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Fecha de publicación: 26/05/2026
Encargan funciones de Presidente Ejecutivo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA

Autorizan viaje de personal policial a Chile, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

N° 0688-2026-IN

Lima, 21 de mayo de 2026

VISTOS, el Oficio N° 570-2026-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI, de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N° 001139-2026-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante OF. RE (MIN) N° 2-10/x-4 c.a, de fecha 6 de mayo de 2026, el Ministro de Relaciones Exteriores informa a la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, que el Perú ha sido invitado a participar en la “Reunión de Alto Nivel sobre Coordinación Regional frente al Crimen Organizado Transnacional”, a realizarse el 28 de mayo de 2026, en la ciudad de Santiago de la República de Chile;

Que, con Informe N° 019-2026-CG PNP/SEC-SECPRI, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, sustenta la importancia y viabilidad de la participación del General de Policía OSCAR MANUEL ARRIOLA DELGADO, Comandante General de la Policía Nacional del Perú, en la “Reunión de Alto Nivel sobre Coordinación Regional frente al Crimen Organizado Transnacional”;

Que, a través de la Hoja de Estudio y Opinión N° 189-2026-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI, el Comando de Operaciones Policiales de la Policía Nacional del Perú estima conveniente proseguir con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General de Policía OSCAR MANUEL ARRIOLA DELGADO, Comandante General de la Policía Nacional del Perú, del 27 al 29 de mayo de 2026, a la ciudad de Santiago de la República de Chile, precisando que, resulta importante para la Policía Nacional del Perú, por cuanto, permitirá fortalecer la cooperación internacional en materia de seguridad y la lucha conjunta contra la delincuencia organizada, logrando consolidar mecanismos de articulación operativa entre las fuerzas policiales de la región, así como promover el intercambio de experiencias y buenas prácticas orientadas a enfrentar de manera eficaz las nuevas dinámicas del crimen transnacional. Asimismo, reforzará los canales de comunicación directa con autoridades policiales de otros países, facilitando la ejecución de acciones coordinadas y oportunas frente a organizaciones criminales que operan de manera transfronteriza; además, contribuirá al posicionamiento del país en foros internacionales de seguridad, fortaleciendo la imagen institucional y reafirmando el rol activo en la construcción de políticas conjuntas;

Que, según lo señalado en el considerando precedente, la participación del mencionado personal policial en la comisión asignada se encuentra en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno) y viáticos del General de Policía OSCAR MANUEL ARRIOLA DELGADO, Comandante General de la Policía Nacional del Perú, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme a la Certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000001869; y en la Hoja de Estudio y Opinión N° 189-2026-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI;

Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: (…) Comisión de servicio (…)”;

Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, en su artículo 1, dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)”;

Que, la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2026, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”;

Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”;

Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”;

Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (…)”;

Que, a través del Informe de Vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución ministerial que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General de Policía OSCAR MANUEL ARRIOLA DELGADO, Comandante General de la Policía Nacional del Perú, del 27 al 29 de mayo de 2026, a la ciudad de Santiago de la República de Chile;

Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;

De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 0464-2026-IN;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General de Policía OSCAR MANUEL ARRIOLA DELGADO, Comandante General de la Policía Nacional del Perú, del 27 al 29 de mayo de 2026, a la ciudad de Santiago de la República de Chile, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno) y viáticos, del General de Policía OSCAR MANUEL ARRIOLA DELGADO, Comandante General de la Policía Nacional del Perú son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo con el siguiente detalle:

Importe

Personas

Total

Pasajes aéreos

US$ 685,00

1

US$ 685,00

Importe

Días

Personas

Total

Viáticos

US$ 370,00

2

1

US$ 740,00

Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ MERCEDES ZAPATA MORANTE

Ministro del Interior

2518175-1