidumbre de electroducto;

Que, mediante Registro N° 4173457, de fecha 27 de noviembre de 2025, complementada con el Registro N° 4175476, de fecha 01 de diciembre de 2025 y el Registro N° 4189629, de fecha 29 de diciembre de 2025, ACCIONA solicitó la transferencia de la CONCESIÓN y de la posición contractual del CONTRATO, sustentada en el Contrato de Cesión de Posición Contractual (en adelante, CONTRATO DE CESIÓN), suscrito el 10 de octubre de 2025, y en la Primera Adenda al CONTRATO DE CESIÓN, suscrita el 1 de diciembre de 2025 entre ACCIONA como cedente e INTI JOYA S.A.C. (en adelante, INTI) como concesionario, asumiendo este último la plena responsabilidad del cumplimiento de todas las obligaciones exigibles;

Que, en virtud de lo acordado en el numeral 2.4 de la Cláusula Segunda de la Primera Adenda al CONTRATO DE CESIÓN, la cesión de posición contractual surte plenos efectos desde la fecha de suscripción de la Primera Adenda al CONTRATO DE CESIÓN, es decir, desde el 01 de diciembre de 2025;

Que, el numeral 6.1.8 de la cláusula Sexta del CONTRATO DE CONCESIÓN establece que ACCIONA tiene derecho a ceder su posición contractual que ostenta en el CONTRATO DE CONCESIÓN y a transferir la CONCESIÓN;

Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1211 y 1436 del Código Civil, aprobado mediante Decreto Legislativo N° 295, la cesión de derechos implica la transferencia al cesionario de los privilegios, garantías y accesorios del derecho, salvo pacto en contrario, rigiéndose por el acto que le da origen y por las disposiciones legales aplicables;

Que, mediante los informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad señala que, conforme al Código Civil, corresponde aprobar la transferencia y reconocer a INTI como titular de la CONCESIÓN, la cual deberá inscribir el CONTRATO DE CESIÓN y la presente Resolución Ministerial en el registro correspondiente; asimismo, al no existir un procedimiento específico en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, ni en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, la transferencia se sustenta en el CONTRATO DE CESIÓN y en los artículos 1211 y 1436 del Código Civil, aprobado mediante Decreto Legislativo N° 295;

Que, de acuerdo a lo establecido en el Anexo N° 1 de la Resolución Ministerial N° 438-2017-MEM/DM, modificada por la Resolución Ministerial N° 084-2019-MEM/DM, el Ministro de Energía y Minas tiene la facultad de aprobar, entre otros, las modificaciones de contratos de concesión, suscritos al amparo del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM;

Que, de acuerdo con el Informe N° 0577-2026-MINEM/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el ámbito de sus competencias, concluye que resulta legalmente viable la aprobación de la transferencia de titularidad de la CONCESIÓN a favor de INTI; considerando a este último como nuevo titular de la CONCESIÓN a favor de INTI;

Que, como consecuencia de la transferencia de la titularidad señalada en el considerando que antecede, corresponde modificar la Cláusula Décimo Segunda del Contrato de Concesión N° 616-2024, que contiene la Garantía de Fiel Cumplimiento para la ejecución de obras del proyecto “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. América - S.E. San José (Ampliación)”, emitida a solicitud de INTI, así como la Cláusula Décimo Tercera, respecto a las formas de conclusión de la CONCESIÓN, manteniendo inalterables todos los demás extremos del Contrato de Concesión N° 616-2024;

Con los vistos de la Dirección General de Electricidad, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Despacho Viceministerial de Electricidad;

De conformidad con lo dispuesto en el Código Civil, promulgado mediante Decreto Legislativo N° 295; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM; y, el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la transferencia de la titularidad de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica del proyecto “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. América - S.E. San José (Ampliación)”, ubicado en el distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa, efectuada por la empresa ACCIONA ENERGÍA PERÚ S.A.C., por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Establecer como titular de la concesión definitiva mencionada en el artículo precedente a la empresa INTI JOYA S.A.C., a partir del 01 de diciembre de 2025, la que, en su calidad de nuevo titular, asume todos los derechos y obligaciones que constan en el Contrato de Concesión N° 616-2024 y los que le corresponden de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, y demás normas legales y técnicas que resulten aplicables.

Artículo 3.- Aprobar la primera modificación al Contrato de Concesión N° 616-2024, a fin de modificar la Cláusula Décimo Segunda, que contiene la Garantía de Fiel Cumplimiento para la ejecución de obras del proyecto “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. América - S.E. San José (Ampliación)” y la Cláusula Décimo Tercera, respecto a las formas de conclusión del mismo, manteniendo inalterables todos sus demás extremos, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 4.- Autorizar al Director General de la Dirección General de Electricidad a suscribir, en representación del Estado, con la empresa INTI JOYA S.A.C., la primera modificación al Contrato de Concesión N° 616-2024, aprobada en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente, y cualquier aclaración que se requiera para dichos efectos.

Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que dé origen a la primera modificación al Contrato de Concesión N° 616-2024.

Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano por una (1) sola vez y por cuenta de su nuevo titular, la empresa INTI JOYA S.A.C., dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALDIR ELOY AYASTA MECHÁN

Ministro de Energía y Minas

2518375-1