Autorizan viaje de servidor de la SUNAT a Panamá, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 000091-2026/SUNAT
AUTORIZA VIAJE DE SERVIDOR DE LA SUNAT EN COMISIÓN DE SERVICIOS A LA CIUDAD DE PANAMÁ, REPÚBLICA DE PANAMÁ
Lima, 21 de mayo de 2026
CONSIDERANDO:
Que, mediante comunicación de fecha 8 de abril de 2026, el Director de Desarrollo del Talento Humano de las Administraciones Tributarias del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT), invita a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) para participar en el Primer Encuentro de la Red de Recursos Humanos del CIAT, que se llevará a cabo en la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 30 de junio al 2 de julio de 2026;
Que, la transformación de las administraciones tributarias en un contexto de digitalización, cambios en los modelos de trabajo y mayores exigencias de transparencia y equidad, requiere de una gestión estratégica del talento humano alineada con los objetivos institucionales y los desafíos tecnológicos, organizacionales y culturales actuales;
Que, en este marco, el CIAT ha identificado la necesidad de contar con un espacio especializado y permanente que permita a los responsables de los departamentos de recursos humanos, formación y otros afines de las administraciones tributarias miembros, intercambiar experiencias, discutir hallazgos, compartir buenas prácticas y construir agendas comunes de trabajo futuro;
Que, la participación de la SUNAT en el mencionado evento se encuentra alineado al Objetivo Estratégico Institucional [OEI 03]: Fortalecer la gestión institucional, en tanto dicho evento está orientado a fortalecer la cooperación entre las administraciones tributarias e intercambiar experiencias y buenas prácticas, lo que permitirá seguir avanzando hacia una gestión del talento humano más estratégica, moderna y alineada con los desafíos actuales del sector público;
Que, en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus servidores en eventos de esta naturaleza, conforme al informe técnico adjunto al Memorándum N° 000119-2026-SUNAT/8A0000, resulta necesario autorizar la participación del servidor Fredy Luis Aguirre Valencia, Intendente Nacional de Recursos Humanos;
Que, la vigésima quinta disposición complementaria final de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, establece que, durante dicho año fiscal, las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal previstas en la citada ley no son aplicables para la implementación de lo establecido en la Ley N° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT;
Que, mediante la Resolución de Superintendencia N° 282-2019/SUNAT, se aprobaron las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto a aplicarse en la SUNAT, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de sus trabajadores con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras, y las acciones de promoción de importancia para la República del Perú;
Que, el numeral 2 de la séptima disposición complementaria final de la Ley N° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, establece que, mediante resolución de superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores;
Que, los gastos por concepto de alojamiento y viáticos, derivados de la asistencia del mencionado servidor al citado evento, serán asumidos por el CIAT, en tanto que los gastos por concepto de pasajes aéreos, que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), serán asumidos por la SUNAT con cargo a su presupuesto institucional;
Que, en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 282-2019/SUNAT, por razones de itinerario y de acuerdo con el detalle de las actividades programadas, corresponde autorizar el viaje del mencionado servidor del 29 de junio al 3 de julio de 2026;
De conformidad con lo dispuesto por la vigésima quinta disposición complementaria final de la Ley N° 32513, el numeral 2 de la séptima disposición complementaria final de la Ley N° 29816, la Ley N° 27619, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, la Resolución de Superintendencia N° 282-2019/SUNAT y, en uso de la facultad conferida por el literal m) del artículo 10 de la sección primera del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la SUNAT, aprobada por el Decreto Supremo N° 040-2023-EF y modificatoria;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje del servidor Fredy Luis Aguirre Valencia a la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 29 de junio al 3 de julio de 2026, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al presupuesto de la SUNAT, de acuerdo con el siguiente detalle:
Fredy Luis Aguirre Valencia
Pasajes (incluye TUUA) US $ 816.00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la fecha de su retorno al país, el servidor debe presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, ante la Superintendencia Nacional.
Artículo 4.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de cualquier tipo de tributo a favor del servidor cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER EDUARDO FRANCO CASTILLO
Superintendente Nacional
Superintendencia Nacional de Aduanas
y de Administración Tributaria
2517718-1