Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno para participar como ponente en evento a realizarse en Colombia
Universidad Nacional
del Altiplano - Puno
RESOLUCIÓN RECTORAL
Nº 1032-2026-R-UNA
Puno, 21 de mayo del 2026
VISTOS:
El OFICIO Nº 423-2026-D-FCCA-UNA (28-04-2026), cursado por la señora Decana de la Facultad de Ciencias Contables y Administrativas de esta Casa Superior de Estudios, referido al requerimiento de autorización de viaje al exterior, de la docente, Dra. MILAGROS YESENIA PACHECO VIZCARRA, con fines de participación en calidad de ponente en evento de carácter internacional con sede en la ciudad de Cartagena de Indias - COLOMBIA;
CONSIDERANDO:
Que, la Universidad Nacional del Altiplano de Puno se rige por las disposiciones contenidas en la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y normas administrativas internas; goza de autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que debe ser ejercida de acuerdo a lo previsto en el art. 18º de la Constitución Política del Estado y Leyes de la República, para el cumplimiento de los fines y objetivos institucionales; asimismo, la Ley Nº 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas;
Que, conforme prescribe el primer párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, denominada “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; de ello se colige que, todo viaje al extranjero del rector y de docentes universitarios que irrogue gastos al Estado (en calidad de bolsa de viaje, viáticos, etc.), deberá ser publicado en el Diario Oficial “El Peruano” de forma obligatoria;
Que, sobre la Publicación de viajes al exterior en el Diario Oficial El Peruano, la Ley Nº 27619, en concordancia con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, respecto al contenido del acto de autorización, en su artículo 2º, dice lo siguiente: “La Resolución de autorización de viaje al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad”. En concordancia con lo señalado en su artículo 4º sobre la publicidad: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar específicamente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia”. Finalmente su artículo 10º, señala en relación a la obligación de presentar informe: “Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.”;
Que, el art. 93, numeral 93.16 del Estatuto – UNA-PUNO (RAU. Nº 008-2023-AU-UNA), establece que son atribuciones del Consejo Universitario, entre otras: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes.”;
Que, a través de OFICIO Nº 423-2026-D-FCCA-UNA, la señora Decana de la Facultad de Ciencias Contables y Administrativas de esta Casa Superior de Estudios, hace alcance la RESOLUCIÓN DE DECANATO Nº 109-2026-D-FCCA-UNA (22-04-2026), que autoriza la licencia por capacitación del 25 al 29 de mayo del 2026, a favor de la docente, Dra. MILAGROS YESENIA PACHECO VIZCARRA, para su participación en calidad de PONENTE en el XVI CONGRESO INTERNACIONAL CIFCOM 2026, con el tema “Didácticas de expresión oral mediante Tik Tok en estudiantes de la Facultad de Ciencias Contables de la Universidad Nacional del Altiplano Puno”; acto administrativo que a su vez, autoriza la asignación de una Bolsa de Viaje por el monto de TRES MIL CON 00/100 SOLES (S/. 3,000.00), con cargo a recursos directamente recaudados por el Programa de Maestría en Contabilidad y Administración Centro de Costo 02.06.04.03.03. Solicitándose su ratificación;
Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido sus opiniones técnicas contenidas en: el INFORME Nº 0812-2026-UP-OPP-UNA-PUNO (06-05-2026) de la Unidad de Presupuesto, del cual se infiere la existencia de marco presupuestal en la Meta SIAF 0011 – 5005857 Ejercicio de la Docencia Universitaria, Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Centro de Costo 02.06.04.01 Decanato de la Facultad de Ciencias Contables y Administrativas, por el monto de S/. 3,000.00 Soles, presupuesto adicional, con fondos de la Maestría en Contabilidad y Administración Mención en Gestión Gubernamental y Desarrollo Empresarial; y el INFORME Nº 0585-2026-SP-UPM-OPP-UNA-P (07-05-2026) de la Unidad de Planeamiento y Modernización, sobre la verificación de la existencia del registro de la Actividad Operativa relacionada con el pedido: “EJERCICIO DE LA DOCENCIA UNIVERSITARIA – RDR”, conforme a la ficha CEPLAN que trae anexo. Por su parte, la Oficina de Asesoría Jurídica ha emitido la OPINIÓN LEGAL Nº 368-2026-OAJ-UNA-PUNO (13-05-2026), el cual, en armonía con la normativa y consideraciones expuestas, contiene pronunciamiento favorable para autorizar el viaje al exterior, de la docente comprendida en la presente;
Estando a la documentación sustentatoria que forma parte de la presente Resolución; de conformidad con el dictamen favorable del Jefe de Pliego; en el marco de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y Resolución de Asamblea Universitaria Nº 009-2021-AU-UNA; y,
Con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje al exterior, ciudad de CARTAGENA DE INDIAS - COLOMBIA, de la docente de la Escuela Profesional de Ciencias Contables, Facultad de Ciencias Contables y Administrativas de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno – Perú, Dra. MILAGROS YESENIA PACHECO VIZCARRA, con fines de participación en calidad de PONENTE en el XVI CONGRESO INTERNACIONAL CIFCOM 2026, con el tema “Didácticas de expresión oral mediante Tik Tok en estudiantes de la Facultad de Ciencias Contables de la Universidad Nacional del Altiplano Puno”, del 25 al 29 de mayo del 2026; acorde con la RESOLUCIÓN DE DECANATO Nº 109-2026-D-FCCA-UNA y fundamentos descritos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- AUTORIZAR, se otorgue una bolsa de viaje por la suma de TRES MIL CON 00/100 SOLES (S/. 3,000.00), a favor de la docente, Dra. MILAGROS YESENIA PACHECO VIZCARRA, con cargo a la Meta SIAF 0011 – 5005857 Ejercicio de la Docencia Universitaria, Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Centro de Costo 02.06.04.01 Decanato de la Facultad de Ciencias Contables y Administrativas, presupuesto adicional con fondos de la Maestría en Contabilidad y Administración Mención en Gestión Gubernamental y Desarrollo Empresarial.
Artículo Tercero.- El Vicerrectorado Académico, la Dirección General de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Facultad de Ciencias Contables y Administrativas, Unidad de Recursos Humanos y demás dependencias correspondientes de la institución, quedan encargados del cumplimiento de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
PAULINO MACHACA ARI
Rector
2518216-1